BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-1297

Acuerdo para  fijar dietas a los miembros de la Corporación que no desempeñen cargos en régimen de dedicación exclusiva ni parcial, por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados.

Publicado el  4/24/24, BOP número  78

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Albarracín

Departamento:
Ayto. de Albarracín

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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las bases de régimen local, se hace público el acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el 1 de marzo de 2024, cuya parte resolutiva es del tenor literal siguiente:
PRIMERO. Fijar dietas a los miembros de la Corporación que no desempeñen cargos en régimen de dedicación exclusiva ni parcial, por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados, complementarios y de otros organismos de los que formen parte que se indican a continuación:
PLENOS ORDINARIOS (PERIODICIDAD BIMENSUAL)
Presidencia:
600,00 €

Tenientes de Alcalde:
300,00 €

Concejales con delegación:
200,00 €

Concejales sin delegación:
50,00 €

PLENOS EXTRAORDINARIOS (SIN PERIODICIDAD ESTABLECIDA)
Cualquier miembro de la Corporación:
50,00 €
COMISIONES INFORMATIVAS (PERIODICIDAD BIMENSUAL)
Presidencia:
80,00 €
Concejales con delegación:
60,00 €
Concejales sin delegación:
30,00 €
JUNTA DE GOBIERNO LOCAL (SIN PERIODICIDAD ESTABLECIDA)
Presidencia:
80,00 €
Resto de miembros:
60,00 €
OTROS ÓRGANO COLEGIADOS DISTINTOS DE LOS ANTERIORES
(SIN PERIODICIDAD ESTABLECIDA)
Cualquier miembro de la Corporación:
80,00 €
SEGUNDO. El presente acuerdo producirá efectos económicos desde el día 1 de enero de 2024 de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Las cuantías indicadas en el punto primero tendrán la consideración de importes netos (resultante de restar al importe íntegro la suma de los importes de todas las deducciones que procedan) sin carácter fijo, y todas ellas se liquidarán los meses que se celebre pleno ordinario.
TERCERO. Que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel de forma íntegra el presente acuerdo, a los efectos de su general conocimiento.
Asimismo, en aplicación del principio y legislación de transparencia, se publicará de forma permanente y actualizada en la sede electrónica del Ayuntamiento y en su portal de transparencia.
Albarracín, a fecha de la firma electrónica. El Alcalde. Fdo. Daniel Úbeda Martí.
Documento firmado electrónicamente.
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