BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-0240

Aprobación inicial de la modificación N.º 3 del Plan General de Ordenación Urbana.

Publicado el  1/30/25, BOP número  20

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Valdeltormo

Departamento:
Ayto. de Valdeltormo

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Acuerdo del Pleno de fecha 15-02-2024 del Ayuntamiento de Valdeltormo por el que se aprueba inicialmente la modificación Número 3 del Plan General de Ordenación Urbana de este Municipio.
Habiéndose instruido por los servicios competentes de este Ayuntamiento, expediente de Modificación Número 3 del Plan General de Ordenación Urbana de este Municipio, que se detalla a continuación, se somete a información pública por plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio a fin de que quienes pudieran tenerse por interesados en dicho expediente, puedan comparecer y formular cuantas alegaciones, sugerencias o reclamaciones tengan por conveniente.
Durante dicho plazo, podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales arriba referenciadas, para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://valdeltormo.sedelectronica.es].
Declarar, en virtud de lo establecido en el artículo 77 del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, la suspensión del otorgamiento de licencias de parcelación, edificación y demolición en aquellas áreas cuyas nuevas determinaciones supongan una modificación del régimen urbanístico vigente.
Dichas áreas afectadas por la suspensión son las siguientes:
- Zona de Especial Protección ES2430097 – Río Matarranya.
- Terrenos destinados a la agricultura de secano y regadío.
- Terrenos incluidos en las unidades de paisaje del Mapa del Paisaje del Matarraña /Matarranya siguientes:
MW 06 Valdeltormo.
MW 07 Val de Redo.
MW 08 El Regal – Río Matarraña.
- Zonas de alto riesgo de incendios forestales.
La duración de la suspensión es de un año, en todo caso se extinguirá con la aprobación definitiva.

Valdeltormo, a fecha de firma electrónica.
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