El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de julio de 2024, y en el seno del expediente administrativo n.º 263/2024/TE, entre otros , adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.- Proceder a la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Teruel en la forma que a continuación se expondrá, de acuerdo con los criterios establecidos en la parte expositiva de este acuerdo:
1.- MODIFICACIÓN DEL COMPLEMENTO DE DISPONIBILIDAD PERCIBIDO POR EL AUXILIAR ANIMADOR DE LA UNIDAD DE JUVENTUD.
Resultando que desde el 1 de octubre de 2024 las funciones del Auxiliar Animador de la Unidad de Juventud son las siguientes:
1. Funciones Técnicas en relación con la Concejalías de Juventud, Cultura y Fiestas:
- Propuestas de diseño de Área.
- Tramitación e impulso de procedimientos.
- Informes y actuaciones de carácter técnico.
- Atención al público.
- Realización de labores de asistencia en la organización y coordinación de los eventos culturales y festivos que el Ayuntamiento de Teruel determine, siempre y cuando sea directo organizador de los mismos.
2. Funciones Técnicas en relación con las áreas de actuación y programas propios de las Unidades Administrativas de Juventud, Cultura y Fiestas:
- Elaboración de la propuesta de programas, asesoramiento, diseño, control, supervisión y gestión económica.
- Elaboración de programas de actividades relacionados con la Juventud, Cultura y Fiestas.
3. Apoyar en las funciones relacionadas con el funcionamiento del Centro Sociocultural de San Julián:
● Diseño de la gestión (apertura, modificaciones de contratos externos, tramitación de expedientes, estudios e informes de diseño de actividades y uso, supervisión de las actividades municipales, control y coordinación de las actuaciones realizadas en el mismo por otras asociaciones ciudadanas, etc
● Colaboración en programación cultural y en la gestión diaria y diseño de las actuaciones.
● Coordinación interna y externa en representación del Ayuntamiento.
● Inclusión de diferentes agentes así como la coordinación y gestión económica del edificio, de la infraestructura del edificio y de los usuarios del mismo.
4. Apoyar al resto de unidades en las relaciones interadministrativas con otras Corporaciones y/o Instituciones, de alguna de las formas siguientes:
- Programación cultural: Desarrollar las actividades y campañas de promoción cultural del Ayuntamiento de Teruel, para trasladar una imagen positiva del municipio.
- Evaluación de los trabajos realizados.
- Gestión de las actividades fijas, de las nuevas propuestas del servicio y de las nuevas propuestas de agrupaciones o vecinos del municipio.
5.-Realizar aquellas otras tareas afines al puesto y que le sean encomendadas, o resulten necesarias por razones del servicio, particularmente aquellas que se deriven de los conocimientos o experiencias exigidos en las pruebas de asignación al puesto, los adquiridos en cursos de perfeccionamiento en los que haya participado en razón del puesto de trabajo, o los que haya podido adquirir en su desempeño profesional.
Tras el transcurso del periodo inicial de actividad y desempeño en el puesto de trabajo, así como la carga derivada del mismo y la necesidad de su asistencia y participación en diferentes actividades con un régimen de horario muy variado, se propone la modificación del complemento de disponibilidad percibido, de manera que sea el mismo que percibe la Animadora de la Unidad de Juventud por un valor de 3.571,97 euros. Hasta el momento venía percibiendo el complemento de disponibilidad normal por un valor de 1441,93 euros.
2.- MODIFICACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO ADSCRITOS A LA UNIDAD DE CEMENTERIO PARA AÑADIR LOS FACTORES DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA Y PELIGROSIDAD AL COMPLEMENTO ESPECÍFICO.
Tal y como se expone en diversos informes presentados desde el Servicio de Cementerio del Ayuntamiento de Teruel, en los últimos años, la necesidad de prestar servicios en horario de tarde y fin de semana determina la realización de numerosas horas fuera de su jornada laboral, habiéndose aportado cálculo del número de las mismas entre los años 2021 y 2023.
Así, la propuesta municipal a este respecto es la de asignar al complemento específico de los puestos adscritos al servicio de Cementerio el factor de dedicación exclusiva, conforme a lo establecido por el Acuerdo Plenario de 8 de enero de 2024, por el que se aprueban las retribuciones de los empleados municipales para el año 2024. Esto supone la realización de 110 horas adicionales en cómputo anual, de la misma forma que el resto de empleados municipales y la imposibilidad de devengar horas extraordinarias adicionales. El valor del factor es de 2.310,85 euros anuales para los 4 Operarios y Ayudante de nivel 14, y de 2.815,81 euros anuales para el Oficial Encargado de Nivel 17.
Igualmente, y a la vista de los trabajos que se deben realizar habitualmente bajo tierra y dentro de nichos y panteones, ya sea en el cementerio municipal o en el de los barrios pedáneos, se propone la asignación del factor de peligrosidad en el complemento específico de peligrosidad conforme a lo establecido por el Acuerdo Plenario de 8 de enero de 2024, por el que se aprueban las retribuciones de los empleados municipales para el año 2024. El valor del factor es de 885,30 euros anuales para los 4 Operarios y Ayudante de nivel 14, y de 849,47 euros anuales para el Oficial Encargado de Nivel 17.
…”.
Lo que se hace público para general conocimiento, señalando que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra el presente acuerdo cabrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ayuntamiento Pleno, en el plazo de un mes, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso – Administrativo, con sede en Teruel, de conformidad con los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
En Teruel, a 1 de agosto de 2024.- El Técnico de Personal y Servicios Generales. Álvaro Moya Tartaj