| Auxiliar de servicios múltiples y Peón operario de servicios múltiples |
| Fase 1 | Fase concurso |
La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio cada uno de ellos:
PRIMER EJERCICIO:
Realización de un test psicotécnico de 10 preguntas para auxiliares más 5 adicionales para peones, encaminado a determinar la capacidad intelectiva y la aptitud para el servicio público y el desempeño de las funciones de la categoría de Operario/a de Servicios junto a un cuestionario/test de 20 preguntas para auxiliares más 10 adicionales para peones de respuestas alternativas, de las que una sola será correcta, sobre el contenido del programa reflejado en el anexo 2 que contiene el temario de la convocatoria, en el tiempo máximo de sesenta minutos. Será valorado de 0 a 10 puntos, y no se penalizarán las respuestas erróneas ni las no contestadas. Para aprobar, superar la prueba y pasar a la siguiente, es necesario obtener un mínimo de 5 puntos. Durante la realización del ejercicio los aspirantes no podrán hacer uso de ningún texto o material de consulta. Así mismo, tampoco estará permitido el uso de teléfonos móviles.
Para la práctica de este ejercicio será requisito imprescindible que los aspirantes concurran provistos de bolígrafo azul o negro, y del documento nacional de identidad, pasaporte, permiso de conducción, o documentación de identificación personal oficial (en caso de no poseer nacionalidad española) en vigor, que acredite de forma indudable su personalidad.
SEGUNDO EJERCICIO: Consistirá en la realización de una tarea o cometido propio de la plaza que se convoca, entre otros los siguientes: jardinería, electricidad, fontanería, carpintería, soldadura, albañilería, utilización de maquinaria, etc. Será valorado de 0 a 10 puntos siendo necesario para aprobar y superar la prueba obtener un mínimo de 5 puntos. | a) Méritos académicos:
Se justificarán mediante la presentación del correspondiente diploma o título expedido por la Administración Pública o centros reconocidos por la Administración Pública.
Título oficial de Diplomado: 2 puntos.
Título oficial de Licenciado universitario: 2 puntos.
Titulo de Bachillerato o CFGS: 1 punto
Se aplicará la citada puntuación por una sola titulación y solo por la más alta alcanzada. En total, la puntuación máxima por méritos académicos será de 2 puntos.
b) Formación: La asistencia a estos cursos deberán estar debidamente acreditada.
Por la realización de cursos o seminarios impartidos por centros oficiales o privados homologados por la administración educativa, relacionados con las actividades de tiempo libre:
De 20 a 50 horas: 0,05 puntos por curso.
De 51 a 100 horas: 0,10 puntos por curso.
De más de 100 horas: 0,20 puntos por curso
No se valorarán cursos o seminarios de duración inferior a 20 horas. En total, la puntuación máxima por la realización de cursos será de 2 puntos.
c) Experiencia laboral: Se acreditará mediante certificación expedida por la Administración competente, en la experiencia en administraciones públicas o por la presentación del contrato o contratos laborales, cuando se trate de empresas privados. En ambos casos se acompañará hoja de vida laboral, expedida por la Tesorería de la Seguridad Social.
- Haber desempeñado igual o similar puesto de trabajo en administraciones públicas: 0,15 puntos por mes de trabajo acreditado.
- Haber desempeñado igual o similar puesto de trabajo en administraciones privadas: 0,10 puntos por mes de trabajo acreditado
La puntuación máxima por este apartado será de 3 puntos.
d) Méritos específicos Se valorará con 1 punto la disponibilidad de residencia en La Puebla de Híjar, al objeto de poder realizar actividades fuera del horario previsto y conocer la realidad social del municipio. Se justificará con certificado de empadronamiento, expedido por el Ayuntamiento. Igualmente, los aspirantes podrán presentar un currículum en el que hagan referencia a conocimientos, habilidades o circunstancias que a juicio del tribunal sean de interés para el puesto de trabajo, valorándose con 0,10 puntos cada una. Máximo 1 punto. |
| Auxiliar Administrativo Archivo |
La fase de oposición consistirá en:
Primer ejercicio: Cuestionario tipo test relacionado con el temario del ANEXO 2 con 40 preguntas de respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta calificándose hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.
Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba práctica de ofimática calificándose hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Finalizada la oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los aspirantes que hayan sido considerados como aptos en la citada fase de oposición. | a) Méritos académicos:
Se justificarán mediante la presentación del correspondiente diploma o título expedido por la Administración Pública o centros reconocidos por la Administración Pública.
Título oficial de Diplomado: 2 puntos.
