BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2023-4907

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y obras

Publicado el  1/22/24, BOP número  15

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Jatiel

Departamento:
Ayto. de Jatiel

Boletin PDF Imprimir Anuncio

Acuerdo del Pleno de fecha 27/11/2023 de la Entidad de Jatiel por el que se aprueba definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y obras
TEXTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y obras, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Dónde dice en el artículo 4.3
3.- El tipo de gravamen será el 2,50%.
Debe decir En el artículo 4.3
3.- El tipo de gravamen será 4%.
Se añade un punto en el artículo 4. Siendo el 4.5.
4.5 Bonificaciones
a) Gozarán de una bonificación de hasta del 1,5 % de la cuota del Impuesto la construcción o rehabilitación de primera vivienda en el término municipal Jatiel como medida para fomentar la despoblación
b) Gozarán de una bonificación de hasta del 1,5 % de la cuota del Impuesto la construcción o rehabilitación de explotaciones agrícolas o ganaderas como medida de apoyo al sector primario.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón con sede en Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Subir