BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2026-0639

Convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ayudas al fomento del emprendimiento para autónomos y micropymes 2026.

Publicado el  3/2/26, BOP número  41

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Teruel

Departamento:
Ayto. de Teruel

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CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE AYUDAS AL FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO PARA AUTÓNOMOS Y MICROPYMES 2026.

TextoES: BDNS(Identif.):886592

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/886592)

Primero. Beneficiarios

Podrán acogerse a estas ayudas los solicitantes que sean trabajadores autónomos y micropymes, de menos de diez trabajadores.

Tendrán la consideración de beneficiarios:

- Emprendedores que no hayan estado dados de alta en régimen de autónomos ni en la actividad propia en el último año.

- Relevistas empresariales, entendido como las personas que desarrollan su proyecto empresarial continuando la actividad económica de un negocio que es objeto de traspaso.

Segundo. Requisitos de los solicitantes

Los solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

- Haber iniciado la actividad entre el 1 de noviembre 2025 hasta el 31 de octubre de 2026, ambos inclusive.

- Desarrollar la actividad objeto del proyecto a título propio.

- Tener el domicilio fiscal así como desarrollar la actividad profesional o empresarial en el municipio de Teruel.

- Que no concurra ninguna de las circunstancias a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario de la subvención.

- Que se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (Agencia Estatal de Administración Tributaria) y frente a la Seguridad Social (Tesorería General de la Seguridad Social) y asimismo no tener deuda pendiente de pago con el Ayuntamiento de Teruel.

Tercero. Finalidad

La finalidad de esta subvención es promover el emprendimiento y el crecimiento económico en el municipio de Teruel.

Cuarto. Ordenanza reguladora

La Ordenanza General Reguladora de las Bases de Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Teruel, fue aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno el día 7 de julio de 2025 y publicada su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel n.º 168 del día 5 de septiembre de 2025, entrando en vigor el 29 de septiembre de 2025.

https://www.teruel.es/wp-content/uploads/documentos/Ordenanza-General-de-Subvenciones.pdf

Quinto. Importe

La cuantía máxima total de las subvenciones convocadas es de 35.000,00 euros.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

La presentación de la solicitud con la correspondiente documentación podrá hacerse desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Terieñ (Sección oficial del BOA), hasta el 31 de octubre de 2026, ambos inclusive.

Teruel a 11 de febrero de 2026 La Alcaldesa D.María Emma Buj Sánchez. – Documento firmado electronicamente.

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