BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2026-0899

Pliego de condiciones tecnicas y economicas para la contratacion de la concesion del servicio del bar con
comedor y cocina de la piscina municipal en la temporada de baño del año 2026.

Publicado el  3/26/26, BOP número  59

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Albalate del Arzobispo

Departamento:
Ayto. de Albalate del Arzobispo

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PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS Y ECONOMICAS PARA LA CONTRATACION DE LA CONCESION DEL SERVICIO DEL BAR CON

COMEDOR Y COCINA DE LA PISCINA MUNICIPAL EN LA TEMPORADA DE BAÑO DEL AÑO -2026-.

1.- OBJETO. Contratación mediante CONTRATO MENOR con publicidad por razón de la cuantía de la concesión del servicio de bar con comedor y cocina de las Piscinas Municipales, durante la temporada 2026, utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación basados en el principio de mejor relación calidad-precio, con arreglo a las siguientes condiciones:

1.1. Derechos del adjudicatario o concesionario.

A) Explotar en provecho propio todos los servicios del bar con comedor y cocina con sujeción a las prescripciones establecidas en el Pliego de Condiciones y demás preceptos aplicables, abonando al Ayuntamiento el canon por el que se adjudique el contrato.

B) Percibir los precios de los artículos a la venta, los cuales deberán estar autorizados por las autoridades administrativas (Comarca del Bajo Martín).

C) En el supuesto de que el Ayuntamiento haga usos de la facultad de dejar sin efecto el contrato por motivos de interés público, el concesionario tendrá derecho a indemnización equivalente al lucro cesante siempre que no existan causas de fuerza mayor.

1.2. Obligaciones del adjudicatario o concesionario.

A) Continuidad del Servicio y Horario: Prestar el servicio de manera regular y continuada. Se establece obligatoriamente un horario mínimo de apertura de 11:00 a 20:00 horas todos los días de la temporada. No se podrá cerrar ni permanecer abierto al público fuera de los límites autorizados sin permiso expreso de la Alcaldía.

B) El adjudicatario realizará la explotación a su riesgo y ventura, sin que exista relación laboral alguna con el Ayuntamiento. Queda prohibida la subrogación, arrendamiento o cesión a terceros. Siendo el adjudicatario el responsable del cumplimiento de la legislación fiscal, laboral y de Seguridad Social, así como sobre la seguridad e higiene en el trabajo respecto de él mismo y de cuantas personas emplee en la prestación del servicio.

C) Régimen de Limpieza e Higiene: El adjudicatario mantendrá en perfectas condiciones de salubridad, higiene y ornato el local del bar, cocina, comedor, terraza, así como todos los vestuarios y aseos de la instalación.

• Frecuencia: Se realizarán obligatoriamente dos limpiezas diarias durante los fines de semana de toda la temporada y durante todos los días del mes de agosto (temporada alta). En todo caso, se realizará una limpieza exhaustiva a final de cada jornada.

• Suministros: El Ayuntamiento entregará, por una sola vez al inicio de la temporada, un lote de material específico (desinfectante, jabón de manos y lejía). El papel higiénico será siempre por cuenta del adjudicatario. Cualquier otro producto necesario o reposición del lote inicial correrá por cuenta y riesgo del concesionario.

D) Deberá colaborar en el buen funcionamiento general del servicio de las Piscinas dando cuenta a la Alcaldía o Concejal-Delegado responsable del servicio de todas las incidencias destacables, anomalías y desperfectos producidos que observe en el servicio.

E) Será responsable de los daños que ocasione en las instalaciones del local, así como del material, mobiliario y enseres que se le entreguen, previo inventario de los mismos. Asimismo, indemnizará a terceros de los daños causados como consecuencia de la prestación de su servicio en el Bar - cocina, salvo si se hubiesen producido por causas imputables al Ayuntamiento.

Efectuar a su costa al término de la concesión, cualquiera que sea su causa, cuantas correcciones, reparaciones y sustituciones sean necesarias para que el Ayuntamiento reciba las instalaciones y los bienes entregados en perfectas condiciones de uso.

