BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-4074

Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos n. º 10/2024 del Presupuesto en vigor.

Publicado el  11/27/24, BOP número  229

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Rubielos de Mora

Departamento:
Ayto. de Rubielos de Mora

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Acuerdo del Pleno de fecha 17 de octubre de 2024, del Ayuntamiento de Rubielos de Mora, por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 10/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito con cargo a nuevos y mayores ingresos. PIE 2022 y Plan de Concertación Económica Municipal.

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito con cargo a nuevos y mayores ingresos. PIE 2022 y Plan de Concertación Económica Municipal, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Suplementos en conceptos de Gastos
Aplicación
Descripción
Créditos iniciales
Suplemento de crédito
Créditos finales
Progr.
Económica




3330
48000
Museo Salvador Victoria
23000
6000
29000
3380
22609
Festejos populares y culturales
60000
25350,68
85350,68
9200
22799
Otros trabajos realizados por empresas y profesionales
15835,06
28575,19
44410,25


TOTAL
98835,06
59926,87
158760,93 €
Esta modificación se financia con cargo a nuevos y mayores ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos en algunos conceptos del Presupuesto corriente, en los siguientes términos:

a) En el caso de nuevos ingresos:
Suplementos en concepto de Ingresos
Aplicación: económica
Descripción
Presupuestado
Recaudado
Imputado a la modificación propuesta
46109
Plan de concertación económica DPT 2024
49690,46
49690,46
24776,34 €
42002
PIE Liquidación definitiva 2022
0
30350,68
30350,68 €
39904
Concesión de servicios bar-terraza piscinas
8000 €
18291,57 €
4798,85 €



TOTAL INGRESOS

98332,71 €
59.925,87 €
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Rubielos de Mora.- A fecha de firma electrónica.
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