El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de noviembre de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle referido a la parcela situada en Carretera de Alcañiz n.º 71, Área 12.1 PERI Las Viñas, con la finalidad de prever, modificar o reajustar el señalamiento de alineaciones y rasantes que no afectan a la ordenación estructural ni disminuyen la superficie destinada a espacios libres, públicos o privados, promovido por según documentación técnica redactada por D. Miguel Robles Chamizo, en el seno del expediente 60/2024/PLANURB.
Segundo.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia con indicación de las acciones legales pertinentes.
Tercero.- Notificar el presente acuerdo a los interesados en el expediente, promotores del mismo, así como al resto de interesados colindantes si los hay con indicación de las acciones legales pertinentes.
Cuarto.- Notificar el presente acuerdo junto con un ejemplar diligenciado del Estudio de Detalle al Consejo Provincial de Urbanismo, a los efectos pertinentes de conformidad con el art. 3 del Decreto de DGA 52/2002.
Quinto.- Trasladar el presente acuerdo al Sr. Director del Servicio de Arquitectura del Excmo. Ayuntamiento de Teruel, para su conocimiento y para que pueda ser incorporado a la Cartografía municipal, así como a la Unidad Administrativa de Licencias, a los Srs. Arquitectos del Área de Ciudad y Sostenibilidad, a la oficina de revisión del PGOU de Teruel y al Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón, para su conocimiento y efectos.
Sexto.- Dar traslado del presente acuerdo a la Gerencia Territorial del Catastro de Teruel, en cumplimiento de la obligación de suministro de información contenida en el artículo 14-1-c) del Real Decreto Legislativo 1/2004 por el que se regula el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, junto con una copia de la documentación técnica diligenciada.
Séptimo.- Publicar el presente Estudio de Detalle Carretera de Alcañiz n.º 71, Área 12.1 PERI “Las Viñas” del Plan General de Ordenación Urbana de Teruel en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Teruel, sección “Urbanismo/Planes de Ordenación Urbana y Convenios Urbanísticos/Modificaciones de Planeamiento”.
Lo que se hace público para general conocimiento, significando que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015 de 01 de octubre, del Procedimiento Común de las Administración Públicas y artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra el presente acuerdo cabrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, con sede en Zaragoza, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
Teruel, 6 de noviembre de 2024.- Por delegación del Secretario General, El Técnico de la Unidad de Planeamiento y Gestión, D. Manuel S. Antón Benayas.