BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-1207

Bases convocatoria concesión Becas Integración Social de los Servicios Sociales de la Comarca, 2025.

Publicado el  4/10/25, BOP número  70

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca de Gúdar-Javalambre

Departamento:
Comarca de Gúdar-Javalambre

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El Pleno del Consejo Comarcal de Gúdar- Javalambre en Sesión Ordinaria de 31 de marzo de 2025, aprobó por unanimidad, la siguiente convocatoria de Becas de Acción Social así como sus bases reguladoras.
Asimismo, desde el 07 de abril de 2025 la Convocatoria está a disposición de los interesados en la sede electrónica de esta Comarca
http://gudarjavalambre.sedelectronica.es/transparency/

BASES DE LA CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE BECAS DE INTEGRACIÓN SOCIAL DE LOS SERVICIOS SOCIALES QUE INTEGRAN LA COMARCA DE GÚDAR-JAVALAMBRE 2025
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los Servicios Sociales que integran la Comarca de Gúdar-Javalambre tienen entre sus objetivos el fomento y promoción de la integración social de los/as vecinos/as de la Comarca.
En el presupuesto de los Servicios Sociales para el ejercicio 2025 se dispone de 4.000,00 euros destinados al fomento y promoción de integración social.

ART. 1- OBJETO DE LA PRESENTE CONVOCATORIA
El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de becas para la realización de actividades de integración social, laboral y formativa de los individuos y/o unidades familiares de la Comarca de Gúdar­-Javalambre. En este sentido son susceptibles de subvención las siguientes actividades:
Realización de cursos formativos y/o de carácter ocupacional.
Realización de actividades que promuevan la integración social.
Cualquier otra situación que se valore técnicamente susceptible de esta convocatoria por las Trabajadoras Sociales y que cumplan con el objetivo objeto de actuación.
Los Servicios Sociales se reservan el derecho de suprimir o disminuir las ayudas en caso de incumplimien­to del Programa, y ante posibles actuaciones que supongan poco aprovechamiento social del dinero público.
El reconocimiento de las becas queda condicionado a que los peticionarios hayan agotado o no tengan ac­ceso a cualquier tipo de prestaciones económicas provenientes de estas u otras administraciones públicas ex­clusivamente para este fin.

ART. 2- BENEFICIARIOS SUSCEPTIBLES DE SOLICITAR LAS BECAS
Las becas reguladas en esta convocatoria se podrán reconocer a las personas individuales o, en su caso, a las unidades familiares sin perjuicio de que puedan ser abonadas a las entidades que presten los servicios, en cuyo supuesto tendrán el carácter de prestaciones económicas indirectas.
Titulares Individuales. Serán Titulares del derecho a acceder a estas prestaciones los españoles, los na­cionales de los demás estados miembros de la Unión Europea y los extranjeros residentes, siempre que se hallen empadronados y tengan residencia efectiva en algunos de los municipios de la Comarca de Gúdar-Javalambre. Las personas no incluidas en lo señalado anteriormente que carezcan de nacionalidad española, se regirán por lo establecido en la legislación estatal sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en los tratados internacionales y en los convenios que se establezcan con el país de origen.
- Unidad Familiar. Se entiende por unidad familiar aquella que constituye un núcleo de convivencia com­puesto por dos o más personas vinculadas por matrimonio u otra forma de relación estable análoga a la con­yugal, por parentesco de consanguinidad o afinidad hasta cuarto o segundo grado respectivamente, quedando incluidos los supuestos de adop­ción o acogimiento.

