BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-2668

Declaración de la caducidad de la Oferta de Empleo Público ordinaria de 2022, plazas conserje deportes y peón especialista cementerío.

Publicado el  8/13/25, BOP número  152

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Alcañiz

Departamento:
Ayto. de Alcañiz

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Mediante el presente se procede a la publicación de la Resolución de Alcaldía núm. 2172, de 7 de Agosto de 2025, declarando la caducidad de la Oferta de Empleo Público ordinaria de 2022 en relación a las plazas que en ella se indican y revocando la convocatoria referente al proceso selectivo de aquellas.
Que, en el BOP de Teruel num. 102 de 31 de Mayo de 2022 así como en el BOA num. 106, de 3 de Junio de 2022 se publico la Resolución de Alcaldía nº 1123, de 26 de mayo de 2022, aprobando, entre otras, la Oferta de empleo público ordinaria del año 2022, que contenía, entre otras, las siguientes plazas:

Nº Vacantes
Grupo
Descripción
Forma de Provisión
Clase de Empleado Público
1
AP
Conserje Deportes
Oposición Libre
Laboral
1
AP
Peón Especialista Cementerio
Oposición Libre
Laboral

Que, por Resolución de Alcaldía núm. 1585, de 12 de Junio de 2025, se efectuó la convocatoria y aprobaron las bases especificas para el acceso, mediante el sistema de oposición, por turno libre, de las dos plazas reseñadas e incluidas en la Oferta de Empleo Publico del año 2022, habiendo sido publicadas en el BOP de Teruel núm. 113 de 18 de Junio de 2025 y BOA núm. 122, de 27 de Junio de 2025 sin haberse producido la apertura del plazo de presentación de solicitudes al no haberse publicado extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Estado (BOE).

Que, en aplicación de lo establecido en el artículo 70.1 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público en el que se prevé que la ejecución de la oferta de empleo público deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años en concordancia con lo fijado por la doctrina jurisprudencial consolidada del Tribunal Supremo (STS 21-05-2019; STS 10-12-2028 y STS 12-12-2019) respecto de la naturaleza del plazo de tres años previsto para la ejecución de una oferta de empleo publico y, teniendo en cuenta que no se ha producido derecho subjetivo alguno respecto de las plazas reseñadas dado el momento procedimental en que se encuentra el proceso selectivo, mediante la presente, en virtud de los artículos 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local y 30.1.q) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de administración local de Aragón

RESUELVO

PRIMERO.- Declarar la caducidad de la Oferta de Empleo Público ordinaria de 2022 en relación exclusivamente a la plaza de Conserje Deportes así como a la plaza de Peón Especialista cementerio que consta en aquella, revocando, a su vez, la convocatoria del proceso selectivo de ambas, derivado de la ejecución de la referida Oferta de Empleo Público, la cual fue aprobada por Resolución de Alcaldía núm. 1585, de 12 de Junio de 2025, y publicada en el BOP de Teruel núm. 113 de 18 de Junio de 2025 así como en el BOA núm. 122, de 27 de Junio de 2025.

SEGUNDO.- Publicar, para general conocimiento, anuncio del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, en el Boletín Oficial de Aragón como en el tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento de Alcañiz ( https://sede.alcaniz.es).

TERCERO.-Que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso administrativo de Teruel, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Alcañiz, a fecha de firma electrónica.
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