BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-3803

Aprobar definitivamente el expediente de modificación de créditos n.º 6/2024 del Presupuesto en vigor,

Publicado el  11/14/24, BOP número  220

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Calanda

Departamento:
Ayto. de Calanda

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SUMARIO
Acuerdo de Pleno de fecha 12 de Septiembre de 2024, del Ayuntamiento de Calanda, por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n.º 6/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería.
TEXTO
Aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos n.º 6/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Aumento de gastos

Orgánica
Funcional
Económica
Denominación
Importe

1640
1630
1600
1650
3420
3360
3380
9200
212
213
221
221
221
202
226
221
Edificios y otras construcciones cementerio.
Reparaciones maquinaria limpieza viaria.
Energía eléctrica alcantarillado.
Suministros alumbrado publico
Instalaciones deportivas, productos y energía.
Arrendamientos de edificios
Gastos diversos fiestas populares y otros
Suministros administración general
900,00 €
14.000,00 €
10.000,00 €
15.000,00 €
10.000,00 €
6.641,95 €
72.000,00 €
5.000,00 €



Total ......
133.541,95€
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería en los siguientes términos:

Aumento de Ingresos

Orgánica
Económica
Denominación
Importe

87000
Remanente de Tesorería para gastos generales
133.541,95€


Total ......
133.541,95€
Contra el presente Acuerdo[[1]1] Téngase en cuenta que de conformidad con el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra las disposiciones administrativas de carácter general no cabrá recurso en vía administrativa.1][1], conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón con sede en Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Documento firmado electrónicamente al margen
En Calanda, a la fecha de la firma
El Alcalde.- Fdo.: José Alberto Herrero Bono.
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