BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-1593

Tasa  Servicio de suministro Agua Potable, Alcantarillado.

Publicado el  5/20/25, BOP número  92

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Torrijo Del Campo

Departamento:
Ayto. de Torrijo Del Campo

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Tasa por Servicio de suministro de Agua Potable, Alcantarillado.
Notificación colectiva y anuncio de exposición pública y periodo voluntario de cobranza correspondiente al primer semestre de 2025.

Por Resolución de la Alcaldía num 61/2025 de fecha 13/05/2025 se ha aprobado y dispuesto el sometimiento a exposición pública del Padrón de la Tasa por Servicio de suministro de Agua Potable y Alcantarillado correspondiente al primer semestre de 2025, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 88 del Reglamento General de Recaudación, se hace pública la apertura del periodo voluntario de cobranza.

Exposición pública:
El Padrón correspondiente a la Tasa por suministro de agua potable y alcantarillado se encuentra expuesto al público por termino de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el “Boletín Oficial” de la Provincia.

Plazo de ingreso:
De acuerdo con el art. 7 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Servicio de Suministro de Agua Potable, el plazo para el pago en voluntaria será de dos meses.

Lugar y forma de pago:
El pago podrá efectuarse a través de cualquier entidad colaboradora autorizada o en las oficinas del Ayuntamiento en horario de atención al público; los contribuyentes que dentro de los primeros veinte días del periodo de cobranza no hayan recibido la documentación de pago podrán reclamarla en el ayuntamiento, sin que su falta de recepción exima la obligación de realizar el pago. Los recibos domiciliados serán cargados directamente en las cuentas señaladas por los contribuyentes.

Procedimiento de apremio:
Transcurrido el periodo voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago, se incurrirá en los recargos establecidos en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y vencido el plazo de ingreso en vía de apremio se exigirá un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada más los intereses de demora.

Recurso de reposición ante el órgano que aprobó la liquidación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública del padrón o matricula. Contra su desestimación expresa o presunta, cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de resolución del recurso de reposición si fuese expresa y, si no lo fuese, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

Torrijo del Campo, 14 mayo de 2025. La Alcaldesa. D. Yolanda Abad Martínez. Documento firmado electrónicamente.
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