BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-1948

Convocatoria subvenciones a Ayuntamientos para comedores sociales 2025, BDNS (Identif.) 838570.

Publicado el  6/13/25, BOP número  110

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca Comunidad de Teruel

Departamento:
Comarca Comunidad de Teruel

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EXTRACTO DEL DECRETO DE PRESIDENCIA Nº 438 DE 09 DE JUNIO DE 2025 POR EL QUE CONVOCAN SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS PARA COMEDORES SOCIALES DE LA COMARCA COMUNIDAD DE TERUEL DURANTE EL EJERCICIO 2025: BDNS(Identif.): 838570.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/838570)

EXTRACTO DEL DECRETO DE PRESIDENCIA Nº 438 DE 09 DE JUNIO DE 2025 POR EL QUE CONVOCAN SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS PARA COMEDORES SOCIALES DE LA COMARCA COMUNIDAD DE TERUEL DURANTE EL EJERCICIO 2025
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto íntegro puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index.
BDNS (identif.): 838570

Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios aquellos ayuntamientos que, a fecha de la finalización del plazo de solicitar la subvención reúnan los siguientes requisitos:
1.-Contar con una población de derecho inferior o igual a 4.000 habitantes conforme a las cifras oficiales de población publicadas por el Instituto Nacional de Estadística a 1 de enero de 2025 (datos de población correspondientes a 2024).
2.-Tener aprobado un Reglamento de funcionamiento y/o ordenanza fiscal donde se establezcan los requisitos de entrada, copago y dispongan de los informes sociales positivos correspondientes de los usuarios atendidos y el número de éstos en el momento de presentar la solicitud.

Segundo.- Objeto y finalidad.
Las presentes subvenciones tienen como finalidad, financiar a los ayuntamientos, que prestan el servicio comunitario de comedor, y que constituye una prestación básica de apoyo a la unidad convivencial. Pretende cubrir las necesidades alimenticias de aquellas personas que presenten carencias o dificultades que acrediten cumplir los siguientes requisitos, siempre que exista disponibilidad presupuestaria:
Personas que, por un estado físico, psíquico, sensorial o social, no se hallen capacitados para subvenir a su propio sustento en su domicilio, previo informe médico e informe social que así lo indique.
Que se encuentren empadronadas en el municipio y residan en el domicilio de forma habitual más de seis meses al año y asistan al comedor al menos 20 días al mes.
El servicio se prestará a través de la empresa de restauración o multiservicio rural que, reuniendo todos los requisitos legales para el desarrollo de la actividad, resulte adjudicataria del contrato administrativo con el Ayuntamiento y radique en el término municipal.
La finalidad de la subvención será atender gastos necesarios para la prestación del servicio de comedor objeto de la subvención, quedando expresamente excluidos, todo aquel gasto en el que no exista una relación clara y directa con éste.
Serán subvencionables las actuaciones iniciadas desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025

Tercero.- Bases Reguladoras.
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones se aprobaron por el Pleno del Consejo Comarca de fecha 27 de septiembre de 2022 y se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel nº 228 de fecha 29 de noviembre de 2022.

Cuarto.- Importe.
La cuantía disponible para la financiación de las subvenciones previstas en esta convocatoria asciende a un importe máximo de 80.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria de gastos 05-231-46208 de la Comarca Comunidad de Teruel.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles, contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel.
La convocatoria íntegra, así como los modelos normalizados a cumplimentar por el solicitante, estarán disponibles en la sede electrónica y en el Portal de Transparencia habilitado en la página web de la Comarca Comunidad de Teruel (www.comarcateruel.es):
El enlace para cursar la solicitud electrónica es el siguiente y accedemos a Solicitud Subv. Servicios Sociales Ayuntamientos:
https://comarcateruel.sedelectronica.es/dossier.12
https://acortar.link/DS08ER

Teruel, a 9 de junio de 2025.- El Presidente de la Comarca Comunidad de Teruel, D. José Herrero Palomar. Documento firmado electrónicamente.
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