Título oficial de Licenciado universitario: 2 puntos.
Titulo de Bachillerato o CFGS: 1 punto
Se aplicará la citada puntuación por una sola titulación y solo por la más alta alcanzada. En total, la puntuación máxima por méritos académicos será de 2 puntos.
b) Formación: La asistencia a estos cursos deberán estar debidamente acreditada.
Por la realización de cursos o seminarios impartidos por centros oficiales o privados homologados por la administración educativa, relacionados con las actividades de tiempo libre:
De 20 a 50 horas: 0,05 puntos por curso.
De 51 a 100 horas: 0,10 puntos por curso.
De más de 100 horas: 0,20 puntos por curso
No se valorarán cursos o seminarios de duración inferior a 20 horas. En total, la puntuación máxima por la realización de cursos será de 2 puntos.
c) Experiencia laboral: Se acreditará mediante certificación expedida por la Administración competente, en la experiencia en administraciones públicas o por la presentación del contrato o contratos laborales, cuando se trate de empresas privados. En ambos casos se acompañará hoja de vida laboral, expedida por la Tesorería de la Seguridad Social.
- Haber desempeñado igual o similar puesto de trabajo en administraciones públicas: 0,15 puntos por mes de trabajo acreditado.
- Haber desempeñado igual o similar puesto de trabajo en administraciones privadas: 0,10 puntos por mes de trabajo acreditado
La puntuación máxima por este apartado será de 3 puntos.
d) Méritos específicos Se valorará con 1 punto la disponibilidad de residencia en La Puebla de Híjar, al objeto de poder realizar actividades fuera del horario previsto y conocer la realidad social del municipio. Se justificará con certificado de empadronamiento, expedido por el Ayuntamiento. Igualmente, los aspirantes podrán presentar un currículum en el que hagan referencia a conocimientos, habilidades o circunstancias que a juicio del tribunal sean de interés para el puesto de trabajo, valorándose con 0,10 puntos cada una. Máximo 1 punto. |
| Socorrista |
La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas de aptitud obligatorias para los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Primer ejercicio.- Consistirá en contestar a un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas siendo una sola de ellas la correcta relacionadas con el trabajo a desempeñar. El cuestionario estará relacionado en su integridad con el temario específico que se exige a los socorristas acuáticos para la obtención del diploma. Se valorará de 0 a 10 puntos.
Segundo ejercicio.- Consistirá en la realización de una entrevista personal. Se valorará de 0 a 3 puntos. Las pruebas de selección no serán eliminatorias.
La calificación final de la fase de oposición será la suma de los dos ejercicios indicados. | Experiencia laboral : Por servicios previos, prestados en el puesto en Ayuntamientos 0,5 puntos por mes hasta un máximo de 3 puntos
Méritos específicos Se valorará con 1 punto la disponibilidad de residencia en La Puebla de Híjar, al objeto de poder realizar actividades fuera del horario previsto y conocer la realidad social del municipio. Se justificará con certificado de empadronamiento, expedido por el Ayuntamiento. Igualmente, los aspirantes podrán presentar un currículum en el que hagan referencia a conocimientos, habilidades o circunstancias que a juicio del tribunal sean de interés para el puesto de trabajo, valorándose con 0,10 puntos cada una. Máximo 1 punto. |
| Encargado de la Biblioteca Municipal y Contabilidad |
La fase de oposición consistirá en la realización de una prueba relacionada con el temario del ANEXO 2 tipo test con 40 respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta y una pregunta de desarrollo. Esta fase será eliminatoria y obligatoria para los aspirantes, calificándose hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Finalizada la oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los aspirantes que hayan sido considerados como aptos en la citada fase de oposición. | a) Méritos académicos:
Se justificarán mediante la presentación del correspondiente diploma o título expedido por la Administración Pública o centros reconocidos por la Administración Pública. Título oficial de Diplomado: 2 puntos.
Título oficial de Licenciado universitario: 2 puntos.
Titulo de Bachillerato o CFGS: 1 punto
Se aplicará la citada puntuación por una sola titulación y solo por la más alta alcanzada. En total, la puntuación máxima por méritos académicos será de 2 puntos.
b) Formación: La asistencia a estos cursos deberán estar debidamente acreditada.
Méritos académicos:
Se justificarán mediante la presentación del correspondiente diploma o título expedido por la Administración Pública o centros reconocidos por la Administración Pública.
Título oficial de Diplomado: 2 puntos.
Título oficial de Licenciado universitario: 2 puntos.
