BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-3668

Aprobación provisional modificación Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la recogida de residuos sólidos urbanos.

Publicado el  11/13/25, BOP número  216

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Calamocha

Departamento:
Ayto. de Calamocha

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El Pleno de esta Corporación en sesión ordinaria, celebrada el día 30 de octubre de 2025, adoptó el siguiente acuerdo que a continuación se transcribe:

APROBACIÓN LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS (Expte. 1876/2025).
Considerando que el 20 de octubre se argumenta la necesidad de tramitar el procedimiento para la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la recogida de residuos sólidos urbanos, incoando el procedimiento para la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa referida.
Considerando que con fecha 20 de octubre se emitió informe técnico económico en el que se puso de manifiesto la previsible cobertura del coste.
Visto que con fecha 21 de octubre se emitió informe jurídico en ejercicio de la función de asesoramiento legal preceptivo comprobándose la viabilidad y legalidad del proyecto propuesto de acuerdo con la normativa que resulta de aplicación.
Visto que con fecha 21 de octubre se emitió por la Intervención informe de control permanente previo en el que se evaluó el impacto económico-financiero de la modificación, así como el cumplimiento de la normativa aplicable.
Considerando que se emitió informe propuesta de resolución para la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa referida en fecha 22 de octubre de 2025.

A la vista de los anteriores antecedentes, teniendo en cuenta la normativa de aplicación, se considera que se cumplen los requisitos establecidos en la legislación vigente y que las cuotas fijadas en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa se ajustan a los costes previsibles derivados de la prestación de servicios públicos, por lo que celebrada Comisión Informativa se eleva al Pleno la adopción del siguiente Acuerdo:

PRIMERO. Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos, en los términos del proyecto que se anexa en el expediente:

Tipo basura
TASA
Viviendas
94,79
Locales sin ejercicio actividad
96,73
Alojamiento y hoteles (sin restaurante)
263,30
Estab. Alimentación hasta 100 m2
284,83
Estab. Alimentación 101-250 m2
341,25
Estab. Alimentación 251-499 m2
1.010,28
Pescaderías
263,30
Restaurantes, cafeterías, whisquerías, pubs, bares y tabernas
1.010,28
Cines, teatros, salas de bingo, salas de fiesta y discotecas
1.010,28
Centros oficiales y oficinas bancarias
340,28
Garajes y estaciones de servicio, fábricas y almacenes de venta de materiales para la construcción, talleres mecánico y otros locales
503,28
Peluquerías, academias y centros de enseñanza privada; y otros locales no expresamente tarifados
220,33
Grandes almacenes, supermercados de más de 500 m² y mataderos industriales
3.001,25
Contenedor en exclusiva hasta 360 l
1.010,28
Contenedor en exclusiva hasta 1000 l
2.044,73
Contenedor en exclusiva hasta 800 l
1.773,35

SEGUNDO. Exponer al público el anterior Acuerdo mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios municipal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de dicho anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro del cual los interesados podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de esta entidad
[http://calamocha.sedelectronica.es].

TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

CUARTO. Facultar a la Alcaldía para suscribir los documentos relacionados con este asunto.


Calamocha, a fecha de firma electrónica.
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