ART. 3- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, DOCUMENTACIÓN Y PLAZOS
3.1.- Las solicitudes de las becas se ajustarán al modelo oficial (Anexo I) y serán presentadas en el Registro General de la Comarca de Gúdar-Javalambre. Junto con la solicitud los interesados deberán presentar la siguiente documentación:
Fotocopia del DNI o NIE de los beneficiarios y/o de sus representantes legales.
Certificado de Convivencia.
Libro de familia.
Justificantes de los ingresos económicos netos de la unidad familiar (6 últimas nóminas, pensión del año en curso, prestaciones sociales, intereses bancarios del último ejercicio fiscal, declaración de renta y otros ingresos).
Presupuesto o factura de los gastos de la actividad.
Los solicitantes que acrediten insuficiencia de recursos económicos para hacer frente al pago antici­pado de la actividad requerirán valoración del trabajador social. En este caso, la concesión de la ayuda siempre tendrá carácter de prestación indirecta.
En caso de no aprovechamiento de la actividad, el solicitante generará una deuda por el valor de la ayuda concedida que deberá abonar a la Comarca en las condiciones que se le notifiquen por escrito y que tendrá que liquidar para poder ejercer derecho a una nueva prestación social de la Comarca de Gúdar-Javalambre.
En el caso de los solicitantes que acrediten el pago de la actividad objeto de la ayuda económica con ante­rioridad a la solicitud, se valorará la situación económica del titular en el periodo que se realizó la actividad (seis últimos meses).
3.2.- El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel y finalizará el día 1 de diciembre de 2025.
En esta convocatoria se concederán becas para cubrir los gastos de las actividades realizadas desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.

ART. 4- OBLIGACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS DE LAS BECAS
El cobro de las becas estará condicionado a la realización de la actividad que fundamenta la concesión de las becas, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión y disfrute de las mismas.
El seguimiento de dichas obligaciones lo realizará la trabajadora social de referencia.

ART. 5- CUANTÍAS Y LÍMITES DE LAS BECAS
Se establecen los siguientes límites en la concesión de las becas:
La solicitud de beca puede incluir varios conceptos.
El importe máximo a conceder por beca a un mismo titular/unidad familiar será de 400€ en la misma convocatoria.
En todo caso, la concesión de becas vendrá determinada por la disponibilidad presupuestaria.

ART. 6- ACTIVIDADES DE CARÁCTER CONTINUADO
Cuando se solicite ayuda para la realización de actividades de carácter continuado y no se pueda justificar el coste y realización adecuada de la misma, se valorará los gastos correspondientes a los siguientes tres meses de actividad desde la fecha de solicitud. Finalizado dicho plazo, se podrá realizar prórroga para un nuevo periodo trimestral o inferior atendiendo siempre a los límites establecidos en esta convocatoria y justificando el aprovechamiento de la actividad realizada. Dicha prórroga quedará fundamentada en un informe social de su trabajadora social de referencia con propuesta de resolución. En estos casos, la documentación mínima será:
Solicitud (Anexo I)
Certificado de aprovechamiento.
Ingresos unidad familiar correspondientes a los últimos tres meses.
Informe social con propuesta de renovación.
Se consideran preferentes aquellas solicitudes para dar continuidad a actividades que ya habían sido objeto de esta prestación siempre que se justifique el aprovechamiento de las mismas.

ART. 7- RESOLUCIÓN DE LAS BECAS
Los Servicios Sociales formularán el informe-propuesta de concesión en el plazo máximo de 15 días a partir de la fecha de presentación de las solicitudes.
Formulada la propuesta de resolución, el Presidente de la Comarca de Gúdar-Javalambre resolverá en un plazo máximo de 10 días.
Dictada la resolución se notificará por escrito al interesado en el plazo de 10 días con indicación de si agota o no la vía administrativa, los recursos que contra la misma procedan, órgano administrativo o judicial ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

