BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2026-0187

Anuncio Corrección de error, de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicio público de gimnasio municipal.

Publicado el  1/23/26, BOP número  15

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Albentosa

Departamento:
Ayto. de Albentosa

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ANUNCIO DE CORRECCION DE ERROR.

Advertido error en el anuncio Núm. 2025-3612 publicado en el BOPTE nº 214 de 11-11-2025 relativo a modificación de la “ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE GIMNASIO MUNICIPAL EN ALBENTOSA”.

ARTÍCULO 5. Cuota Tributaria y Tarifas
Las cuotas tributarias se establecerán de acuerdo a las siguientes tarifas:

Donde dice:

CONCEPTO IMPORTE
Abono por alta de usuario durante el primer trimestre del año hasta el 31 de diciembre del año en que se produzca el alta: 36,00 Euros.
Abono por alta de usuario durante el segundo trimestre del año hasta el 31 de diciembre del año en que se produzca el alta: 27,00 Euros.
Abono por alta de usuario durante el tercer trimestre del año hasta el 31 de diciembre del año en que se produzca el alta: 18,00 Euros.
Abono por alta de usuario durante el cuarto trimestre del año hasta el 31 de diciembre del año en que se produzca el alta: 9,00 Euros.


Debe decir:

CONCEPTO IMPORTE

Abono por alta de usuario durante el primer trimestre del año hasta el 31 de diciembre del año en que se produzca el alta: 72,00 Euros.
Abono por alta de usuario durante el segundo trimestre del año hasta el 31 de diciembre del año en que se produzca el alta: 54,00 Euros.
Abono por alta de usuario durante el tercer trimestre del año hasta el 31 de diciembre del año en que se produzca el alta: 36,00 Euros.
Abono por alta de usuario durante el cuarto trimestre del año hasta el 31 de diciembre del año en que se produzca el alta: 18,00 Euros.


Albentosa, a fecha de la firma.
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