BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-1829

Convocatoria y bases provisión interna del puesto de trabajo de Conductor operario de compostaje comunitario  II, personal laboral.

Publicado el  6/6/25, BOP número  105

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca del Bajo Aragón

Departamento:
Comarca del Bajo Aragón

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CONVOCATORIA Y BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN INTERNA DEL PUESTO DE TRABAJO DE CONDUCTOR OPERARIO DE COMPOSTAJE COMUNITARIO II PERSONAL LABORAL DE LA COMARCA DEL BAJO ARAGÓN.

En cumplimiento del acuerdo del Consejo Comarcal adoptado en sesión de fecha veintinueve de mayo de dos mil veinticinco, se convoca Concurso Interno para la provisión temporal de Conductor operario de Compostaje Comunitario , con sujeción a las siguientes bases.

PRIMERA.- Objeto.
Es objeto de las presentes Bases establecer los méritos y requisitos por los que se rige la provisión, mediante el sistema de concurso de méritos interno para la provisión mediante Comisión de Servicios, del Puesto de Trabajo de Conductor Operario de Servicios Múltiples de compostaje comunitario II.
Las presentes Bases y convocatoria será objeto de publicación en el Tablón de anuncios de la Comarca del Bajo Aragón https://bajoaragon.sedelectronica.es/info.0 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel.

SEGUNDA.- Condiciones de los aspirantes.
Podrá participar en la Convocatoria respectiva el personal de la Comarca del Bajo Aragón que reúna los siguientes requisitos:
a) Empleado Público fijo de la Comarca del Bajo Aragón en la Plaza de Conductor Operario de Servicios Múltiples.
b) Ostentar la misma categoría profesional que la de los puestos objeto de concurso.
c) Pertenecer al grupo en el que se encuadren los puestos objeto de la Convocatoria.
d) Encontrarse en servicio activo o en situación de excedencia voluntaria para el cuidado de hijos, cónyuge, ascendientes, descendientes y familiares, excedencia voluntaria por agrupación familiar y por razón de violencia de género.
e) No estar cumpliendo sanción disciplinaria que conlleve la inhabilitación para el traslado.
f)Tener la capacidad funcional para ejercer el puesto de Conductor Operario de de compostaje comunitario II.

TERCERA.- Solicitudes.
Las instancias para tomar parte posteriormente en la convocatoria deberán presentarse de forma telemática en el Registro Electrónico de la Comarca del Bajo Aragón, o también podrán presentarse en la forma que determina el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días hábiles contados a partir de la publicación de la convocatoria, en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, así mismo se dará publicidad de la convocatoria en el tablón de edictos y en la página web de la Comarca del Bajo Aragón. Las solicitudes (Anexo I) se dirigirán a la Presidencia de la Corporación. Los interesados/as deberán indicar en la solicitud “Concurso Para la Comisión de Servicios al Puesto de Conductor Operario de compostaje comunitario II” y deberán adjuntar a la misma:
a) Currículum personal y copia de documentos que se estimen pertinentes para acreditar los méritos alegados conforme a lo dispuesto en la Base quinta.
b) Documento de autobaremación de los méritos alegados de acuerdo con el Anexo II (tendrá carácter orientativo y en ningún caso será vinculante para la Comisión de valoración).

En el supuesto de que el último día de presentación de instancias sea sábado, domingo o festivo el plazo se entenderá prorrogado hasta el lunes o primer día hábil. A las solicitudes se acompañará la documentación que se estime pertinente para justificar los méritos que se aleguen.
Transcurrido el plazo de presentación de instancias, no podrá aportarse nueva documentación. Los requisitos para participar en la convocatoria del concurso correspondiente deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación. Las solicitudes deberán ajustarse a lo previsto en estas Bases y su presentación supone la aceptación incondicionada por los/as interesados/as del contenido de la totalidad de dichas Bases sin salvedad o reserva alguna.

