BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-2486

Aprobar definitivamente el Reglamento Regulador del Funcionamiento del Servicio de Préstamo de Ayudas Técnicas de la Comarca del Matarraña/Matarranya.

Publicado el  7/22/24, BOP número  139

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca del Matarraña

Departamento:
Comarca del Matarraña

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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Consejo de aprobación inicial del Reglamento regulador del funcionamiento del servicio de préstamo de ayudas técnicas de la Comarca del Matarraña/Matarranya, cuyo texto íntegro se hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y en el artículo 141 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración local de Aragón.
REGLAMENTO REGULADOR DEL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO DE AYUDAS TÉCNICAS DE LA COMARCA DEL MATARRAÑA/MATARRANYA
PREÁMBULO
La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, establece que la atención a las personas en situación de dependencia y la promoción de su autonomía personal constituye uno de los principales retos de la política social de los países desarrollados.
El reto no es otro que atender a las necesidades de aquellas personas que, por encontrarse en situación de especial vulnerabilidad, requieren apoyos para desarrollar las actividades esenciales de la vida diaria, alcanzar una mayor autonomía personal y poder ejercer plenamente sus derechos de ciudadanía.
A estos efectos, el artículo 12.1 de la norma citada establece que las entidades locales participarán en la gestión de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia, de acuerdo con la normativa de sus respectivas Comunidades Autónomas y dentro de las competencias que la legislación vigente les atribuye.
La Ley 7/2002 de 15 de abril de creación de la Comarca del Matarraña/Matarranya, y el Decreto Legislativo 1/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón, define ésta como una entidad local territorial que tiene personalidad jurídica propia y goza de capacidad y autonomía para el cumplimiento de sus fines. A su vez, la Comarca debe dar respuesta a las necesidades actuales de gestión de servicios públicos y servir de nivel adecuado para la descentralización de competencias por parte de la provincia y de la Comunidad Autónoma, acercando la responsabilidad de su gestión a sus destinatarios.
El Sistema público de Servicios Sociales tiene entre sus responsabilidades la de responder adecuadamente a la necesidad de convivencia personal que presentan familias o individuos referente a la cobertura de las necesidades primarias, a través del desarrollo de medidas, lo cual se procede a regular en el presente Reglamento de Servicio de Préstamo de Ayudas Técnicas en el marco de la normativa citada.
TITULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
El presente reglamento tiene como objeto regular el funcionamiento del servicio de préstamo de Ayudas Técnicas, que es un servicio social público de carácter comunitario que depende jurídicamente de la Comarca del Matarraña/Matarranya.
El ámbito de aplicación del servicio regulado en el presente reglamento, será el de los municipios que integran la Comarca del Matarraña/Matarranya.
Artículo 2. Definición del servicio.
Se entiende por ayudas técnicas todos aquellos mecanismos, instrumentos técnicos y materiales que contribuyen al desenvolvimiento adecuado de las personas con limitaciones físicas, psíquicas y sensoriales para favorecer el desarrollo de sus actividades cotidianas, previniendo, compensando, aliviando o eliminando la deficiencia o discapacidad.
A efectos de este Reglamento, el servicio de préstamo de Ayudas Técnicas, consiste en el préstamo a través del pago de un precio público de aquellas ayudas técnicas que obren en poder de la Comarca del Matarraña/Matarranya.
Artículo 3. Población destinataria.
La población destinataria es cualquier ciudadano empadronado en la Comarca del Matarraña/Matarranya, que presente falta de autonomía personal.
Artículo 4. Objetivo.
Favorecer a las personas con discapacidad o en situación de dependencia (reconocida o no) la autonomía personal y la accesibilidad en el desarrollo de las actividades básicas de la vida diaria.
TITULO II
Catálogo de ayudas técnicas.
Artículo 5. Catálogo de ayudas técnicas.
Inicialmente el servicio de préstamo de Ayudas Técnicas de la Comarca del Matarraña/Matarranya, incluye en su catálogo las siguientes ayudas:
- Grúas.
- Camas articuladas.
- Sube-escaleras.
- Aquellas otras tipologías de ayudas susceptibles de incorporarse a este catálogo.
TITULO III
Derechos y deberes de los beneficiarios.
Artículo 6. Beneficiarios.
a) Podrán beneficiarse de las ayudas técnicas, personas individuales o unidades familiares.
b) Son titulares del derecho y en los límites que permita la disponibilidad de las ayudas propiedad de la Comarca, las personas que reúnan los siguientes requisitos:
1. Personas con problemas de movilidad, discapacidad o en situación de dependencia reconocida o no, siempre que esta situación dificulte la realización de las actividades básicas de la vida diaria, necesitando de la asistencia o cuidados por parte de una tercera persona o ayudas técnicas. En cuanto a este requisito, la falta de autonomía que motive el derecho a estas ayudas técnicas debe ser debidamente acreditada con el informe médico correspondiente o con la resolución de valoración de grado de dependencia o del grado de discapacidad.
2. Estar empadronado y tener residencia efectiva en alguno de los municipios pertenecientes al Centro de Servicios Sociales de la Comarca del Matarraña/Matarranya. La residencia será en un domicilio particular y no en centros residenciales.
Artículo 7. Derechos de los beneficiarios
