BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2026-0983

BDNS:894787, Convocatoria y Bases IV ayudas a jóvenes colaboradores del Servicio de Juventud de la Comarca del Bajo Aragón durante 2026

Publicado el  4/8/26, BOP número  65

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca del Bajo Aragón

Departamento:
Comarca del Bajo Aragón

Boletin PDF Imprimir Anuncio
TituloES: CONVOCATORIA Y BASES IV AYUDAS A JÓVENES COLABORADORES DEL SERVICIO DE JUVENTUD DE LA COMARCA DEL BAJO ARAGÓN DURANTE 2026
TextoES: BDNS(Identif.):894787
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/894787)
1.OBJETO
Las presentes Bases tienen por objeto convocar ayudas a jóvenes que colaboren con el Servicio Comarcal de Juventud durante el 2026 en el Proyecto “Historias Antiguas de la Comarca contadas por Jóvenes del Bajo Aragón”.
“Estas ayudas pretenden fomentar la participación juvenil en el Servicio de Juventud, mediante su participación en el Proyecto “Historias Antiguas de la Comarca Relatadas por Jóvenes del Bajo Aragón”
Como normativa reguladora del presente concurso, son:
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
El Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
Ordenanza General de Subvenciones de la Comarca del Bajo Aragon BOPTE 26/08/2020.
2.CUANTÍA, FINANCIACIÓN, PAGO Y JUSTIFICACIÓN.
La dotación presupuestaria de 500 euros, adscrita al pago de las ayudas, se imputará a la aplicación presupuestaria 9240 48004 del Presupuesto Comarcal vigente para el año 2026.
La cuantía individualizada de la ayuda será de 100 €, siendo 5 los jóvenes posibles beneficiarios. No se deberá justificar el gasto que se realiza de ese importe.
A las ayudas, se aplicará la retención legal correspondiente de acuerdo con la legislación fiscal vigente.
3.REQUISITOS GENERALES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS
Podrán ser beneficiarias de las ayudas quienes cumplan los siguientes requisitos:
- Cumplir entre 13 y 30 años durante 2026
- Tener DNI o NIE, y acreditar vinculación con la Comarca del Bajo Aragón
- Haberse inscrito en el programa de colaboradores comarcales (la inscripción será gratuita). Anexo I
- En caso de menores de edad, se requiere autorización del padre, madre, o tutor/a legal para participar como colaborador incluido en el Anexo II
- Hallarse al corriente en el cumplimento de las obligaciones tributarias que le correspondan. Anexo III
4.PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
En el caso de menores de edad, el padre, madre, tutor o persona encargada de la guarda y protección, representante lega, u otro integrante de la unidad familiar podrá formalizar la Inscripción en el programa de Colaboradores Comarcales según el modelo del Anexo I.
La solicitudes deben presentarse en el plazo de 10 días una vez publicadas las presentes bases en el boletín oficial.
La solicitud de inscripción (Anexo I) debidamente firmada, junto con la documentación indicada en el apartado siguiente debidamente cumplimentados irán dirigidas a la Presidencia de la Comarca se presentarán en el Registro General de la Comarca del Bajo Aragón, o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común en el plazo de un mes tras la publicación de la presente convocatoria en el BOPTE. En caso de que los participantes sean menores de edad, deberá presentarse también la Autorización paterna (Anexo IÏ).
Si la solicitud no reuniera los requisitos, se requerirá a la persona interesada para que en un plazo de 5 días hábiles subsane la solicitudes.
Deberá presentarse una solicitud por joven colaborador, sin que sea incompatible que sean de un mismo núcleo familiar o mismos progenitores.
5.DOCUMENTACIÓN
La documentación a aportar será la siguiente:
- Solicitud de participar en las presentes bases como colaborador juvenil del Servicio de Juventud de la Comarca del Bajo Aragón para el Proyecto “Historias Antiguas de la Comarca contadas por Jóvenes del Bajo Aragón” Anexo I
- Autorización paterna en caso de menores de edad Anexo II
- Documento de identificación DNI o NIE
- Documento que acredite vinculación con la Comarca del Bajo Aragón mediante:
DNI, contrato de alquiler, partida de nacimiento, padrón, contrato de trabajo, escritura de propiedad de inmueble o matrícula de estudios obligatorios u oficiales.
- Documento que acredite estar al corriente en el cumplimento de las obligaciones tributarias que le correspondan. Anexo III
- Carta de Motivación
6.TRAMITACIÓN
Finalizado el plazo de presentación de las solicitudes, si el solicitante no hubiera presentado toda la documentación administrativa de carácter obligatorio exigida, o lo hubiera hecho de forma incompleta, se le requerirá, concediéndole un plazo de 10 días hábiles, para que acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que si no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución. Todo ello en los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano competente para la instrucción, valoración y resolución del procedimiento.
