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Anuncio # 2025-1482

Incoación procedimiento para constituir una nueva agrupación secretarial con el Ayto. de Peñarroya de Tastavins para el sostenimiento de un único puesto de Secretaría-intervención.

Publicado el  5/12/25, BOP número  86

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Fórnoles

Departamento:
Ayto. de Fórnoles

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El Ayuntamiento de Fórnoles ha incoado procedimiento para constituir una nueva agrupación secretarial con el Ayuntamiento de Peñarroya de Tastavins para el sostenimiento de un único puesto de Secretaría-intervención.
De conformidad con el artículo 252.3 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón y el artículo 92.3 del Decreto 346/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Territorio y Población de las Entidades Locales de Aragón, se somete a información pública por plazo de un mes, el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación el 9 abril 2025 por el que se modifica el artículo 12 de los estatutos de la agrupación para el sostenimiento en común de un puesto único de secretaría-intervención integrada por los municipios de Peñarroya de Tastavisn y Fórnoles, durante el cual se podrán presentar alegaciones, reclamaciones y sugerencias que se estimen oportunas:
Artículo 12:
“El Secretario realizará la jornada de trabajo de 8.00-15.30 horas atendiendo las necesidades de cada Secretaria municipal y acudiendo a las sesiones corporativas de los órganos colegiados de los Ayuntamientos, según los acuerdos que adopte la Junta de la Agrupación en función de las necesidades reales y de las aportaciones económicas de los Municipios, a saber:
a) 1,5 días: Ayuntamiento de Fórnoles.
b) 3,5 días: Ayuntamiento de Peñarroya de Tastavins.
Corresponde, asimismo, a la Junta conocer y coordinar las licencias del Secretario y sus sustituciones”.

El acuerdo se encuentra disponible en la secretaría de los Ayuntamientos integrantes de la agrupación y las alegaciones podrán presentarse en el Registro General de dichas entidades locales o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Fórnoles, a fecha de firma electrónica.
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