F) Abstenerse, en todo caso, de colocar publicidad en las instalaciones, a excepción de la derivada de sus productos y servicios que ofrezca a los clientes.

G) Colocar y mantener en lugar visible lista de precios, título habilitante para el ejercicio de la actividad y disponer de las correspondientes hojas de reclamaciones.

H) Quedan prohibidas las actuaciones en directo, así como la instalación de equipos audiovisuales o la emisión de audio o vídeo en los espacios de la terraza, salvo consentimiento expreso por la Alcaldía.

I) No podrá vender en el bar, por prohibirlo las disposiciones sanitarias vigentes en esta clase de recintos, productos cuyos restos puedan perjudicar la higiene de las instalaciones, tales como chiclés, pipas, cacahuetes o similares.

J) La explotación deberá realizarse debidamente y, en todo caso, con la máxima corrección para los usuarios.

K) Dar cumplimiento a todos los compromisos, propuestas y obligaciones incluidas en la proposición presentada y que fueron valorados en la adjudicación del contrato, previa autorización de la Sra. Alcaldesa o Concejal-Delegado responsable del servicio.

L) Dejar libre y a disposición del Ayuntamiento los bienes e instalaciones objeto de la utilización, en el plazo de quince días a contar desde la fecha de terminación del contrato o notificación de la resolución de que se trate, sin necesidad de requerimiento alguno.

M) Abonar al Ayuntamiento el consumo eléctrico (no la tarifa de contrato), que realice en las instalaciones propias del Bar y comedor, separado del resto de las instalaciones. Ello, se comprobará y medirá a través de contador instalado al efecto.

N) Seguro de Responsabilidad Civil: Es obligación ineludible del adjudicatario suscribir y mantener en vigor una póliza de seguro de responsabilidad civil por un importe mínimo de 30.000,00 euros. Dicha póliza debe cubrir daños sufrido por los usuarios derivados del servicio de bar-comedor. Se deberá presentar copia de la póliza y recibo de pago antes de la firma del contrato.

Ñ) Energía Eléctrica: El adjudicatario abonará íntegramente el consumo eléctrico realizado en las instalaciones del Bar-Cocina-Comedor, medido a través del contador instalado al efecto.

1.3. Derechos del Ayuntamiento.

A) El Ayuntamiento podrá, siempre que lo estime pertinente, realizar inspecciones, que serán giradas por los servicios técnicos, requerir la presentación de la documentación preceptiva conforme a la normativa vigente y ordenar al concesionario la adopción de cuantas medidas sean necesarias para el correcto funcionamiento del servicio como titular del mismo que es.

B) Sancionar cualquier falta u omisión por parte del concesionario que suponga la vulneración de las obligaciones establecidas en el presente Pliego de Condiciones, y demás normas de general aplicación.

Las faltas se clasifican en leves, graves o muy graves, atendiendo a las circunstancias concurrentes y al mayor o menor perjuicio que se cause al funcionamiento del servicio, imponiéndose por ello, previo procedimiento sancionador, multas con las cuantías señaladas en el artículo 172.3 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las EE.LL. de Aragón.

La comisión de una o varias faltas muy graves podrá llevar aparejada, además de la sanción, la resolución del contrato.

1.4. Obligaciones del Ayuntamiento.

A) Poner a disposición del adjudicatario los bienes e instalaciones convenidas.

B) Otorgar al contratista la protección adecuada para que pueda prestar el servicio debidamente.

C) Indemnizar al contratista por rescate injustificado del servicio o en caso de supresión del servicio.

D) Mantener un equilibrio económico y compensar económicamente al concesionario cuando por razón de la introducción de modificaciones al contrato u órdenes de ejecución de mejoras dadas por el Ayuntamiento se incrementasen con ello los costos de prestación del servicio o se disminuyesen los ingresos del concesionario.

