BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-0766

Relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento.

Publicado el  3/11/24, BOP número  50

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Gargallo

Departamento:
Ayto. de Gargallo

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Por acuerdo de pleno, en sesión extraordinaria celebrada por este Consistorio el 27 de diciembre de 2023 se aprobó inicialmente la Relación de puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Gargallo. Concluido el plazo de exposición pública, sin reclamaciones ni alegaciones al respecto, de conformidad con lo dispuesto en el punto tercero del acuerdo mencionado, y en consideración al artículo 127 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, se procede a la publicación íntegra de la relación de puestos de trabajo, según consta en Anexo.
Contra el Acuerdo plenario, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, advierte que, si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer el interesado cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Gargallo, a 29 de febrero de 2024.- El Alcalde, Fdo.: D. F. Javier Gargallo Ramos.

ANEXO. RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE GARGALLO
Relación de Puestos de Trabajo existentes en el Ayuntamiento, organizados por áreas, con la descripción de sus funciones, de los requisitos mínimos (ampliables en las correspondientes convocatorias) que se exigen para ocupar los puestos y demás características esenciales:
IDENTIFICACIÓN
REQUISITOS EXIGIDOS PARA SU DESEMPEÑO
PROVISIÓN
RETRIBUCIÓN
SITUACIÓN PT
OBSERV.
Código
Denominación
Jornada
Dependencia
Naturaleza
Grupo

Nivel

C. específico

Escala

subescala

clase

Formación
Nº plazas
Forma provisión

Forma acceso

CD
CE
Situación PTDedicación

Incompatibilidad

ÁREA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL

01.001
Secretaría-Intervención
Completa

Normal flexible

Alcaldía
Funcionarial
A1

22

470

Habilitación Nacional

Secretaría-

Intervención

Clase 3ª

Titulación universitaria
1
Concurso ordinario

- concurso unitario

Oposición

595,15 €
--
OcupadoProlongación esporádica

Incompatibilidad relativa

ÁREA DE VIALIDAD. OBRAS. LIMPIEZA Y SERVICIOS
02.001
Operario de servicios múltiples
Completa
Alcaldía
Personal Laboral fijo
E

14

1185

Admón. Especial/Serv. Especiales/ Personal de Oficios
Educación primaria, EGB, certificado escolaridad
1
Concurso – oposición

Oposición

356,08 €
259,90 €
Pendiente provisiónServicios de urgencia

Incompatibilidad absoluta

Funciones puesto:
1. Secretaría-Intervención
- Las funciones de fe pública y asesoramiento legal preceptivo conforme a lo dispuesto en el art 3 del del RD 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
- Funciones de coordinación con otras Administraciones públicas.
- Función de control y fiscalización interna de la gestión económica-financiera y presupuestaria y función de contabilidad. Conforme al artículo 4 del RD 128/2018 de 16 de Marzo.
- Función de contabilidad
- Función de Tesorería y Recaudación conforme al Artículo 5 del RD 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
2. Operario de servicios múltiples
- Realizar las tareas que le asigne el superior en tiempo y forma, cumpliendo en todo momento la normativa básica de seguridad y de gestión ambiental.
- Realizar tareas de desinfección de calles, mantenimiento y conservación de la vía pública: modificaciones o reposición de baldosas, bordillos, adoquines, construcción de arquetas, etc.
- Realizar tareas de mantenimiento; montaje y desmontaje de mobiliario urbano; señales de tráfico, bolardos, barandas, tapas de alcantarillado, bancos, áreas recreativas, etc. Montaje de los escenarios y demás instalaciones de carácter temporal, utilizados fundamentalmente para las fiestas u eventos que tienen lugar en el municipio.
- Cargar y descargar materiales herramientas y pequeña maquinaria transportarla a los lugares adecuados.
- Llevar a cabo pequeños trabajos de albañilería y reparación de vías urbanas.
- Trabajos de carpintería tales como lijar y barnizar bancos.
Conducir los vehículos necesarios para la ejecución de los trabajos, así como realizar las tareas de mantenimiento básico y limpieza de los mismos.
- Almacenar y custodiar el material de titularidad y/o uso municipal. Realizar el mantenimiento básico de las herramientas utilizadas en el puesto de trabajo
- Levantar y desmontar estructuras temporales, apuntalamientos o vallas de tráfico.
- Sustituir los contadores averiados, así como la instalación de los nuevos, y revisión de los mismos.
- Trabajos de electricidad en el alumbrado público, tales como cambiar lámparas, colocación de nuevos instrumentos de iluminación o sustitución de otros obsoletos.
- Llevar a cabo tareas de reparación y atención de averías, atascos en tuberías de desagües o incidencias urgentes de acuerdo a su capacitación.
- Dar cuenta al Superior de cualquier incidencia observada en la zona de trabajo relacionada con el mobiliario urbano, estado de las aceras, alumbrado público, instalaciones, obras que se estén realizando, etc.
- Seleccionar y preparar las herramientas y materiales a utilizar en función de la naturaleza concreta de la tarea a realizar. Trasladar las herramientas al lugar requerido.
- Desarrollar cualquier otra función que le sea encomendada por su superior en el ámbito de su competencia y responsabilidad.
- Apertura y cierre de instalaciones municipales.
- Pequeñas labores de jardinería.
- Barrido manual, mecánico (máquina o soplador) y mixto: realizar tareas de limpieza y conservación de la vía pública (basuras en general, animales muertos, hierbas, etc.) calles, papeleras, pérgolas, etc. Asumir la responsabilidad del estado de la zona que asignada.
- Limpieza de mobiliario urbano, edificios públicos, calles, plazas y áreas recreativas exteriores (fuera del casco urbano). Con escoba, escobón e instrumental, además de proceder a la retirada de hierbas y hojas del suelo, con el objetivo de que el municipio se encuentre en las mejores condiciones posibles.
- Higienizar y desinfectar los contenedores, procediendo al vaciado de papeleras. Respecto a los residuos generados en el servicio de limpieza viaria, clasificarlos y recogerlos conforme al sistema que corresponda.
- Proceder a la retirada de cristales, excrementos, contenedores u otros objetos que puedan ocasionar algún accidente.
- Limpieza de lavadero público.
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