BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-1968

Aprobación definitiva de la modificación nº 19 del Plan General de Ordenación Urbana de Calamocha.

Publicado el  6/5/24, BOP número  107

Datos del Anunciante

Sección:
Organismos oficiales

Órgano Emisor:
Diputación General de Aragón

Departamento:
Diputación General de Aragón (Departamento de Fomento, Vivienda, Movilidad y Logística)

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CALAMOCHA APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN Nº19 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE CALAMOCHA
El Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel, en Sesión celebrada el día 13 de diciembre de 2022 acordó la Aprobación Definitiva de Forma Parcial de la Modificación Nº19 del Plan General de Ordenación Urbana, suspendiéndose la publicación de la Aprobación Definitiva de la Modificación y de su contenido normativo.
Posteriormente, en sesión del Consejo Provincial de Urbanismo de 14 de marzo de 2023 se muestra conformidad con el Documento Refundido de la Modificación Nº 19 y se levanta la suspensión a la Publicación de Aprobación Definitiva.
De acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Quinta del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón se procede a la inserción del Anuncio y de su nuevo contenido normativo en el Boletín Oficial de Aragón, sección de la Provincia de Teruel:
Teruel, a 28 de mayo de 2024.- La Secretaria del Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel: Ruth Cárdenas Carpi.

NORMAS PARTICULARES DE ZONA 8
NOMBRE Dotacional compacto
ÁMBITO DE APLICACIÓN Señalado en los planos de ordenación
TIPOLOGÍA CARACTERÍSTICA Edificación compacta para uso dotacional.
USO CARACTERÍSTICO Dotacional
DEFINICIÓN
Edificación destinada a uso equipamental, en edificación singular adosada o exenta, para el servicio de la ciudad.
CONDICIONES DE PARCELA PARA NUEVAS SEGREGACIONES
SUPERFICIE MÍNIMA (m2) 150 m2, o la existente
FRENTE MÍNIMO (m) No se fija
CONDICIONES DE APROVECHAMIENTO
OCUPACIÓN (%) Para rehabilitaciones: la existente; para nueva edificación: 70% (1)
EDIFICABILIDAD NETA (m2/m2 Para rehabilitaciones: la existente; para nueva edificación: 1,4 m2/m2 (2)
ALTURA MÁXIMA (m/nº pl) La correspondiente a la manzana donde esté
ALTURA MÍNIMA (m/nº pl) No se limita
POSICIÓN DE LA EDIFICACIÓN. RETRANQUEOS
PLANTA BAJA OTRAS PLANTAS
ALINEACIÓN EXTERIOR (d1) No se fija No se fija
FONDO MÁXIMO (f) No se fija No se fija
LINDEROS LATERALES(d2) No se fija No se fija
LINDERO POSTERIOR (d3) No se fija No se fija
OTROS EDIFICIOS (d4) Con huecos mínimo 2/3 h; sin huecos mínimo 1/2 h.

E

SQUEMA DE OCUPACIÓN
a. Frente mínimo de parcela.
b. Fondo mínimo de parcela.
f. Fondo máximo de la edificación.
d1. Distancia a alineación exterior.
d2. Distancia a linderos laterales.
d3. Distancia a lindero posterior.
d4. Distancia a otros edificios.

OBSERVACIONES
(1) Con carácter general se deberá destinar al menos un 30% del espacio libre a zona ajardinada. Podrá ocuparse hasta el 100% siempre y cuando el uso implantado así lo requiera.
* Se permite una edificación auxiliar de 30 m2 de superficie y 1 planta (3 m), que no computará a efectos de ocupación y edificabilidad.
* Deberá preverse una plaza de aparcamiento por cada 20 m2 construidos, siempre que la configuración física de la parcela lo permita.
(2) Podrá superarse el coeficiente de edificabilidad neta siempre y cuando el uso implantado así lo requiera y se justifique debidamente.
NORMAS PARTICULARES DE ZONA 8
NOMBRE Dotacional compacto
ÁMBITO DE APLICACIÓN Señalado en los planos de ordenación
TIPOLOGÍA CARACTERÍSTICA Edificación compacta para uso dotacional.
USO CARACTERÍSTICO Dotacional
CONDICIONES ESTÉTICAS
Con carácter general se tendrá en cuenta las condiciones generales de volumen y estéticas recogidas en los apartados 4.7.10, 5.6 y 5.7 de la Normativa Urbanística, pudiéndose no adecuarse a algunas de las condiciones por causas debidamente justificadas.
USOS
USO PRINCIPAL - Uso dotacional.
USOS COMPLEMENTARIOS
- Uso Residencial, categoría 1ª, correspondiente a vivienda del personal o vigilante empleado en la instalación, con una superficie no superior a 100 m2 y ubicada sólo en Planta Baja.
- Uso terciario:
* Oficinas relacionadas con el uso dotacional desarrollado.
* Hostelería: al servicio de la instalación.
- Uso de aparcamiento, en categorías 1º, 3ª y 4ª.
- Uso de Servicios Urbanos e Infraestructuras.
- Uso de Espacios Libres y Zonas Verdes.
- Uso de Tanatorio: Sólo en las parcelas dotacionales OE-11 y OE-12
USOS PROHIBIDOS - Todos los usos no permitidos expresamente.
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