2.- TIPO DE LICITACIÓN. Se fija el precio mínimo de oferta al alza en MIL QUINIENTOS EUROS (1.500,00), I.V.A. incluido, por toda la temporada 2026.

El pago del importe de la adjudicación será abonado al Ayuntamiento de la siguiente forma: 50 por 100 antes de empezar el servicio a la firma del contrato y el resto, dentro del periodo comprendido entre el día 15 de julio al 15 de agosto.

En caso de no abonarse el 50 por 100 inicial por el adjudicatario, se adjudicará el servicio al siguiente licitador por orden de puntuación obtenida.

3.- DURACION DEL CONTRATO. La temporada de baño 2026, que en principio comprenderá desde el 8 de junio hasta el 8 de septiembre, ambos inclusive.

4.- POSIBILIDAD DE PRORROGA DEL CONTRATO. El contrato puede

prorrogarse para la temporada siguiente del año 2026, mediante mutuo acuerdo de las partes sin necesidad de nueva licitación, si el servicio prestado ha resultado satisfactorio para el Ayuntamiento.

En este caso, el adjudicatario deberá manifestar expresamente su interés en obtener la prórroga, comunicándolo al Ayuntamiento antes de finalizar el mes de marzo del año 2026 y pagar el precio de adjudicación del año anterior más el I.P.C. habido durante el año.

5.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR. Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y solvencia técnica o profesional y no estén afectados por ninguna de las circunstancias que enumera el art. 71 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, como prohibitivas para contratar.

6.- GARANTÍAS. No se exigirá garantía provisional, estableciéndose la definitiva en el 5 por 100 del precio del contrato.

7.- CONSULTA A EMPRESARIOS O PROFESIONALES- Al tratarse de un

contrato menor, el poder adjudicador podrá optar para seleccionar al contratista, de alguna de estas dos formas:

A) Como supuesto general será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible.

B) También podrá optar con el fin de garantizar una competencia efectiva y de dar oportunidad a todos los emprendedores de la localidad, publicitar debidamente dentro de la localidad la licitación de la gestión de este servicio, para que todos los que reúnan la capacidad para contratar y lo deseen puedan optar a ello.

El anuncio de ello se hará mediante bandos y megafonía pública dentro de la localidad, edictos en los Tablones de Anuncios del Ayuntamiento, página web del Ayuntamiento en el Perfil del Contratante, aplicación informativa del Ayuntamiento para teléfonos móviles y lugares de costumbre, de forma que llegue el anuncio a todos los interesados de la localidad.

El proceso de licitación se centrará principalmente y sobre todo en la solvencia técnica y profesional, y calidad para prestar el servicio reflejada en la Memoria aportada, y también en igual medida el precio del contrato.

La VALORACIÓN se hará con la siguiente proporción: 50 por 100 la solvencia técnica y profesional y un 50 por 100 el mejor precio ofertado al alza.

8.- PRESENTACION DE PROPOSICIONES.-

8.1. Lugar y plazo de presentación.- Las proposiciones se presentarán en las oficinas municipales, de las 9:00 a las 14:00 horas salvo miércoles y viernes en horario de 10:00 a 13:00 horas, durante el plazo de QUINCE DIAS HABILES, a partir de la publicación del anuncio en el Perfil del Contratante y Tablón de Edictos del Ayuntamiento o recibo de la notificación invitándole a participar.

8.2. Formalidades.- Las proposiciones se presentarán de un sobre cerrado en el que constará el NOMBRE DEL LICITADOR y la inscripción: "PROPOSICION PARA OPTAR AL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO PARA LA CONCESION DEL SERVICIO DE BAR CON COMEDOR Y COCINA DE LAS PISCINAS MUNICIPALES, DURANTE

LA TEMPORADA 2024". El sobre contendrá la siguiente documentación:

▪ Proposición económica, ajustada al modelo contenido en la cláusula final.

Cada licitador únicamente podrá presentar UNA SOLA PROPOSICIÓN.