Los beneficiarios de estas ayudas técnicas tendrán los siguientes derechos:
a) Recibir en condiciones óptimas y en buen estado la ayuda técnica que se solicita.
b) Ser informados previamente de cualquier modificación en las condiciones del servicio.
c) A la devolución de la fianza depositada al término del préstamo, siempre y cuando dicha devolución se realice en las mismas condiciones en las que se prestó.
d) Recibir información sobre el manejo de la ayuda técnica.
Artículo 8. Obligaciones de los beneficiarios
Los beneficiarios de las ayudas estarán obligados:
a) A destinar la prestación a la finalidad para la que se otorga.
b) La ayuda técnica deberá ser destinada exclusivamente al beneficiario, sin que pueda ser arrendada o cedida a terceros.
c) A permitir y facilitar la labor de los trabajadores sociales, para verificar su situación de dependencia y familiar.
d) A informar al Trabajador Social de los posibles cambios o variaciones que se den en la situación personal y/o familiar del beneficiario. En el caso de que éste se ausente por un tiempo superior a un mes fuera de la Comarca (a excepción de hospitalizaciones), estará obligado a devolver la Ayuda Técnica prestada.
e) El beneficiario se compromete a recibir la ayuda cuando ésta se le conceda y a devolver la ayuda técnica una vez finalizado el plazo de prestación, en el lugar que se le indique.
f) A abonar la fianza correspondiente con arreglo a la siguiente tabla:
Ayuda Técnica
Importe Fianza
Cama
150 €
Grúa
150 €
Sube-escaleras
300 €
En caso de que en el momento de devolución del material éste no esté en buenas condiciones por mal uso o negligencia, o por no haber realizado el mantenimiento necesario, el coste de reparación, reposición o puesta en uso, se detraerá de la fianza depositada, debiendo abonar el usuario la diferencia en caso de resultar esta fianza insuficiente para hacer frente al coste de la reparación o reposición.
A través del personal de la comarca se supervisará el estado de la ayuda técnica en el momento de su devolución.
TITULO IV
Procedimiento e instrucción de las solicitudes.
Artículo 9. Gestión y tramitación.
1. El procedimiento para la concesión de las prestaciones podrá iniciarse de oficio o a instancia de parte.
a. Si se inicia de oficio, deberá garantizarse en su tramitación los requisitos y circunstancias documentales fijados para el caso de que se iniciase a instancia de parte.
b. Las solicitudes a instancia de parte, se deberán presentar firmadas por el posible usuario o representante legal o guardador de hecho según modelo adjunto (Anexo I).
c. A las solicitudes se acompañarán los documentos señalados en el punto 2 de este artículo.
2. Las solicitudes se acompañarán de los siguientes documentos:
a. Fotocopia del D.N.I. del solicitante y/o del beneficiario de la ayuda técnica. En caso de extranjeros, documento acreditativo de su personalidad.
b. Certificado de empadronamiento.
c. Documentos acreditativos de la situación de necesidad determinante de la solicitud: Informe médico, certificado acreditativo del grado de discapacidad o resolución de valoración de grado de dependencia del Gobierno de Aragón o Administración competente.
d. Ficha de Terceros
e. Otros documentos que se consideren necesarios.
Artículo 10. Instrucción
1. Una vez recibidas las solicitudes, los Servicios Sociales Comarcales, comprobarán que reúnen todos los requisitos señalados en el artículo 6 y, en caso de no ser así, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días hábiles, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desestimada su petición, archivándose sin más trámite.
2. Completada la solicitud, será valorada por el trabajador social correspondiente al municipio de residencia del solicitante y elaborará una propuesta que remitirá para su validación por la Dirección del Centro Comarcal de Servicios Sociales, para su posterior elevación a la Presidencia quien resolverá. (Anexo II)
3. Se dará prioridad en la concesión de la ayuda a aquellos solicitantes que reciban atenciones personales en el Servicio de Ayuda a Domicilio de naturaleza esencial o complementaria y aquellas personas reconocidas en situación de Dependencia con Grado III o Grado II.
Artículo 11. Resolución.
El presidente de la Comarca del Matarraña/Matarranya, o persona en quien delegue, formulará la resolución pertinente en el plazo máximo de un mes.
En el caso de concesión de la ayuda técnica, los Servicios Sociales Comarcales se pondrán en contacto con el solicitante para la entrega de la ayuda técnica, fijando el día y lugar de la misma.
Artículo 12. Seguimiento de las ayudas.
Será el trabajador social de referencia correspondiente quien haga el seguimiento de las situaciones de necesidad, del destino dado a la prestación, así como la valoración del nivel de cumplimiento por parte de los beneficiarios de las obligaciones establecidas.
Artículo 13. Régimen de las incompatibilidades.
a) Nadie podrá ser beneficiario simultáneamente de más de una prestación para la misma finalidad cualquiera que sea el otorgante.
b) En general será compatible el disfrute por el mismo beneficiario de varias ayudas técnicas, y la utilización por éste, cuando tengan distinta finalidad, atiendan diferentes necesidades o sean complementarias unas de otras.
DISPOSICIONES FINALES
Primera. - Se faculta al presidente de la Comarca del Matarraña/Matarranya para dictar las disposiciones internas oportunas que puedan complementar los apartados contenidos en estas normas.
Segunda. - El presente Reglamento entrará en vigor y será de aplicación transcurridos quince días contados desde el día siguiente de la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, permaneciendo vigente, sin interrupción, en tanto no se acuerde su modificación o derogación.