La instrucción del expediente corresponde a la Comarca del Bajo Aragón, siendo el instructor el Técnico de Juventud de la Comarca del Bajo Aragón, que realizará de oficio cuantas actuaciones y actividades estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución. El órgano instructor procederá a la preevaluación de las solicitudes para verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de beneficiario.
La evaluación de las solicitudes presentadas de acuerdo a los criterios de valoración establecidos en esta convocatoria será realizada por una Comisión de valoración, de carácter eminentemente técnico y de la que formará parte el técnico responsable del área de Juventud. Esta Comisión evaluará las solicitudes presentadas, pudiendo requerir, a través del instructor, la ampliación de la información contenida en la solicitud, así como solicitar los informes técnicos que estime necesarios.
La Comisión de Valoración estará formada por:
- El Presidente
- Un vocal
- Secretario: Técnico de Juventud
La decisión del Jurado será inapelable.
7.PROCEDIMIENTO CONCESIÓN DE PREMIOS
1. La instrucción del procedimiento de concesión de premios corresponde al servicio o centro gestor que haya propuesto la aprobación de la convocatoria.
2. La tramitación de los expedientes seguirá las siguientes fases:
1.ª Informe de evaluación de las solicitudes recibidas, una vez subsanadas, en su caso, las deficiencias en la documentación aportada por los peticionarios, en el que deberá constar expresamente si los beneficiarios cumplen o no todos los requisitos necesarios para acceder al
premio. Dicho informe será suscrito por un Técnico del Área Correspondiente o quien legalmente le sustituya.
2.ª En su caso, cuando así lo prevea la convocatoria, se emitirá un informe de las solicitudes desde el punto de vista técnico propio de la naturaleza de los premios. Dicho informe será suscrito por personal experto o técnico en la correspondiente rama de especialidad.
3.ª Propuesta de concesión formulada por el jurado evaluador con arreglo a los criterios de carácter artístico, literario, cultural o científico propios de la naturaleza de la convocatoria. El jurado podrá proponer declarar desierto el premio o premios. Tras la valoración y la comprobación los requisitos de las solicitudes, la Comisión de Valoración emitirá un acta en la que se reflejarán los resultados de la valoración efectuada, comunicandose por el técnico de Juventud la propuesta de resolución provisional a los interesados para cumplir con el trámite de Audiencia.
El interesado, en el plazo de diez días, podrá presentar las alegaciones que considere oportunas. Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. En este caso, la propuesta de resolución tendrá el carácter de definitiva
4.ª Instruido el procedimiento, el órgano instructor formulará la propues­ta de resolución definitiva, que previo trámite de intervención, será dictaminado por la comisión Informativa Correspondiente y se elevará a la Presidencia para su aprobación o denegación de la subvención en el plazo máximo de 6 meses.
8.VALORACIÓN
Habrá un máximo de 16 puntos a otorgar a las solicitudes recibidas siendo:
- 2 puntos por estar vinculado a un municipio de la Comarca del Bajo Aragon de menos de 2500 habitantes (mediante documentación aportada en punto 5)
- 2 puntos por comprometerse a asistir a las reuniones de coordinación y formación
- Hasta 12 puntos por una carta motivación que deberá plasmar los siguientes criterios que serán valorados con los respectivos puntos:
Interés personal en el proyecto y su temática (hasta 2 puntos).
Conocimiento previo del territorio o su historia (hasta 2 puntos).
Habilidades de redacción y expresión escrita (hasta 2 puntos).
Propuesta de metodología o plan de trabajo personal (hasta 2 puntos).
Motivación para participar y vinculación comunitaria (hasta 2 puntos).
Aportaciones originales o creativas al desarrollo del proyecto (hasta 2 puntos).
9.PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA.
Las Presentes Bases y su convocatoria serán objeto de publicidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, en el Tablón de Anuncios de la Comarca del Bajo Aragón y en la web WWW.Bajoaragon.es y su sede Electrónica.
El resto de actos de la presente convocatoria serán publicados por medio de la Web: www.Bajoaragon.es y de la Sede electrónica de la Comarca del Bajo Aragón: https://bajoaragon.sedelectronica.es/
10.PROTECCIÓN DE DATOS
Los participantes aceptan que los datos facilitados en virtud de la presente convocatoria pue- den ser objeto de tratamiento en los ficheros de datos de carácter personal (contratación, facturación) así como la información de los proyectos seleccionados a los medios de comunica- ción
Podrán ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en la Comar- ca del Bajo Aragon, calle Mayor 22, Alcañiz. Teruel (44600)
11.CONFORMIDAD.
Los participantes aceptan cada uno de los puntos de las bases de la convocatoria y aceptan la decisión del Jurado el cual es inapelable.
Lugar de la Firma: Alcañiz
Fecha de la Firma: 2026-03-20
Firmante: Jose Miguel Celma Belmonte, Presidente de la Comarca del Bajo Aragón.
Subir