▪ Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, o fotocopia compulsada de quien ostente la representación pública administrativa, o Escritura de constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica.

▪ Declaración responsable de licitador haciendo constar que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el art. 71 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.

▪ Declaración responsable de estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

▪ Una MEMORIA explicando su solvencia técnica o profesional: conocimientos al respecto, experiencia, titulaciones académicas y profesionales, una relación de los principales trabajos realizados en los últimos tres años, descripción del material y utillaje que va a aportar por su cuenta para la mejor prestación del servicio, personal con que va contar y que se compromete a contratar para el servicio, etc.

Igualmente, propuestas de mejoras y compromisos que está dispuesto a asumir para prestar el servicio.

9.- MESA DE CONTRATACIÓN.- La Mesa de Contratación estará integrada o constituida del modo siguiente:

▪ Presidente: el de la Corporación Municipal, o miembro en quien delegue.

▪ El Concejal-Delegado del Servicio.

▪ La Funcionaria Administrativo-Tesorera del Ayuntamiento.

▪ La Secretaria-Interventora del Ayuntamiento, quien actuará también como Secretaria de la Mesa.

10.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO MENOR.-

La Mesa de contratación examinará las proposiciones presentadas y las valorará motivadamente aplicando proporcionalmente criterios objetivos de calidad- precio, a fin de concretar las condiciones del contrato y elevará una propuesta de adjudicación al órgano de contratación.

La ALCALDESA, recibida la documentación de la Mesa de Contratación y evacuados los informes que estime oportunos, dictará resolución motivada adjudicando el contrato a la proposición más ventajosa, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma.

La adjudicación, una vez acordada, será notificada a los participantes en la licitación. Al efectuar la notificación al adjudicatario del contrato, se le requerirá para que constituya la garantía definitiva y aporte los documentos enumerados en la cláusula siguiente.

11.- DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS QUE DEBERÁ PRESENTAR EL ADJUDICATARIO.-

Antes de la firma del contrato y dentro del plazo de cinco días hábiles, el adjudicatario propuesto deberá presentar -por originales o copias compulsadas- la siguiente documentación:

• Número de Identificación Fiscal.

• Documento de Alta en el IAE en el epígrafe correspondiente al objeto del servicio, referida al ejercicio corriente.

• Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

• Certificación administrativa positiva de no tener deudas de naturaleza tributaria con el Ayuntamiento de Albalate del Arzobispo.

• Certificado de estar inscrito en el Sistema de Seguridad Social y, en su caso, si se trata de un empresario individual, afiliado y en alta en el régimen que corresponda por razón de la actividad.

12.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

La Administración y el contratista deberán formalizar el contrato dentro de los TREINTA días siguientes al de notificación de la adjudicación, constituyendo título suficiente para acceder a cualquier Registro. No obstante, lo anterior dicho contrato administrativo podrá elevarse a Escritura Pública a petición del contratista y a su costa.

El contratista, además del contrato, deberá firmar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, si no estuviera incorporado al mismo.

Es requisito necesario para la formalización la constitución por el empresario de la garantía definitiva a que se hace referencia en la cláusula 6ª.

13.- GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO.

Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:

a) Los de anuncio que genere el concurso y los preparatorios y de formalización del contrato.

b) Los tributos estatales, municipales y regionales que deriven del contrato.

c) Asumir el pago del IVA, que se entenderá incluido dentro del precio de adjudicación.

c) Los de formalización pública del contrato de adjudicación.

14.- REVISIÓN DE PRECIOS. Dada la duración del contrato no es aplicable al mismo la revisión de precios.

15.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. El contrato podrá extinguirse por alguna de las causas de resolución previstas en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.

16.- RÉGIMEN JURÍDICO. En lo no previsto expresamente en el presente pliego de condiciones, se estará a lo dispuesto en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público; Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón; la Ley 7/85 de 2 de abril y RD Legislativo 781/86, de 18 de abril; y, Ley de Administración Local de Aragón; y, Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las EE.LL. de Aragón.

