BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-2624

Resolución de aprobación de  los Padrones de Agua Viviendas y Alcantarillado de los consumos del año 2023

Publicado el  7/30/24, BOP número  145

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Peñarroya de Tastavins

Departamento:
Ayto. de Peñarroya de Tastavins

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Por resolución de la Alcaldía de fecha 24 de julio de 2024, se aprobaron los Padrones de Agua Viviendas y Alcantarillado de los consumos del año 2023, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 88 del Reglamento General de Recaudación, se hace pública la apertura del periodo voluntario de cobranza.
Exposición pública:
Los padrones correspondientes a los Agua Viviendas y Alcantarillado de los consumos del año 2023 se encuentran expuestos al público por el término de veinte días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el “Boletín Oficial” de la provincia.
Plazo de Ingreso:
El plazo para el pago en voluntaria será de dos meses desde el día siguiente al de la fecha de su publicación en el Boletín Oficinal de la Provincia.
Lugar y forma de pago:
El pago podrá efectuarse a través de cualquier entidad colaboradora o en las oficinas del Ayuntamiento en horario de atención al público; los contribuyentes que dentro de los veinte días primeros del periodo de cobranza no hayan recibido la documentación de pago podrán reclamarla en el Ayuntamiento, sin que su falta de recepción exima de la obligación de realizar el pago. Los recibos domiciliados serán cargados directamente en las cuentas señaladas por los contribuyentes.
Procedimiento de apremio:
Transcurrido el periodo voluntario sin haberse hecho efectivo el pago se incurrirá en los recargos establecidos en el art. 28 de la ley 58/2003 de 17 de diciembre, y vencido el plazo en vía de apremio se exigirá un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada más los intereses de demora.
Régimen de recursos:
El régimen de recursos establece para las tasas de basura, agua viviendas y alcantarillado, el de reposición ante el órgano que aprobó la liquidación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública y contra su desestimación expresa o presunta, el Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución del recurso de reposición si fuese expresa y si no lo fuese, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Peñarroya de Tastavins, 24 de julio de 2024.- El Alcalde, Fdo. Ricardo Blanch Albesa,
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