BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-4546

Aprobación definitiva Expediente Créditos del ejercicio en vigor.

Publicado el  12/19/24, BOP número  243

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Manzanera

Departamento:
Ayto. de Manzanera

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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo a mayores ingresos, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Presupuesto de Gastos
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales
Crédito Extraord inario
Créditos finales
Progr.
Económ ica
1610
61903
Sondeo pozo abastecimiento de agua
0
26550,12
26550,12
1710
61901
Muro y valla parque
0
24000
24000
1710
61902
Parque infantil Los Cerezos
0
4000
4000
1650
61901
Iluminación edifico Los Cerezos
0
5000
5000
3420
62201
Instalaciones deportivas
0
10000
10000


TOTAL

69.550,12
69.550,12

Esta modificación se financia con cargo a mayores ingresos:
Altas en Concepto de Ingresos
Aplicación: económica
Descripción
Presupuestado
Recaudado
Incremento
Cap.
Art.
Conc.


32100
Licencias
4.000
9.645,95
5.645,95


4200
Concetación
27000
90904,17
63904,17










TOTAL INGRESOS


69.550,12

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Manzanera, a 16 de diciembre de 2024.- La Alcaldesa, D.ª Celia Durbán Solaz. Documento firmado electrónicamente.
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