Titulo de Bachillerato o CFGS: 1 punto
Se aplicará la citada puntuación por una sola titulación y solo por la más alta alcanzada. En total, la puntuación máxima por méritos académicos será de 2 puntos.
b) Formación: La asistencia a estos cursos deberán estar debidamente acreditada.
Por la realización de cursos o seminarios impartidos por centros oficiales o privados homologados por la administración educativa, relacionados con las actividades de tiempo libre:
De 20 a 50 horas: 0,05 puntos por curso.
De 51 a 100 horas: 0,10 puntos por curso.
De más de 100 horas: 0,20 puntos por curso
No se valorarán cursos o seminarios de duración inferior a 20 horas. En total, la puntuación máxima por la realización de cursos será de 2 puntos.
c) Experiencia laboral: Se acreditará mediante certificación expedida por la Administración competente, en la experiencia en administraciones públicas o por la presentación del contrato o contratos laborales, cuando se trate de empresas privados. En ambos casos se acompañará hoja de vida laboral, expedida por la Tesorería de la Seguridad Social.
- Haber desempeñado igual o similar puesto de trabajo en administraciones públicas: 0,15 puntos por mes de trabajo acreditado.
- Haber desempeñado igual o similar puesto de trabajo en administraciones privadas: 0,10 puntos por mes de trabajo acreditado
La puntuación máxima por este apartado será de 3 puntos.
d) Méritos específicos Se valorará con 1 punto la disponibilidad de residencia en La Puebla de Híjar, al objeto de poder realizar actividades fuera del horario previsto y conocer la realidad social del municipio. Se justificará con certificado de empadronamiento, expedido por el Ayuntamiento. Igualmente, los aspirantes podrán presentar un currículum en el que hagan referencia a conocimientos, habilidades o circunstancias que a juicio del tribunal sean de interés para el puesto de trabajo, valorándose con 0,10 puntos cada una. Máximo 1 punto. |
| Monitor de Tiempo Libre y apoyo RRSS |
Cada participante presentará junto con la solicitud un Proyecto de ocio, tiempo libre y difusión en rrss. que será valorado por el Tribunal hasta un total de 40 puntos. En él se recogerán todos los aspectos necesarios en relación a una actividad estival de 15 días dirigida al público infantil en La Puebla de Híjar. La no comparecencia del aspirante determinará su automática exclusión del proceso de selección.
En este proyecto se valorarán entre otros los siguientes aspectos:
Objetivos y finalidades que se pretenden conseguir.
Actividades y servicios que se dan con la misma.
Grupos y horarios a establecer.
Medidas de mejora de los procesos y actividades que se desarrollan.
Conocimiento de la Comarca del Bajo-Martín y de sus localidades, especialmente La Puebla de Híjar
Conocimiento de los aspectos culturales, económicos, sociales y laborales de la comarca y sus localidades.
Responsabilidades del monitor y cometidos.
Conocimiento del entorno de RRSS del municipio
El proyecto tendrá un máximo de 10 folios con tipo y tamaño de letra “Times New Roman 12” y se presentaría impreso y en formato digital CD. | Méritos académicos:
Se justificarán mediante la presentación del correspondiente diploma o título expedido por la Administración Pública o centros reconocidos por la Administración Pública.
Título oficial de Diplomado: 2 puntos.
Título oficial de Licenciado universitario: 2 puntos.
Titulo de Bachillerato o CFGS: 1 punto
Se aplicará la citada puntuación por una sola titulación y solo por la más alta alcanzada. En total, la puntuación máxima por méritos académicos será de 2 puntos.
b) Formación: La asistencia a estos cursos deberán estar debidamente acreditada.
Por la realización de cursos o seminarios impartidos por centros oficiales o privados homologados por la administración educativa, relacionados con las actividades de tiempo libre:
De 20 a 50 horas: 0,05 puntos por curso.
De 51 a 100 horas: 0,10 puntos por curso.
De más de 100 horas: 0,20 puntos por curso
No se valorarán cursos o seminarios de duración inferior a 20 horas. En total, la puntuación máxima por la realización de cursos será de 2 puntos.
c) Experiencia laboral: Se acreditará mediante certificación expedida por la Administración competente, en la experiencia en administraciones públicas o por la presentación del contrato o contratos laborales, cuando se trate de empresas privados. En ambos casos se acompañará hoja de vida laboral, expedida por la Tesorería de la Seguridad Social.
- Haber desempeñado igual o similar puesto de trabajo en administraciones públicas: 0,15 puntos por mes de trabajo acreditado.