CUARTA.- Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará Resolución por la Presidencia de la Comarca, que se hará pública en el tablón de anuncios y página web de la Comarca, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, indicándose en este último caso las razones de la exclusión. Quienes resulten excluidos podrán, dentro de los cinco días siguientes a la publicación, subsanar el defecto causante de la exclusión, cuando éste sea meramente formal, o formular reclamación frente a la exclusión que será resuelta por la Presidencia dentro de los cinco días siguientes. Transcurrido dicho plazo se aprobará de forma inmediata la lista definitiva de aspirantes, a la vista de las subsanaciones y reclamaciones que hayan podido estimarse. En dicha resolución se indicará la composición del tribunal.

QUINTA.- Méritos.
Se tendrán en cuenta para la resolución de la presente comisión de servicio los méritos que se señalan a continuación, reflejados en el artículo 24.3 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comarca del Bajo Aragón. No serán valorados los méritos no invocados, ni tampoco los que aun siendo invocados, no sean debidamente acreditados por los solicitantes. Se tomará como fecha de referencia para la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados, la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, pudiendo recabarse de los/as interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estimen necesarias para la comprobación de los méritos alegados.

MÉRITOS:
a) Méritos de experiencia.
Experiencia profesional, se valorará hasta un máximo de 60 puntos, conforme a las siguientes reglas:
1. Por servicios prestados en la Comarca del Bajo Aragón en la Plaza de Conductor Operario de Servicios Múltiples: 0,20 puntos por cada mes trabajado.
2. Por servicios prestados en la Comarca del Bajo Aragón en la Plaza de Conductor Operario de compostaje comunitario: 0,40 puntos por cada mes trabajado.
3. Por servicios prestados en la Comarca del Bajo Aragón en la Plaza de Conductor Operario MIXTO: 0,30 puntos por cada mes trabajado.
b) Méritos académicos y de formación, se valorarán hasta un máximo de 40 puntos, conforme a las siguientes reglas:
b.1) CURSOS DE FORMACIÓN: Se valorará, con un máximo de 30 puntos.
Se valorarán únicamente las acciones formativas que hubieran sido impartidas por centros oficiales o debidamente homologados y versen sobre materias directamente relacionadas con el Puesto de Conductor Operario de compostaje comunitario II a razón de 0,25 puntos la hora.
Se acreditarán mediante fotocopia de los correspondientes títulos o diplomas.
Todos los documentos deberán estar redactados en castellano o ir acompañados de traducción oficial, sino, no se valorarán.
La formación anterior a 1 de enero de 2006 no se valorará.
Se establece el valor de los créditos de los cursos pertenecientes al ECTS (Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos) de 25 horas por crédito y el valor de los créditos del resto de cursos en 10 horas por crédito.
Únicamente se valorarán los cursos formativos con una duración mínima de 20 horas, no computándose los cursos que contengan menos horas. Asimismo, las acciones formativas en las que los aspirantes no acrediten su duración no serán computadas. Los cursos con una duración igual o superior a 20 horas se valorarán todas las horas del curso.
b.2) TITULACIÓN ACADÉMICA: Se valorará, con un máximo de 10 puntos.
Se valorarán la posesión de una titulación superior u otra titulación de igual nivel a la exigida en la convocatoria (excluida la que sea requisito de acceso) con arreglo a los siguientes criterios:
Estar en posesión de Máster, Doctorado o Postgrado: 10,00 puntos
Estar en posesión de Titulo de Grado o Licenciatura equivalente: 7,00 puntos
Estar en posesión de Titulo de Diplomatura o equivalente: 5 puntos.
Estar en posesión del Titulo de Técnico Superior o equivalente: 4,00 puntos.
Estar en posesión de Titulo de Bachillerato o equivalente: 3,50 puntos.
Estar en posesión de Título de Técnico Medio o equivalente: 3,00 puntos.
Estar en posesión de Graduado en ESO o equivalente: 2,50 puntos.
Se acreditarán mediante fotocopia de los correspondientes títulos o diplomas.
Todos los documentos deberán estar redactados en castellano o ir acompañados de traducción oficial. Sino, no se valorarán.

