La Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Castelserás, Teruel, en relación con la sustitución de la Alcaldía y delegación de competencias, en el primer teniente de Alcalde, ha dictado la siguiente RESOLUCIÓN:
DECRETO DE LA ALCALDÍA PRESIDENCIA.- Visto que el día 31-7-2024 he de someterme a una intervención quirúrgica por lo que preveo estar de baja médica hasta el 15 de agosto.
Visto que, de acuerdo con el artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, articulo 32 de la Ley 7/1999 de 9 de abril de Administración Local de Aragón y el artículo 47.1 y 48 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, corresponde a los Tenientes de Alcalde, sustituir al Alcalde en la totalidad de sus funciones, por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, no pudiendo, el teniente de alcalde, revocar las delegaciones que hubiera efectuado la Alcaldía Presidencia.
En su virtud, teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, y de conformidad con lo establecido en el artículo 23.3, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, articulo 32 de la Ley 7/1999 de 9 de abril de Administración Local de Aragón y en el artículo 47.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y demás normativa general y especial que resulta de aplicación, RESUELVO:
PRIMERO: Delegar las funciones y competencias que corresponden a la Alcaldía Presidencia al Primer Teniente de Alcalde, D. Santiago Anglés Ariño, desde el día 31 de julio hasta el día 15 de agosto, ambos inclusive, del presente año 2024.
SEGUNDO: La delegación comprenderá todas aquéllas facultades y competencias que corresponden a la Alcaldía Presidencia por atribución de Ley, incluida la de dirigir los servicios correspondientes, dictar resoluciones, firmar toda clase de documentos y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, convocar y presidir las sesiones del Pleno, decidir los empates con el voto de calidad, la concertación de operaciones de crédito, la jefatura superior de todo el personal, la separación del servicio de los funcionarios y el despido del personal laboral, la consulta popular sobre aquellos asuntos de la competencia propia municipal y de carácter local, y las enunciadas en los párrafos a), e), j), k), l) y m) del apartado 1 del artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
TERCERO: La delegación de atribuciones contenida en la presente Resolución será efectiva desde el día 31 de julio, a las 00:00 horas hasta el día 15 de agosto de 2024 a las 24:00 horas, sin perjuicio de su publicación en la forma establecida legalmente, y estará sujeta a lo dispuesto en el artículo 48 del RD 2.568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y preceptos concordantes, no pudiendo, el teniente de alcalde, revocar las delegaciones que hubiera efectuado la Alcaldía Presidencia.
CUARTO: Publicar la Presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
QUINTO: Notificar la presente Resolución al interesado, para su conocimiento y efectos oportunos, y dar cuenta de la misma al Pleno Municipal, en la primera sesión que celebre.
Dado en Castelserás a 29-7-2024.-
La Alcaldesa, Ante mí,
El Secretario-Interventor.