ANEXO I
SOLICITUD PRÉSTAMO AYUDA TÉCNICA
SOLICITANTE:
NOMBRE Y APELLIDOS:___________________________________________________________________
DIRECCIÓN:_____________________________________________________________________________
MUNICIPIO:______________________________________________________________________________
TELÉFONO:_____________________________________ D.N.I.___________________________________
RELACIÓN BENEFICIARIO:_________________________________________________________________
BENEFICIARIO:
NOMBRE Y APELLIDOS:___________________________________________________________________
FECHA DE NACIMIENTO:__________________________________________________________________
DIRECCIÓN: _____________________________________________________________________________
MUNICIPIO: ______________________________________ C.P.: __________________________________
TELÉFONO: __________________________________ D.N.I.______________________________________
AYUDA TÉCNICA SOLICITADA:

GRÚA

CAMA ARTICULADA

SUBE - ESCALERA

DECLARO
Que el beneficiario/a para el cual solicito la ayuda técnica no es beneficiario/a de otra ayuda técnica que tenga la misma finalidad que la que en este momento solicito, ni de otra Administración Pública ni de entidad privada financiada con fondos públicos.
___________ a ____ de_________ de 20 _______

Fdo.:
Obligación de los beneficiarios.
a) A destinar la prestación a la finalidad para la que se otorga.
b) La ayuda técnica deberá ser destinada exclusivamente al beneficiario, sin que pueda ser arrendada o cedida a terceros.
c) A permitir y facilitar la labor de los Trabajadores Sociales, para verificar su situación de dependencia y familiar, sin menoscabo de los derechos constitucionalmente reconocidos.
d) El beneficiario se compromete a recibir la ayuda cuando ésta se le conceda, y a devolver la ayuda técnica una vez finalizado su uso, en el lugar que se le indique.
e) A abonar en tiempo y forma la fianza correspondiente.
Documentación:
a) Fotocopia del D.N.I. del solicitante y/o del beneficiario de la ayuda técnica. En caso de extranjeros, documento acreditativo de su personalidad.
b) Certificado de empadronamiento.
c) Documentos acreditativos de la situación de necesidad determinante de la solicitud: Informe médico, certificado acreditativo del grado de discapacidad o resolución de valoración de grado de dependencia del Gobierno de Aragón o Administración competente.
d) Ficha de Terceros
e) Otros documentos que se consideren necesarios.
De acuerdo con lo establecido en la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, les informamos que los datos que figuran en esta comunicación están incluidos en un fichero automatizado propiedad de Comarca del Matarraña/Matarranya. Para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición, podrán dirigirse en cualquier momento a dicha entidad, en el domicilio sito en Avda. Cortes de Aragón nº 17-19 C.P. 44580- Valderrobres.

