BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-1389

Bases y convocatoria Bolsa de Trabajo Conductores/as Operarios/as de Servicios Múltiples.

Publicado el  5/6/25, BOP número  82

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca del Bajo Aragón

Departamento:
Comarca del Bajo Aragón

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ANUNCIO BASES y CONVOCATORIA PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN CON CARÁCTER TEMPORAL DE CONDUCTORES/AS- OPERARIOS/AS DE SERVICIOS MÚLTIPLES PARA LA COMARCA DE BAJO ARAGÓN.

En cumplimiento del acuerdo del Consejo Comarcal adoptado en sesión de fecha 24 de abril de 2025, se convocan pruebas selectivas para la creación de una Bolsa de Trabajo de De Conductores/As- Operarios/As De Servicios Múltiples Para La Comarca De Bajo Aragón , con sujeción a las siguientes BASES:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN CON CARÁCTER TEMPORAL DE CONDUCTORES/AS- OPERARIOS/AS DE SERVICIOS MÚLTIPLES PARA LA COMARCA DE BAJO ARAGÓN

PRIMERA.- OBJETO.
Es objeto de la presente convocatoria la creación de una bolsa de trabajo para la contratación con carácter temporal de conductores/as-operarios/as de servicios múltiples, para cubrir las necesidades que vayan surgiendo desde la terminación del proceso selectivo y durante un período de tres años, salvo que la bolsa se agote con anterioridad a esa fecha y con posibilidad de prorrogar la misma para años sucesivos en tanto no se apruebe una nueva bolsa o hasta que se estime necesario el mantenimiento de la misma.
Para un funcionamiento más dinámico la bolsa tendrá carácter abierto y continuo, de forma que se puedan aportar nuevas instancias o solicitudes de realización de la fase de oposición y rebaremación de nuevos méritos del 1 de mayo al 31 de enero de cada año, y se procederá a su actualización una vez al año tal y como se determina en estas bases. Durante el mes de febrero de cada año se sacarán las listas provisionales de admitidos y excluidos en el proceso y durante el mes de abril de cada año se procederá a la realización del concurso-oposición de los nuevos aspirantes, la oposición de los aspirantes que forman parte de la bolsa y quieran volver a realizar el ejercicio y rebaremación de los aspirantes que forman parte de la bolsa y aporten nuevos méritos.
Respecto a la fase de oposición, superado una vez el examen, se pasa a formar parte de la bolsa no siendo necesario presentarse cada año. No obstante, cabe la posibilidad de presentarse a la fase de oposición para cambiar la nota de dicha fase.
Los diferentes puestos se cubrirán con contratos laborales temporales de duración determinada, en sus distintas modalidades en función de la situación concreta a que se atienda, y las retribuciones serán las previstas para la citada categoría en el Convenio del personal laboral de la Comarca de Bajo Aragón.

SEGUNDA.- SISTEMA DE SELECCIÓN.
El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, que constará de una fase de oposición de naturaleza obligatoria y eliminatoria y una fase de concurso no eliminatoria.

TERCERA.- REQUISITOS.
Los aspirantes para ser admitidos deberán reunir todos y cada uno de los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos establecidos en el art. 57.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Asimismo, podrán presentarse otros extranjeros, siempre que tengan residencia legal en España.
b) Tener cumplidos los 18 años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria, Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Certificado de Estudios Primarios obtenido con anterioridad a la finalización del año académico 1975-1976 o cualquier otro equivalente a los anteriores.
En el caso de invocar un Título equivalente al exigido, el aspirante deberá presentar el correspondiente certificado de equivalencia expedido por el órgano competente en materia de Educación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación y se adjuntará al título su traducción jurada.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto de trabajo.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) Estar en posesión de permiso de conducir de la clase C.
g) Estar en posesión del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de conductores.
h) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del Cuerpo al que se aspira.
i) Para nuevos aspirantes, es decir, aquellos que deban/quieran realizar la fase de oposición, haber abonado en concepto de tasa por derechos de examen la cantidad fijada por la Ordenanza en vigor (BOPTE 12/12/2022), de 10€.
El pago de la tasa deberá realizarse mediante ingreso o transferencia bancaria en cualquiera de las siguientes cuentas bancarias:
CAJA RURAL DE TERUEL ES83/3080 0008 11 2035293428
IBERCAJA ES42/2085 3903 39 0330110612

En la fecha de finalización de presentación de instancias deberá estarse en posesión de la totalidad de los requisitos exigidos en la convocatoria.

