BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-2441

Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento por la que se aprueba la Delegación en un Concejal para celebrar un matrimonio civil.

Publicado el  7/12/24, BOP número  133

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Bronchales

Departamento:
Ayto. de Bronchales

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SUMARIO
Resolución de Alcaldía n.º 69/2024 de fecha 04/06/2024 del Ayuntamiento de Bronchales por la que se aprueba la Delegación en un Concejal para celebrar un matrimonio civil.
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Visto se considera conveniente y adecuado por haberlo solicitado así los contrayentes, delegar en D. Jorge Hernández Perona, Concejal de este Ayuntamiento, la autorización del acto de celebración del matrimonio civil entre D. ANTONIO JESÚS PRADOS GARCÍA Y Dª ANA ARZAMENDIA BRITO, el día 13 de julio de 2024.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría y de conformidad con lo establecido en el apartado cuarto de la Instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre Directrices sobre la autorización del matrimonio civil por los Alcaldes,
PRIMERO. Delegar en favor de D. JORGE HERNÁNDEZ PERONA, Concejal de este Ayuntamiento, el ejercicio de la competencia correspondiente a la autorización del acto de celebración del matrimonio civil entre los contrayentes D. ANTONIO JESÚS PRADOS GARCÍA Y Dª ANA ARZAMENDIA BRITO el día 13 de julio de 2024.
SEGUNDO. La delegación deberá estar documentada previamente, bastando con que en el acta de autorización del matrimonio se haga constar que el Concejal ha actuado por delegación de Alcade-Presidente.
TERCERO. La delegación conferida en la presente Resolución requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante Alcade-Presidente expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta Resolución.
Habiéndose aprobado el expediente Delegación de Competencias del Alcalde en un Concejal para celebrar este matrimonio civil se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de TEruel, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
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