BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-1298

Aprobar definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal Municipal de la Tasa por servicio de Albergue Municipal.

Publicado el  4/24/24, BOP número  78

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Calanda

Departamento:
Ayto. de Calanda

Boletin PDF Imprimir Anuncio
SUMARIO
Acuerdo del Pleno de fecha 9 de febrero de 2024 de la Entidad Calanda por el que se aprueba definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal Municipal de la Tasa por servicio de Albergue Municipal
TEXTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal Municipal por la Tasa de servicio de Albergue Municipal, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ACUERDO
PRIMERO. Aprobación provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal Municipal de la Tasa por servicio de Albergue Municipal en los términos del proyecto que se anexa en el expediente.
“ARTÍCULO 5º.- Cuota tributaria, período y devengo.
Alojamiento en temporada baja por persona y día
23,00 € diarios
Alojamiento temporada alta por persona y día
29,00€ diarios
Niños menores de 10 años
50%
Entidades públicas privadas, con animo de lucro, que promuevan y organicen actos o actividades a desarrollar en el municipio de Calanda y precisen alojarse a los participantes
15,00 € persona y día
Entidades publicas o privadas, sin animo de lucro, que promuevan y organicen actos o actividades a desarrollar en el municipio de Calanda y que precisen alojar a los participantes
12,00€ persona y día
Constituyen temporada alta los siguiente periodos :
El mes de agosto
Navidades del 24 de diciembre al 7 de enero del año siguiente
Octubre: del 10 al 14 de octubre
Semana Santa: del miércoles Santo a lunes de Pascua.
Celebración de las pruebas de Campeonato de Moto GP en el circuito Motorland de Alcañiz.
SEGUNDO. Exponer al público el anterior Acuerdo mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios municipal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de dicho anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,
TERCERO.- Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al articulo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
CUARTO. Facultar a la Alcaldía para suscribir los documentos relacionados con este asunto.
En Calanda, el Alcalde Fdo.: José Alberto Herrero Bono
Subir