ART. 8- CÁLCULO DE LA CUANTÍA A PERCIBIR
Se tendrán en cuenta los ingresos netos de la unidad familiar (Anexo II) correspondientes a los 6 meses anteriores a la fecha de realización de la actividad o actuación objeto de la ayuda solicitada.
La acreditación de tales ingresos se efectuará mediante la presentación de la documentación indicada en el artículo 3 de esta convocatoria.
A los ingresos de la unidad familiar se les aplicarán las siguientes deducciones, siempre que estén acreditadas:
Gastos del alquiler o hipoteca hasta un máximo de 200 euros mensuales.
10% de deducción de los ingresos de la unidad familiar por cada miembro de la misma con reco­nocimiento oficial de minusvalía o dependencia.
10% de deducción de los ingresos de la unidad familiar por cada miembro con celiaquía o intolerancia al gluten.
10% de deducción de los ingresos de la unidad familiar para las familias numerosas y/o familias monoparentales con Título Oficial.
Para la determinación de la cuantía económica de la beca se tendrá en cuenta el número de sujetos que componen la unidad familiar y se procederá a la aplicación progresiva y escalonada de los tramos señalados en el baremos del Anexo II conforme las instrucciones que se señalan a continuación:
Paso nº 1: Teniendo en cuenta los ingresos de la unidad familiar y el número de miembros que la componen, se procederá a determinar las cuantías de los diferentes tramos que resultan aplicables según el baremo recogido en el Anexo II.
Paso nº 2: A continuación se hallará el porcentaje que supone cada uno de los tramos hallados respecto de la totalidad de los ingresos de la unidad familiar.
Paso nº 3: Seguidamente se aplicarán los porcentajes obtenidos en el paso nº 2 a la cuantía de la beca solicitada, descomponiendo con ello la cuantía de la beca solicitada en varios tramos.
Paso nº 4: Después se aplicarán los porcentajes de ayuda previstos en el baremo señalado en el Anexo II a cada uno de los tramos en los que ha quedado descompuesta la cantidad económica de la beca solicitada.
Paso nº 5: Por último se sumarán las cuantías obtenidas, lo que dará como resultado final el importe de la beca que se abonará al solicitante.

ART. 9- JUSTIFICACIÓN Y PAGO
Para proceder al pago de la beca el beneficiario, además de acreditar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en las anteriores bases, deberá aportar la siguiente documentación:
En el caso de beca directa será necesario presentar el justificante de pago a nombre del solicitante.
En caso de beca indirecta será necesario presentar el justificante de gasto.
Esta documentación podrá presentarse en el momento de la solicitud o en un plazo máximo de 10 días después de la finalización de la actividad.
En todo caso, la presentación de la documentación justificativa constituye un requisito imprescindible para el cobro de la misma.
La justificación deberá referirse a gastos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
DOCUMENTACIÓN: Los Anexos y Baremos que forman parte de esta convocatoria podrán obtenerse en la Comarca de Gúdar Javalambre en las oficinas de los Servicios Sociales Comarcales.


Nº EXPEDIENTE:
ANEXO I
SOLICITUD DE BECA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE INTEGRACIÓN SOCIAL, LABORAL Y FORMATIVAS.
DOC 01
I. DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE:
N.I.F./D.N.I.
     
Primer apellido
     
Segundo Apellido
     
Nombre
     
Fecha de nacimiento
/ /
Sexo
Varón Mujer
Provincia de nacimiento
     
Localidad de nacimiento
     
Teléfono
     
Dirección principal (en la que reside habitualmente la persona solicitante)
     
Código Postal
     
Municipio
     
Provincia
     
Estado
     
Correo Electrónico
     
Finalidad para la que solicita la ayuda
     
Importe solicitado
     
Modalidad de la prestación solicitada:
DIRECTA (Abono al mismo solicitante) INDIRECTA (Abono a sujeto distinto del solicitante)

II. LUGAR Y MEDIO DE NOTIFICACIÓN
Persona solicitante

Marque solo una opción
OPTO porque las notificaciones que proceda practicar se efectúen en la dirección postal indicada en mis datos personales.
OPTO porque las notificaciones que proceda practicar se efectúen en la siguiente dirección postal:
OPTO porque las notificaciones que proceda practicar se efectúen por medios electrónicos a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas (SNT) del Gobierno de Aragón

III. MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR
N.I.F./D.N.I.
     
Primer apellido
     
Segundo Apellido
     
Nombre
     
Fecha de nacimiento / /
Parentesco/Relación
     
N.I.F./D.N.I.
     
Primer apellido
     
Segundo Apellido
     
Nombre
     
Fecha de nacimiento / /
Parentesco/Relación
     
N.I.F./D.N.I.
     
