BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-3155

Adjudicación de Bien Patrimonial.

Publicado el  10/7/25, BOP número  190

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Alfambra

Departamento:
Ayto. de Alfambra

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Resolución de Alcaldía de fecha 02 de Octubre de 2025 del Ayuntamiento de Alfambra por la que se procede a la adjudicación de bien patrimonial.

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 13 de Agosto de 2025, el expediente de adquisición por subasta de parcelas de polígono industrial denominado “Tierra Roja” del municipio de Alfambra, conforme a los siguientes datos:

Referencia catastral
Superficie solar
Polígono
Parcela
44016A015003560000BO
906
15
356
44016A015003570000BK
907
15
357
44016A015003580000BR
907
15
358
44016A015003590000BD
907
15
359
44016A015003530000BT
2.617
15
353

Se publica la adjudicación definitiva del mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 8.1.a) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Contra la Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante Juzgado Contencioso Administrativo de Teruel en el plazo de dos meses, a contar desde la práctica de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Alfambra, a fecha de firma electrónica.
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