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Anuncio # 2024-4077

Modificación de la Ordenanza Fiscal n.º 3, reguladora de las Tasas: Tasa por uso de gimnasio municipal.

Publicado el  12/2/24, BOP número  232

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Cretas

Departamento:
Ayto. de Cretas

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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de 25-09-2024 de la Modificación de la Ordenanza Fiscal número 3 Reguladora de la Tasas del Ayuntamiento de Cretas: Tasa por uso de gimnasio municipal , cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

“Modificación de la Ordenanza Fiscal nº 3 reguladora de las tasas del Ayuntamiento de Cretas.
Art. 27. Tasa por uso de gimnasio municipal.
5.- Cuota Tributaria.
Las cuotas tributarias se establecerán según los usuarios y la frecuencia con la que se realiza el uso de acuerdo a las siguientes tarifas:
ENTRADA INDIVIDUAL/DÍA …………………. 3,00 euros
ABONO MENSUAL/ de 14 a 64 años ………………… 16,00 euros
ABONO MENSUAL/ mayores de 65 años …………. 12,00 euros

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Teruel, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Cretas.- A fecha de firma electrónica.
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