Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 7 de julio de 2025, en el que acordó la aprobación provisional de las siguientes Ordenanzas Fiscales:
- Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, subsuelo y vuelo sobre el dominio público local a favor de las empresas explotadoras de servicios de suministros del sector eléctrico, agua, telecomunicaciones e hidrocarburos.
- Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, naturaleza rústica y bienes de características especiales.
- Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
- Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la gestión de Residuos Urbanos (Recogida de Basuras)
- Modificación de las tasas de la Ordenanza Fiscal reguladora de agua y alcantarillado.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Teruel, con sede en Teruel.
Perales de Alfambra, a 2 de octubre de 2025.- El Alcalde D. Pedro Manuel Polo Iñigo. Documento firmado electrónicamente.