BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2026-0243

Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2026

Publicado el  1/29/26, BOP número  19

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Villanueva del Rebollar de la Sierra

Departamento:
Ayto. de Villanueva del Rebollar de la Sierra

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Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2026, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

Estado de Gastos

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS
285.320,00

A.1. OPERACIONES CORRIENTES
99.320,00
1
Gastos de personal
24.720,00
2
Gastos de bienes y servicios
70.600,00
3
Gastos financieros
0,00
4
Transferencias corrientes
4.000,00

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL
186.000,00 €
6
Inversiones reales
186.000,00 €
7
Transferencias de capital
0,00

B) OPERACIONES FINANCIERAS
0,00
8
Activos financieros
0,00
9
Pasivos financieros
0,00
Total Gastos
285.320,00

Estado de Ingresos

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS
285.320,00

A.1. OPERACIONES CORRIENTES
124.320,00
1
Impuestos Directos
12.900,00
2
Impuestos Indirectos
0,00
3
Tasas y otros ingresos
19.300,00
4
Transferencias corrientes
81.820,00
5
Ingresos patrimoniales
10.300,00

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL
161.000,00
6
Enajenación inversiones reales
0,00
7
Transferencias de capital
161.000,00

B) OPERACIONES FINANCIERAS
0,00
8
Activos financiero
0,00
9
Pasivos financieros
0,00

Total Ingresos
285.320,00





RESUMEN
Funcionarios: 1 SECRETARIA-INTERVENCION Interino, agrupada el 23 %.
Laboral Fijo: 1
- Administrativo: 1 (23 % jornada).
Laboral Temporal CONVENIO D.P.T.: 1
- Peón Servicios Múltiples: 1
Eventual: 0
TOTAL PLANTILLA: 3



Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

Villanueva del Rebollar de la Sierra, a fecha de firma electrónica.
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