Primer apellido
     
Segundo Apellido
     
Nombre
     
Fecha de nacimiento / /
Parentesco/Relación
     
N.I.F./D.N.I.
     
Primer apellido
     
Segundo Apellido
     
Nombre
     
Fecha de nacimiento / /
Parentesco/Relación
     
N.I.F./D.N.I.
     
Primer apellido
     
Segundo Apellido
     
Nombre
     
Fecha de nacimiento / /
Parentesco/Relación
     
N.I.F./D.N.I.
     
Primer apellido
     
Segundo Apellido
     
Nombre
     
Fecha de nacimiento / /
Parentesco/Relación
     
N.I.F./D.N.I.
     
Primer apellido
     
Segundo Apellido
     
Nombre
     
Fecha de nacimiento / /
Parentesco/Relación
     
N.I.F./D.N.I.
     
Primer apellido
     
Segundo Apellido
     
Nombre
     
Fecha de nacimiento / /
Parentesco/Relación
     
N.I.F./D.N.I.
     
Primer apellido
     
Segundo Apellido
     
Nombre
     
Fecha de nacimiento / /
Parentesco/Relación
     

IV. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
Miembro de la Unidad Familiar que realiza la actividad
                 
Motivo por el que realiza la actividad

     
Fecha de inicio

/ /
Fecha finalización

/ /

V. DOCUMENTACIÓN APORTADA:
El solicitante aporta junto con la solicitud los siguientes documentos:

Fotocopia del D.N.I. o N.I.E. de todos los miembros de la unidad familiar.

Fotocopia del Libro de Familia, cuando se posea, y relación del número de miembros, indicando datos de parentesco respecto de la persona principal, integrantes de la unidad familiar.

Acreditación documental de la residencia efectiva en cualquiera de los Municipios que integran la Comarca Gúdar-Javalambre y de la convivencia, en su caso.

Fotocopia de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Patrimonio correspondiente al período impositivo inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud.

Justificantes de los ingresos económicos netos de la unidad familiar (6 últimas nóminas, pensión del año en curso, prestaciones sociales, intereses bancarios del último ejercicio fiscal y otros ingresos).

Certificado expedido por los Servicios Municipales y/o de la Hacienda Pública sobre bienes que afecten al solicitante y/o a los demás miembros de la unidad familiar de aquél, cuando ello sea necesario para determinar la concesión de la prestación o su cuantía, de conformidad con las normas establecidas en el Decreto de la Diputación General de Aragón. En las familias de acogida, Acuerdo del Consejo Aragonés de Adopción, designándola como tal.

Documentos acreditativos de la inscripción y realización de la actividad, así como justificante de su coste. (En caso de prestación indirecta se adjuntara Anexo II certificado de aprovechamiento de la actividad)

Libro de familia numerosa, expedido por Órgano competente.

Certificado de minusvalía, expedido por Órgano competente.

Declaración Jurada relativa a otras ayudas o subvenciones recibidas por cualquier Administración pública para la misma finalidad.

Ficha de terceros, ya sea del solicitante (prestación directa) o de sujeto distinto al solicitante (prestación indirecta), que vaya a recibirla.

Otros documentos que se consideren oportunos.

VI. INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Sus datos personales serán usados para registrar y atender su solicitud, lo que nos permite el uso de su información personal dentro de la legalidad. Comunicaremos sus datos a terceras entidades cuando ello sea necesario para tramitar su solicitud o cuando una norma con rango de ley así lo exija, s¡ bien no está prevista la cesión de su información fuera del Espacio Económico Europeo. Conservaremos sus datos mientras nos obliguen las leyes aplicables. Puede ejercitar sus derechos de protección de datos realizando una solicitud escrita a nuestra dirección, junto con una fotocopia de su DNI: COMARCA DE GUDAR JAVALAMBRE. C/ La Comarca s/n C.P. 44400 , Mora de Rubielos, Teruel. También puede contactar con nuestro Delegado de Protección de Datos a través de la siguiente dirección idelgado@audidat.com En caso de que entienda que sus derechos han sido desatendidos, puede formular una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es)

