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Anuncio # 2024-2235

Modificación Ordenanza Reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Recogida de Basuras o Residuos Sólidos

Publicado el  6/26/24, BOP número  122

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Camarena de la Sierra

Departamento:
Ayto. de Camarena de la Sierra

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Modificación Ordenanza Reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Recogida de Basuras o Residuos Sólidos
Habiendo transcurrido el plazo señalado en el art. 17.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, sin que haya presentado reclamación alguna contra el acuerdo plenario adoptado el día 13 de mayo de 2024 (anuncio publicado en el B.O.P. núm. 97, de 22 de mayo de 2024), adquiere carácter definitivo el acuerdo de modificación de la siguiente ordenanza: Ordenanza Reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Recogida de Basuras o Residuos Sólidos para el municipio de Camarena de la Sierra;
Se procede a modificar el artículo 3.2:
“Artículo 3.2. La cuota tributaria se determinará de acuerdo a lo siguiente:
Cuota anual del servicio, o mínimo de consumo en:
Viviendas o pisos particulares: 32,75 €
Viviendas de turismo rural, asimilados o similares: 65,50 €
Bares, restaurantes, comercios y análogos: 104,80 €
Establecimientos hosteleros similares de más de 20 plazas: 5,40 € por plaza. Se determinarán las plazas de cada establecimiento según su capacidad máxima, independientemente de la ocupación de estas.”.
La presente modificación de la ordenanza fiscal comenzará a regir con efectos desde el día siguiente a su publicación integra en el Boletín Oficial de la Provincia, y continuará vigente en tanto n ose acuerdo su modificación o derogación.
Contra el presente acuerdo, conforme al Artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2024, de 5 marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recursos contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justifica de Aragón.
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