SEXTA. —Tribunal de Selección.
6.1 La composición del Tribunal se ajustará a lo establecido en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
6.2 De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, el Tribunal Calificador, se constituirá atendiendo a los principios de imparcialidad, profesionalidad, especialidad, en función de la disponibilidad de recursos, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombre y mujer.
6.3 El Tribunal estará integrado por cinco componentes, nombrados por la Presidencia de la Comarca.
6.4 El órgano de selección estará compuesto exclusivamente por personal funcionario de carrera, salvo que se trate de seleccionar personal laboral, en cuyo caso podrá estar compuesto además por personal laboral fijo. Todos sus miembros deberán contar con un nivel de titulación igual o superior al exigido a los aspirantes. En la configuración del Tribunal se cumplirá con los principios de especialidad y profesionalidad.
6.5 El Tribunal podrá solicitar asesores especialistas y ayudantes, que estarán siempre bajo su dirección y control directos, para aquellas pruebas que lo requieran, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas en base a las cuales colaborarán con el Tribunal con voz, pero sin voto. Su nombramiento deberá hacerse público junto con el del órgano técnico de selección.
6.6 Tanto los miembros del tribunal como los asesores especialistas y ayudantes están sometidos al régimen de abstención y recusación establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
6.7 El Tribunal de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad al menos de sus integrantes titulares o suplentes, indistintamente y en todo caso tendrán que contar con la presencia de quien lo presida y de su secretario/a o, en su caso, quienes los sustituyan. Así mismo estarán facultados para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante el desarrollo del proceso de selección, en todo el no previsto en las presentes bases, así como para la adecuada interpretación de éstas.
Los acuerdos que tenga que adoptar el tribunal se adoptarán por mayoría de asistentes.
6.8 Las resoluciones del tribunal de selección vinculan a la comarca, que solo podrá revisarlas por el procedimiento establecido en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
6.9 Los actos del tribunal podrán ser recurridos en alzada ante la Presidente de la comarca, en el plazo de un mes a contar desde que estas se hicieron públicas, de acuerdo con el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

SÉPTIMA. — Calificación final del proceso selectivo.
7.1 La calificación final del proceso selectivo será la resultante de la suma final de la calificación otorgada por el órgano de selección a los/las aspirantes sin que en ningún caso pueda ser superior a 100 puntos.

OCTAVA.- Propuesta de resolución.
El tribunal, a la vista de los méritos alegados, dentro de los quince días siguientes al de la finalización del plazo de presentación de reclamaciones contra la lista de admitidos y excluidos establecido en la base cuarta, valorará los méritos de cada concursante y formulará propuesta de adjudicación provisional de los puestos convocados, que será expuesta en el tablón de anuncios electrónico de la Comarca del Bajo Aragón.
El resultado del concurso se reflejará en una relación comprensiva de la totalidad del personal concursante ordenada de mayor a menor puntuación, con indicación para cada concursante de la puntuación obtenida en cada apartado. Solamente serán tenidos en cuenta los méritos alegados por el concursante que sean documentalmente justificados mediante los correspondientes certificados válidamente emitidos.
En caso de empate en la valoración, se propondrá la adjudicación del puesto al concursante con mayor puntuación en antigüedad en la plaza de Conductor Operario , de persistir el empate al de mayor formación sobre compostaje, y por último por orden de entrada.
Las reclamaciones contra la valoración de méritos y la propuesta de adjudicación provisional de los puestos convocados se presentarán en el Registro General en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la exposición en la sede electrónica https://bajoaragon.sedelectronica.es/info.0. En el supuesto de que el plazo finalice en sábado o festivo, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil.
Transcurrido dicho plazo y resueltas las reclamaciones la Comisión formulará propuesta definitiva de adjudicación de puestos, remitiéndola al órgano convocante.

