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Anuncio # 2026-0998

Canon por arrendamiento de parcelas rústicas año 2025/2.

Publicado el  4/1/26, BOP número  63

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Teruel

Departamento:
Ayto. de Teruel

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CANON POR ARRENDAMIENTO DE PARCELAS RÚSTICAS AÑO 2025/2

Se publica para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, el anuncio de exposición pública y período voluntario de cobranza de la relación de obligados al pago por los siguientes tributos:

A) Canon por arrendamiento de parcelas rústicas 2025/2

Exposición pública:

La relación de obligados al pago se encuentra expuesta al público por término de un mes, a partir del inicio del período de cobro.

Plazo de ingreso:

De acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto, y de conformidad con el artículo 62.3 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, el plazo de pago en período voluntario será del 8 de abril de 2026 al 8 de junio de 2026, ambos inclusive.

Lugar y forma de pago:

El pago podrá efectuarse a través de cualquier entidad colaboradora autorizada; los contribuyentes que dentro de los primeros veinte días del período de cobranza no hayan recibido la documentación de pago podrán reclamarla, sin que su falta de recepción exima de la obligación de realizar el pago. Los recibos domiciliados serán cargados directamente en las cuentas señaladas por los contribuyentes.

Procedimiento de apremio:

Transcurrido el período voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago, se procederá a su exacción por el procedimiento de apremio con el recargo que corresponda más los intereses de demora y las costas del procedimiento.

Régimen de recursos:

Recurso de reposición ante el órgano que aprobó el Padrón, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública del Padrón o matrícula. Contra su desestimación expresa o presunta, cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución del recurso de reposición si fuese expresa y, si no lo fuese, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto.

Alcañiz, a 27 de marzo de 2026. El Alcalde D. Miguel Angel Estevan Serrano.- Documento firmado electrónicamente.

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