ANEXO II
INFORME PROPUESTA CONCESIÓN/DENEGACIÓN AYUDA TÉCNICA
SOLICITANTE:
NOMBRE Y APELLIDOS:___________________________________________________________________
DIRECCIÓN:_____________________________________________________________________________
MUNICIPIO______________________________________________________________________________
TELÉFONO:_________________________________ D.N.I._______________________________________
RELACIÓN BENEFICIARIO:________________________________________________________________
BENEFICIARIO:
NOMBRE Y APELLIDOS:___________________________________________________________________
FECHA DE NACIMIENTO:__________________________________________________________________
DIRECCIÓN:_____________________________________________________________________________
MUNICIPIO: _____________________________________ C.P.: ___________________________________
TELÉFONO: __________________________________D.N.I.______________________________________
AYUDA TÉCNICA SOLICITADA:
GRÚA

CAMA ARTICULADA

SUBE - ESCALERA

ACREDITACIÓN DE REQUISITOS:
PERSONA CON PROBLEMAS DE MOVILIDAD

EMPADRONAMIENTO Y RESIDENCIA EFECTIVA

APORTA DOCUMENTACIÓN:
SI

NO

Observaciones:_______________________________________________________________
ABONO FIANZA:

SI

NO

VALORACIÓN:
CONCESIÓN
DENEGACIÓN: Indicar motivos en caso de denegación:

Otros datos de interés:
En Valderrobres, a fecha de la firma electrónica.
La Trabajadora Social del Centro Comarcal de Servicios Sociales de la Comarca del Matarraña/Matarranya.

ANEXO III
ENTREGA FIANZA AYUDAS TÉCNICAS
D/Dña._________________________________________, con DNI _____________, en representación de D/Dña._______________________________, con DNI. _____________, aporta la cantidad económica de _____ euros en concepto de fianza por el préstamo:
GRÚA

CAMA ARTICULADA

SUBE – ESCALERA

El importe de la cantidad acordada ha sido ingresado en el número de cuenta de Caja Rural: ES15 3080 0015 31 2028742621 de la Comarca del Matarraña/ Matarranya.
La Comarca del Matarraña/Matarranya se compromete a reembolsar la cantidad integra de la fianza aportada por la persona solicitante una vez que ésta haya concluido el uso de la Ayuda Técnica arriba referenciada, comprobado su estado, y devuelto la misma en el mismo estado en el que fue entregada.
En _______________________, a ____ de ________________________ de 20__.

Fdo.:____________________________

ANEXO IV
ENTREGA DE AYUDAS TÉCNICAS
D/Dña._________________________________________, auxiliar mantenimiento – conductor de la Comarca del Matarraña/Matarranya.
INFORMA:
En fecha_________________, se ha procedido a instalar _______________________ en el domicilio del usuario del Servicio de Préstamo de Ayudas Técnicas a D/Dª__________________________________________con DNI.________________y con domicilio en ____________________________________________.
Y prueba de conformidad, firma conmigo, D/Dª________________________________.
En ___________________, a ______de ___________________20____.

Fdo.: _______________________Fdo.:______________________

ANEXO V
RECOGIDA DE AYUDAS TÉCNICAS
D/Dña._________________________________________, auxiliar mantenimiento – conductor de la Comarca del Matarraña/Matarranya.
INFORMA:
En fecha_________________, se ha procedido a comprobar el estado de _______________________ en el domicilio del usuario del Servicio de Préstamo de Ayudas Técnicas a D/Dª___________________________________________________________con DNI.___________________y con domicilio en ______________________________________.
Y prueba de conformidad, firma conmigo, D/Dª________________________________.
En ___________________, a ______de ___________________20____.

Fdo.: _______________________ Fdo.:______________________

ANEXO VI
INFORME DEVOLUCIÓN FIANZA
D/Dña._________________________________________, con DNI _____________, en representación de D/Dña._______________________________, con DNI. _____________, aporto en fecha___________________ la cantidad económica de 150 euros en concepto de fianza por el préstamo:

GRÚA

CAMA ARTICULADA

SUBE – ESCALERA
La ayuda técnica fue devuelta en buenas condiciones; por lo que se INFORMA FAVORABLEMENTE la devolución de la fianza de 150 euros ya que el préstamo de dicha ayuda finalizó en fecha_________________ .
En Valderrobres, a fecha de la firma electrónica.
La Directora Técnica del Centro Comarcal de Servicios Sociales de la Comarca del Matarraña/Matarranya.
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