NOVENO.- Resolución.
El Concurso se resolverá mediante Decreto de la Presidencia de la Comarca del Bajo Aragón, que contendrá la adjudicación definitiva de los puestos convocados, publicándose en el tablón de anuncios electrónico
https://bajoaragon.sedelectronica.es/info.0 y notificándose individualmente a los nombrados. El destino, una vez adjudicados por resolución de la Presidencia, será irrenunciable, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública, en cuyo caso deberá optar entre los puestos que le hayan sido adjudicados, estando obligado a comunicar la opción realizada en el plazo de tres días desde la publicación de la resolución.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

DÉCIMA.- Toma de posesión.
Los concursantes que resulten nombrados tomarán posesión de su plaza en los tres días hábiles siguientes al de la notificación del nombramiento, salvo aplazamiento por causas debidamente justificadas, especialmente en supuestos de necesidad de cobertura del puesto de origen.

Disposición adicional primera.- La adjudicación de las plazas supone modificación en la estructura de los departamentos afectados, pudiendo la Administración reorganizar mediante adscripciones provisionales cualquier otro servicio que se pueda verse afectado por la resolución del concurso para la Comisión de Servicios

Disposición adicional segunda.- Régimen jurídico supletorio.
Para lo no previsto expresamente en estas Bases se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, y demás disposiciones concordantes.

Disposición adicional tercera.- Datos de carácter personal.
La participación en el presente procedimiento de provisión implica que los/as candidatos/as prestan su consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados se puedan incorporar para su tratamiento en un fichero automatizado, pudiendo éste ser comunicado a terceros con la única finalidad del desarrollo de este procedimiento.
La Comarca del Bajo Aragón, como responsable de dichos datos, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal. El declarante podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante escrito dirigido al Servicio de Personal de la Comarca del Bajo Aragón.

Disposición adicional cuarta.- Impugnación.
Las presentes Bases podrán ser objeto, con carácter potestativo, de recurso de reposición, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Tablón Electrónico de la Comarca del Bajo Aragón, ante el mismo órgano que lo dictó; o bien interponer, directamente, recurso contencioso–administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso–Administrativo de Teruel, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación en el Tablón Electrónico de la Comarca del Bajo Aragón.

ANEXO I
INSTANCIA PARA TOMAR PARTE EN LA CONVOCATORIA POR MEDIO DE CONCURSO INTERNO PARA LA PROVISIÓN POR COMISIÓN DE SERVICIO DEL PUESTO DE CONDUCTOR OPERARIO DE COMPOSTAJE COMUNITARIO II PERTENECIENTE A LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DE LA COMARCA DEL BAJO ARAGÓN
Don/Doña _________________________________, mayor de edad, con DNI__________________ y domicilio en calle __________________, número _________, piso _________, de __________________, dirección de correo electrónico _______________________________________ y número de teléfono_____________________________.

EXPONE Que he tenido conocimiento de la Convocatoria y bases de selección de personal para proveer la comisión de servicios, por el sistema de concurso Interno, del puesto de CONDUCTOR OPERARIO DE SERVICIOS MÚLTIPLES COMPOSTAJE COMUNITARIO II, perteneciente a la Plantilla del Personal Laboral de la comarca del Bajo Aragón y cuya publicación ha tenido lugar en el tablón de anuncios de la Comarca del Bajo Aragón el _______ de_________ de 202______.
Que reúno todos los requisitos exigidos para participar en dicha convocatoria, adjuntando a la presente instancia la documentación exigida para la fase de concurso.

Por todo ello, SOLICITO
Tenga por presentada la presente instancia dentro del plazo conferido al efecto, y en consecuencia, sea admitido para tomar parte en el procedimiento para la selección del puesto de ________________________.