- Haber desempeñado igual o similar puesto de trabajo en administraciones privadas: 0,10 puntos por mes de trabajo acreditado
La puntuación máxima por este apartado será de 3 puntos.
d) Méritos específicos Se valorará con 1 punto la disponibilidad de residencia en La Puebla de Híjar, al objeto de poder realizar actividades fuera del horario previsto y conocer la realidad social del municipio. Se justificará con certificado de empadronamiento, expedido por el Ayuntamiento. Igualmente, los aspirantes podrán presentar un currículum en el que hagan referencia a conocimientos, habilidades o circunstancias que a juicio del tribunal sean de interés para el puesto de trabajo, valorándose con 0,10 puntos cada una. Máximo 1 punto. |
| Técnico de educación infantil y Maestro de educación infantil |
Entrevista. La entrevista se realizará previamente a la valoración de los méritos. Ésta versará sobre las tareas y los cometidos a realizar en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, valorándose las aptitudes e idoneidad de los aspirantes para el puesto, teniendo en cuenta el currículum aportado.
La calificación se adoptará sumando las puntuaciones de 0 a 5 otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de miembros. La fecha de realización de la entrevista se anunciará en el tablón de edictos del Ayuntamiento, con una antelación mínima de veinticuatro horas.
La no comparecencia a la entrevista determinará la exclusión del procedimiento selectivo, por lo que ya no se valorarán los méritos alegados por las personas que no se presenten.
Una vez realizada la misma, por los aspirantes que se presenten, se procederá a la valoración de los méritos alegados. Los aspirantes deberán concurrir a la entrevista provistos del DNI a efectos de su debida identificación. | Méritos computables:
a) Méritos académicos:
Se justificarán mediante la presentación del correspondiente diploma o título expedido por la Administración Pública o centros reconocidos por la Administración Pública.
Título oficial de Diplomado universitario en otras titulaciones relacionadas con el puesto de trabajo a desempeñar: 2 puntos. Se aplicará la citada puntuación por una sola titulación y solo por la más alta alcanzada.
Título oficial de Licenciado universitario en otras titulaciones relacionadas con el puesto de trabajo a desempeñar: 2 puntos.
Se aplicará la citada puntuación por una sola titulación y solo por la más alta alcanzada.
La puntuación máxima por este apartado será de 2 puntos.
b) Formación: La asistencia a estos cursos deberán estar debidamente acreditada.
Por la realización de cursos o seminarios impartidos por centros oficiales o privados homologados por la administración educativa, relacionados con la educación infantil: De 20 a 50 horas: 0,05 puntos por curso.
De 51 a 100 horas: 0,10 puntos por curso.
De más de 100 horas: 0,20 puntos por curso
No se valorarán cursos o seminarios de duración inferior a 20 horas. En total, la puntuación máxima por la realización de cursos será de 2 puntos.
c) Experiencia laboral: Se acreditará mediante certificación expedida por la Administración competente, en la experiencia en centros públicos o por la presentación del contrato o contratos laborales, cuando se trate de centros privados. En ambos casos se acompañará hoja de vida laboral, expedida por la Tesorería de la Seguridad Social.
- Haber desempeñado igual o similar puesto de trabajo en Centros públicos ubicados en la Comunidad Autónoma de Aragón o privados autorizados oficialmente por la Administración educativa del Gobierno de Aragón : 0,15 puntos por mes de trabajo acreditado.
- Haber desempeñado igual o similar puesto de trabajo en Centros públicos ubicados en otras comunidades o privados autorizados oficialmente por la Administración educativa de otras comunidades : 0,10 puntos por mes de trabajo acreditado
La puntuación máxima por este apartado será de 3 puntos. |
| Educador de Personas Adultas |
Cada participante presentará junto con la solicitud un Proyecto de Trabajo con sus actividades que será valorado por el Tribunal hasta un total de 40 puntos. En él se recogerán aspectos varios como actividades, líneas de actuación y dinamización de un aula de Educación de Personas Adultas. La no comparecencia del aspirante determinará su automática exclusión del proceso de selección.
En este proyecto se valorarán entre otros los siguientes aspectos:
Objetivos y finalidades que se pretenden conseguir.
Actividades para dinamizar el aula y servicios que se dan con la misma.
Grupos de trabajo que se podrían ofertar y trabajar (que sean realistas)
Medidas de mejora de los procesos y actividades que se desarrollan.
Conocimiento de la realidad del trabajo de Educación con Personas Adultas.
Conocimiento de la Comarca del Bajo-Martín y de sus localidades, especialmente La Puebla de Híjar
Conocimiento de los aspectos culturales, económicos, sociales y laborales de la comarca y sus localidades.
Responsabilidades del profesor de Educación de Personas adultas y cometidos.
