Acuerdo del Pleno de fecha 09 de febrero de 2026 de la Entidad Rubielos de Mora por el que se aprueba definitivamente el Presupuesto Municipal para el ejercicio 2026.
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto municipal del ejercicio 2026 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
IMAGEN NO SOPORTADA, VER BOLETIN EN PDF.
Plantilla de personal:
PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO:
1 Plaza de Secretaría-Intervención, agrupada con el municipio de Fuentes de Rubielos.
1 Plaza de Técnico medio de gestión, agrupada con el municipio de Mora de Rubielos.
1 Plaza de Administrativo.
PERSONAL LABORAL FIJO:
1 Plaza de Auxiliar Administrativo Servicios Generales.
1 Plaza de Auxiliar Administrativo Biblioteca.
2 Plazas de Operarios de Servicios Múltiples.
2 Plazas de Auxiliar de Limpieza.
1 Plaza de Auxiliar del Servicio de Ayuda a domicilio
1 Plaza de Auxiliar de Oficina de Turismo
1 Plaza de Técnico Oficina de Turismo
1 Plaza de Auxiliar Comedor Escolar
1 Plaza de Maestro de Educación Infantil
PERSONAL LABORAL TEMPORAL:
2 Plaza de Auxiliar Administrativo
1 Plaza de Auxiliar del Servicio de Ayuda a Domicilio
1 Plaza de Auxiliar de Comedor Escolar
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante esta jurisdicción en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Rubielos de Mora, a fecha de firma electrónica.