BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2026-0659

Aprobar los padrones y listas cobratorias del impuesto de Circulación.

Publicado el  3/6/26, BOP número  45

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de La Portellada

Departamento:
Ayto. de La Portellada

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Aprobados definitivamente por Decreto de esta Alcaldía dictado con fecha 27 de Febrero de 2026, los padrones y listas cobratorias del impuesto de Circulación , referidos al ejercicio de 2026, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio, se exponen al público en las oficinas municipales y tablón municipal de edictos, por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.

Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a de finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario de de Agua potable, Alcantarillado, Animales, Rodaje y Recogida de Basura, en:

Localidad: _________________________ Fuentespalda

Oficina de Recaudación: _____________ Calle Mayor, 13

Plazo de Ingreso: ___________________ Dos meses

Horario: __________________________ 09,00-15,00

Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo presentando el aviso en la oficina de recaudación o en las oficinas de las siguientes entidades Ibercaja y Caja rural de Teruel

Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo en la oficina de recaudación en el horario y plazo establecido.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

La Portellada, a fecha de firma electrónica.

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