El proyecto tendrá un máximo de 10 folios con tipo y tamaño de letra “Times New Roman 12” y se presentaría impreso y en formato digital CD. | El tribunal, a la vista de los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes, a través de certificados, copias originales o fotocopias compulsadas de la documentación, efectuará la valoración de los mismos, de acuerdo con el siguiente baremo.
A/ Experiencia educativa.
A.1 Experiencia en E.P.A. (máximo 5 puntos):
-Por cada año completo (12 meses acumulados): 1 punto.
-Por cada mes o cada fracción de mes que exceda de 14 días: 0,084 puntos.
A.2 Experiencia en otras enseñanzas oficiales (máximo 5 puntos):
-Por cada año completo (12 meses acumulados): 0,50 puntos.
-Por cada mes o fracción de mes que exceda de 14 días: 0,04 puntos.
Los servicios prestados a tiempo parcial se reducirán proporcionalmente.
El apartado de experiencia educativa se acreditará mediante certificación de servicios prestados emitido por la entidad correspondiente, acreditativa del tiempo trabajado por el aspirante, debiendo constar en la misma la modalidad contractual y la categoría profesional; o bien mediante la aportación de los contratos de trabajo debidamente registrados en la Oficina de Empleo, debiendo adjuntar a dichos contratos informe emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente a la vida laboral del aspirante.
Se entenderá por enseñanzas oficiales las de E.G.B., Primaria, Secundaria, Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Bachiller o Universitarias, en centros de enseñanza del MEC, Departamento Educación DGA o concertados. En este último apartado se contabilizará la experiencia educativa en Aulas Taller o Escuelas Taller. En caso de que haya que desempatar por este apartado, tendrán prioridad los servicios prestados en centros de titularidad pública sobre los privados.
En el supuesto de que existan aspirantes que hayan prestado servicios por dichos conceptos en varios periodos de tiempo, se sumará la totalidad de los servicios prestados respecto a cada uno de los apartados.
B/ Formación.
B.1.- Curso de postgrado en E.P.A., 2 puntos (máximo 2 puntos).
B.2.- Curso o seminario de formación inicial en E.P.A., 0,50 puntos (máximo 0,50 puntos).
B.3.-Curso de Administrador de Aula Mentor 1,50 puntos (máximo 1,50 puntos).
B.4.- Otras formaciones en materias que, a juicio del Tribunal, tengan aplicación en la Educación de Personas Adultas:
Por cada crédito (10 horas), 0,05 puntos, prorrateándose por horas en caso de no ser crédito completo.
El Nivel Medio (Grado Medio) de las Escuelas Oficiales de Idiomas se valorará con 0,50 puntos y el Nivel Avanzado (Grado Superior) con 1,00 puntos.
La puntuación máxima en el apartado B.4 será de 5 puntos.
En el apartado B.4 se valorarán todos los cursos, seminarios, etc. que hayan realizado los aspirantes en calidad de participantes y siempre que los mismos hayan sido impartidos por Administraciones Públicas o Entidades particulares reconocidas al
efecto por cualquier Administración Pública. Para este último caso los aspirantes deberán aportar junto al curso, seminario, etc., documento acreditativo de dicho reconocimiento.
No serán valorados aquellos cursos, seminarios, etc. en los que no se haga constar la duración en horas o créditos de los mismos, o que dicho extremo figure fuera de texto de la certificación y no conste en dicho añadido firma y sello de la Administración Pública correspondiente que dé fe de la duración en horas o créditos de los mismos.
Las acreditaciones de dichos cursos deberán figurar en castellano o traducidas por la propia institución acreditante.
Para la calificación del apartado B.4, se sumarán el número de horas invertidas en cada uno de los cursos, seminarios, etc. realizados por cada aspirante, se pasará el número total de horas a créditos y se multiplicarán éstos por los puntos establecidos en la convocatoria.
C/ Titulación.
-Por cada Doctorado, 1,5 puntos.
-Por cada Licenciatura, 1 puntos.
-Por cada Diplomatura 0,5 puntos.
-Por Diplomatura en Magisterio, 1 puntos.
La titulación presentada como requisito para concursar no contará como mérito. La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos.
En el caso de empates se resolverá atendiendo, sucesivamente, a la mayor puntuación alcanzada en: a) Experiencia, b) Formación y c) Titulación.
Si persiste el empate, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en cada subapartado en el mismo orden anterior. Si continuase la igualdad de puntuación se volverá a revisar la documentación sin tener en cuenta el máximo establecido en cada apartado, realizándose la selección por orden de puntuación total obtenida. |