17.- JURISDICCIÓN COMPETENTE. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos serán resueltas por el órgano de contratación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa y abrirán la vía Contencioso-Administrativa, a tenor de la Ley de dicha jurisdicción.

18.- A) MODELO DE PROPOSICIÓN ECONOMICA:

Don / Doña. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

mayor de edad, vecino / a de ,

con domicilio en , titular del

DNI nº . . . . . . . . . . expedido con fecha , en nombre propio (o

en representación de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., vecino de . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . con domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., conforme acredito con Poder Bastanteado) enterado del procedimiento negociado tramitado para adjudicar la CONCESIÓN DEL SERVICIO DE BAR CON COMEDOR Y COCINA DE LA PISCINA

MUNICIPAL DURANTE LA TEMPORADA 2026, se compromete a realizarlo ofreciendo un importe de. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. euros (en letra y

número), en las condiciones señaladas en el pliego de cláusulas administrativas particulares.

En Albalate del Arzobispo, a. . . . . , de de 2.026.

Firma,

B) MODELOS DE DECLARACIONES RESPONSABLES:

DECLARACIÓN RESPONSABLE

Don / Doña ,

con domicilio a efectos de notificaciones en. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . n, . . . . ., con NIF n.º a

efectos de su participación en la licitación de “CONCESIÓN DEL SERVICIO DE BAR CON COMEDOR Y COCINA DE LA PISCINA MUNICIPAL DURANTE LA

TEMPORADA 2026”, ante el Ayuntamiento de Albalate del Arzobispo;

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:

PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación de la “CONCESIÓN DEL SERVICIO DE BAR CON COMEDOR Y COCINA DE LA PISCINA MUNICIPAL DURANTE LA TEMPORADA 2026”.

SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 140 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 para ser adjudicatario del contrato de servicios, en concreto:

1. Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.

2. Que, en su caso, está debidamente clasificada la empresa o que cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

3. Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

4. Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. [Solo en caso de empresas extranjeras].

5. Que la dirección de correo electrónico1 en que efectuar notificaciones es. . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.

Y para que conste, firmo la presente declaración.

En Albalate del Arzobispo, a de de 2.026.

Firma,

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES SUFICIENTES EXIGIDOS COMO REQUISITO ADICIONAL DE SOLVENCIA

Don / Doña………………..…………………………………………., con D.N.I. nº

……………………….., y domicilio en la Calle …………………………………., nº , código

postal…………....,actuando en nombre propio o en representación de

………………………………………., con C.I.F.: manifiesta que:

Enterado de la convocatoria de la licitación para la contratación de la concesión del SERVICIO DE BAR CON COMEDOR Y COCINA DE LA PISCINA MUNICIPAL DURANTE LA

TEMPORADA DE 2026”, acepta íntegramente el contenido del Pliego de Cláusulas Técnicas y Económicas, reguladoras de la presente contratación, y en relación al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 140 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 76.2 de la LCSP, me comprometo a adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y/o materiales suficientes para ello; este compromiso se integrará en el contrato como requisito adicional de solvencia para la ejecución del mismo, obligación que tiene la consideración de obligación esencial y, si resulto ser propuesto como adjudicatario, acreditaré el cumplimiento de dicha obligación en los términos previstos en el pliego.

Y para que conste a los efectos oportunos en la presente licitación pública, firma la correspondiente declaración responsable.

En Albalate del Arzobispo, a…. de de 2026.

FIRMADO ELECTRONICAMENTE,

LA ALCALDESA – CELIA TRULLEN CARBO

DILIGENCIA.- La pongo yo, el Secretario, para hacer constar que el presente pliego de Cláusulas Técnicas y Administrativas para la concesión del servicio del Bar con comedor y cocina de las Piscinas Municipales en la Temporada de 2026, fue aprobado por el Pleno en sesión ordinaria el día 19 de marzo de 2026.

Albalate del Arzobispo a fecha de firma electrónica.

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