VII FIRMA DE LA SOLICITUD Y DECLARACIÓN SOBRE LA VERACIDAD DE LOS DATOS CONSIGNADOS:
El abajo firmante DECLARA:
Que son ciertos los datos consignados en ella, y que la documentación aportada junto con la solicitud es veraz.
Fecha: / /

(Firma)

ANEXO II
BAREMO ECONÓMICO BECAS DE INTEGRACIÓN
INGRESOS ANUALES DE LA UNIDAD FAMILIAR AÑO 2025

Unidad Familiar con 1 miembro
Renta Máxima
(IPREM)
8.400,00 €
600,00 €
INGRESOS mensuales
(14 pagas)
% AYUDA
Ingresos menores
25% de la renta máxima mensual de la unid familiar
150,00 €
100%
50% de la renta máxima mensual de la unid familiar
300,00 €
80%
75% de la renta máxima mensual de la unid familiar
450,00 €
60%
100% de la renta máxima mensual de la unid familiar
600,00 €
40%
Unidad Familiar con 2 miembros
Renta Máxima
(1,5 IPREM)
12.600,00 €
900,00€
INGRESOS mensuales
(14 pagas)
% AYUDA
Ingresos menores
25% de la renta máxima mensual de la unid familiar
225,00 €
100%
50% de la renta máxima mensual de la unid familiar
450,00 €
80%
75% de la renta máxima mensual de la unid familiar
675,00 €
60%
100% de la renta máxima mensual de la unid familiar
900,00 €
40%
Unidad Familiar con 3 miembros
Renta Máxima
( 2 IPREM)
16.800,00 €
1.200,00 €
INGRESOS mensuales
(14 pagas)
% AYUDA
Ingresos menores
25% de la renta máxima mensual de la unid familiar
300,00 €
100%
50% de la renta máxima mensual de la unid familiar
600,00 €
80%
75% de la renta máxima mensual de la unid familiar
900,00 €
60%
100% de la renta máxima mensual de la unid familiar
1.200,00 €
40%
Unidad Familiar con 4 miembros
Renta Máxima
(2,5 IPREM)
21.000,00 €
1.500,00 €
INGRESOS mensuales
(14 pagas)
% AYUDA
Ingresos menores
25% de la renta máxima mensual de la unid familiar
375,00 €
100%
50% de la renta máxima mensual de la unid familiar
750,00 €
80%
75% de la renta máxima mensual de la unid familiar
1125,00 €
60%
100% de la renta máxima mensual de la unid familiar
1500,00 €
40%
Unidad Familiar con 5 ó más miembros
Renta Máxima
( 3 IPREM)
25.200,00 €
1800,00 €
INGRESOS mensuales
(14 pagas)
% AYUDA
Ingresos menores
25% de la renta máxima mensual de la unid familiar
450,00 €
100%
50% de la renta máxima mensual de la unid familiar
900,00 €
80%
75% de la renta máxima mensual de la unid familiar
1350,00 €
60%
100% de la renta máxima mensual de la unid familiar
1800,00 €
40%

CALCULO DE LA CUANTÍA DE BECA A PERCIBIR:
Ingresos de la unidad familiar anuales – deducciones

DEDUCCIONES APLICABLES A LOS INGRESOS DE LA UNIDAD FAMILIAR
-Gastos del alquiler o hipoteca hasta un máximo de 200 € mensuales
-10 % de deducción de los ingresos de la unidad por cada miembro de la misma con reconocimiento oficial de minusvalía y/o dependencia.
-10 % de deducción de los ingresos de la unidad familiar para las familias numerosas y/o monoparentales con Título Oficial.
-10 % de deducción de los ingresos de la unidad familiar por cada miembro con celiaquía o intolerancia al gluten.

Mora de Rubielos, a 7 de abril de 2025.- El Presidente de la Comarca de Gúdar-Javalambre, D. José Luis Alvir Martínez. Documento firmado electrónicamente.
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