En _____________, a _________ de _______________ de 20_____.
Firmado:


SR. PRESIDENTE DE LA COMARCA DEL BAJO ARAGÓN


ANEXO II - AUTOBAREMACIÓN DE MÉRITOS
MODELO NORMALIZADO DE MANIFESTACIÓN Y AUTO-BAREMACIÓN DE MÉRITOS EN FASE DE CONCURSO ADJUNTO A LA INSTANCIA DE PARTICIPACIÓN AL CONCURSO INTERNO PARA LA PROVISIÓN POR COMISIÓN DE SERVICIOS DEL PUESTO DE CONDUCTOR DE COMPOSTAJE COMUNITARIO.
DATOS PERSONALES
Apellidos ________________________________________________________
Nombre_________________________________ DNI. ___________________
EXPONE: Que de conformidad con lo establecido en la se aporta, junto a la instancia, manifestación de méritos para la fase de concurso del proceso selectivo, procediendo a la autobaremación de los méritos que justificará en el supuesto de que supere la fase de oposición.
DECLARA: Que son ciertos los datos consignados en este escrito

MÉRITOS ALEGADOS
1.- EXPERIENCIA. MÁXIMO 60 PUNTOS
a. Por servicios prestados en la Comarca del Bajo Aragón en la Plaza de Conductor Operario de Servicios Múltiples: 0,20 puntos por cada mes trabajado.
b. Por servicios prestados en la Comarca del Bajo Aragón en la Plaza de Conductor Operario de compostaje comunitario: 0,40 puntos por cada mes trabajado
c. Por servicios prestados en la Comarca del Bajo Aragón en la Plaza de Conductor Operario MIXTO: 0,30 puntos por cada mes trabajado
INTERVALO DE
TIEMPO TRABAJADO
TIPO DE
PLAZA
TOTAL
(meses)
COMPROBACIÓN
(a cumplimentar por la Comarca
del Bajo Aragón)
De ___-___-_____ a ___-___-_____


De ___-___-_____ a ___-___-_____


De ___-___-_____ a ___-___-_____


De ___-___-_____ a ___-___-_____


De ___-___-_____ a ___-___-_____


AUTO-BAREMACIÓN:
____ MESES x 0,20= _____________(solo con 3 decimales)
____ MESES x 0,30= _____________(solo con 3 decimales)
____ MESES x 0,40= _____________(solo con 3 decimales)
TOTAL EXPERIENCIA:_______________

2.- FORMACIÓN. MÁXIMO 40 PUNTOS.
2.1. CURSOS DE FORMACIÓN. MÁXIMO 30 PUNTOS
DENOMINACIÓN DEL CURSO
ENTIDAD
COLABORADORA
AÑO DE
REALIZACIÓN

HORAS
COMPROBACIÓN
(a cumplimentar por la
Comarca del Bajo Aragón)

























AUTO-BAREMACIÓN:_______HORAS DE FORMACIÓN x 0,025 =______________

2.2. TITULACIÓN. MÁXIMO 10 PUNTOS.
TITULACION
Puntuación
COMPROBACIÓN
(a cumplimentar por la
Comarca del Bajo Aragón)












AUTO-BAREMACIÓN: _______ Puntos.

AUTO-BAREMACION TOTAL FORMACION:________________

TOTAL AUTO-BAREMACIÓN (1+2) = _______________ puntos
(MÁXIMO A CONSIGNAR 100 PUNTOS)

DECLARO que todos méritos alegados será acreditados en el supuesto de superar la fase de oposición.

En ________________, a ____ de _________ de 202_.
Firmado:


Los datos consignados en esta instancia se tratan de forma automatizada y se recogen confidencialmente en los archivos de la Comarca del Bajo Aragón, para ser utilizados en la Gestión de Oferta de Empleo. Dicha información podrá ser utilizada, salvaguardando su identidad, para la realización de estadísticas internas. Los afectados podrán dirigirse a la Comarca del Bajo Aragón, para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

SR. PRESIDENTE DE LA COMARCA DEL BAJO ARAGÓN


Alcañiz, a 30 de mayo de 2025.- El Presidente, D. José Miguel Celma Belmonte. Documento firmado electrónicamente.
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