BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-4402

Aprobación definitiva Modificación Ordenanza Fiscal Municipal, IBI.

Publicado el  12/27/24, BOP número  247

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Calanda

Departamento:
Ayto. de Calanda

Boletin PDF Imprimir Anuncio
Acuerdo de Pleno de 08/11/2024 del Ayuntamiento de Calanda por el que se aprueba definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal Municipal : Impuesto Sobre Bienes Inmuebles para la eliminación de la bonificación por instalación de placas fotovoltaicas.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de Ordenanza Fiscal Municipal: Impuesto Sobre Bienes Inmuebles para la eliminación de la bonificación por instalación de placas fotovoltaicas, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Primero. Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles con la eliminación de la bonificación del Punto 2.2 del ARTÍCULO 5º que indicaba lo siguiente “Tendrán derecho a una bonificación del 50% de la cuota íntegra del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, los edificios que incorporen sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol durante los tres periodos impositivos siguientes al de la finalización de su instalación. La bonificación se concederá a petición del interesado, la cual podrá efectuarse en cualquier momento anterior a la terminación de los tres periodos impositivos de duración de la misma y surtirá efectos, en su caso, desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se solicite, empezando a contar el plazo de bonificación.
No se concederá esta bonificación cuando la instalación de estos sistemas de aprovechamiento de la energía solar sea o haya sido obligatoria a tenor de la normativa urbanística o de cualquier otra naturaleza en el momento de la concesión de la licencia de obras.”
Segundo. Exponer al público el anterior Acuerdo mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios municipal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de dicho anuncio en el Boletín Oficial de Teruel, dentro del cual los interesados podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento: http://calanda.sedelectronica.es.
Tercero. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Cuarto. Facultar a la Alcaldía para suscribir los documentos relacionados con este asunto.

Calanda.- A fecha de firma electrónica.
Subir