BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-0334

Aprobar definitivamente la modificación de varias ordenanzas fiscales.

Publicado el  2/8/24, BOP número  28

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Teruel

Departamento:
Ayto. de Teruel

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Terminado el plazo de exposición pública de los acuerdos de aprobación provisional de la modificación de las ordenanzas fiscales n.º 9 reguladora de la Tasa por el Servicio de cementerio, ordenanza fiscal n.º 11 reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida de vehículos por abandono o estacionamiento defectuoso o abusivo en la vía pública o por otras causas y ordenanza fiscal número 28 reguladora de la tasa por el estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en determinadas zonas de la ciudad aprobada por el Pleno Municipal el 30 de diciembre de 2021 y no habiéndose presentado reclamación alguna, queda automáticamente elevado a definitivo y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 párrafo 4º del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se transcribe a continuación sus textos íntegros.
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 11, REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE VEHÍCULOS POR ABANDONO O ESTACIONAMIENTO DEFECTUOSO O ABUSIVO EN LA VÍA PÚBLICVA O POR OTRAS CAUSAS.
ARTÍCULO. 5
Clase de vehículos
Por recogida y transporte de cada vehículo
Bicicletas
4,45 €
Ciclomotores hasta 49 cc
26,50 €
Motocicletas, triciclos, motocarros y análogos
35,45 €
Turismo, camionetas y análogos con peso total hasta 3000 Kg
71,50 €
Camiones de 3001 a 10000 Kg
132,90 €
Camiones de mas de 10000 Kg
220,55 €
Camiones articulados
311,15 €
ORDENANZA FISCAL N.º 28 REGULADORA DE LA TASA POR EL ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA EN DETERMINADAS ZONAS DE LA CIUDAD
ARTÍCULO 6º TARIFAS:
PRIMERA.- TARIFAS EN LA MODALIDAD ESRO ( ZONA AZUL)
Zona
Tiempo (minutos)
TASA
TODAS
20
0,20 €
24
0,25 €
28
0,30 €
32
0,35 €
36
0,40 €
40
0,50 €
44
0,55 €
48
0,65 €
52
0,70 €
56
0,75 €
60
0,80 €
64
0,85 €
68
0,90 €
72
0,95 €
75
1,00 €
80
1,05 €
85
1,10 €
90
1,15 €
95
1,20 €
100
1,35 €
105
1,40 €
110
1,45 €
115
1,50 €
120
1,55 €
ZONA HOSPITAL
125
1,60 €
130
1,65 €
135
1,70 €
140
1,75 €
145
1,80 €
150
1,85 €
155
1,90 €
160
1,95 €
165
2,00 €
170
2,05 €
175
2,10 €
180
2,20 €
SEGUNDA.- TARIFAS EN LA MODALIDAD ESRE ( ZONA NARANJA)
Modalidad
Total
Por el día en curso
1,05 €
Por una semana en régimen de abono
3,35 €


Anulación de denuncia
3,20 €
ORDENANZA FISCAL N.º 9, REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE CEMENTERIO
TARIFA QUINTA: SERVICIO DE AUTOPSIAS
TARIFA 2024
Servicio de autopsias (por cada intervención)
344,53 €
TARIFA SEXTA: CREMACIONES

Cremación de cadáver
642,96 €
Cremación de 1 resto
63,09 €
Contra los presentes Acuerdos, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, con sede en Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
En Teruel, a 29 de enero de 2024.- LA Concejala-Delegada del Area de Economía y Hacienda.
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