CUARTA.- INSTANCIAS.
Las instancias (según modelo contenido en el Anexo I) irán dirigidas a la Presidencia y se presentarán en el Registro General de la Comarca del Bajo Aragón, Calle Mayor, nº 22, 44600 Alcañiz provincia de Teruel, en horario de 9 a 14 horas, o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de solicitudes para la primera convocatoria de la bolsa de empleo es de VEINTE DÍAS NATURALES contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel. Para el resto de casos las solicitudes podrán realizarse de abril a diciembre tanto para los nuevos aspirantes que deseen participar como para los candidatos que ya formen parte de la bolsa y soliciten la valoración de nuevos méritos.
Se dará la máxima publicidad a la convocatoria a través de los medios de difusión que se considere conveniente, así como en la sede electrónica de la Comarca del Bajo Aragón.
A la instancia, en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos señalados en la base tercera, se acompañará fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente para los extranjeros, fotocopia del Título exigido y copia simple del carnet tipo C y de la tarjeta del CAP.
Los documentos acreditativos de los méritos alegados, se presentarán junto con la instancia y se hará en la misma una relación de los mismos.
Todos los documentos deberán estar redactados en castellano o ir acompañados de traducción oficial.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en su solicitud, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
La presentación de la instancia implica, a los efectos previstos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el consentimiento de los afectados para su inclusión en el fichero de personal de esta Entidad, cuya finalidad es la derivada de la gestión de personal, siendo obligada su cumplimentación, disponiendo de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la legalidad vigente y siendo responsable del fichero la Comarca del Bajo Aragón.

QUINTA.- ADMISIÓN Y EXCLUSIÓN DE ASPIRANTES.
Expirado el plazo de presentación de instancias para la primera valoración, la Presidencia dictará Resolución en el plazo máximo de un mes aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos que se hará pública en la sede electrónica de Comarca.
Dentro de los diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio en la sede electrónica se podrán efectuar reclamaciones contra la lista de aspirantes admitidos y excluidos, así como solicitar la subsanación de errores materiales, y, si transcurriesen éstos sin que se formule reclamación alguna, la lista se elevará a definitiva.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la convocatoria hasta que se realice una nueva convocatoria.
La Resolución conteniendo las listas definitivas de admitidos y excluidos se publicará en la Sede Electrónica.
En dicha Resolución se señalará la composición de tribunal calificador, lugar y fecha de comienzo del ejercicio de la fase de oposición a la que deberán concurrir todos los aspirantes que deseen estar en bolsa, al tratarse de una prueba de carácter eliminatorio.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

Para posteriores valoraciones (se seguirá el mismo criterio y procedimiento, presentación de documentación del 1 de mayo al 31 de enero del año siguiente):

1.Los aspirantes que ya formen parte de la bolsa (Anexo II).
a) Los que deseen la actualización de sus méritos deberán presentar instancia según las bases de esta convocatoria solicitando la valoración de los nuevos méritos que se aportan (sin que sea necesario volver a superar la prueba de oposición).
b) Los que deseen volver a realizar el ejercicio de oposición deberán presentar instancia según las bases de esta convocatoria solicitando la realización del ejercicio.

2. Los nuevos aspirantes deberán presentar toda la documentación exigida en la base tercera de la convocatoria y presentarse a la fase de oposición que será eliminatoria. (Anexo I)
Se fija el mes de febrero de cada año para que la Presidencia apruebe la lista provisional tanto de los nuevos aspirantes, como de los aspirantes que hagan el ejercicio de oposición y los que haya que rebaremar, admitidos y excluidos que se hará pública en la sede electrónica de Comarca.
Se dará un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio en la sede electrónica para que se puedan efectuar reclamaciones contra la lista de aspirantes admitidos y excluidos, así como solicitar la subsanación de errores materiales, y, si transcurriesen éstos sin que se formule reclamación alguna, la lista se elevará a definitiva.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de esa convocatoria.
La Resolución conteniendo las listas definitivas de admitidos y excluidos se publicarán en la Sede Electrónica.

En dicha Resolución se señalará la composición de tribunal calificador, lugar y fecha de comienzo del ejercicio de la fase de oposición que será en el mes de abril. Dicha publicación se realizará con una antelación mínima de 15 días naturales a la realización de la fase de oposición. En ella deberán concurrir los nuevos aspirantes que deseen formar parte de la bolsa, al tratarse de una prueba de carácter eliminatorio y los aspirantes que ya forman parte de la bolsa y quieran volver a realizar el ejercicio. Asimismo, el tribunal procederá a la valoración de méritos tanto de los nuevos aspirantes que hayan superado la fase de oposición, como de los participantes de la bolsa que ya estuvieran incluidos y hayan solicitado la rebaremación de méritos.

SEXTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.
1. El Tribunal calificador estará formado por un Presidente y cuatro vocales, uno de los cuales actuará como Secretario.
2. Junto a los miembros del Tribunal deberá designarse a los respectivos suplentes.
3. La composición del Tribunal deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombres y mujeres.
4. La pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
5. Todos los miembros del Tribunal deberán poseer una titulación igual o superior a la requerida para los puestos de trabajo.
6. Todos los miembros del tribunal tendrán voz y voto.
7. Con el fin de dotar al procedimiento de una mayor celeridad y eficacia, la designación de los miembros titulares del tribunal y de sus respectivos suplentes se llevará a cabo en el momento de publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos, publicándose sus nombres en la sede electrónica de la Comarca del Bajo Aragón, pudiendo ser recusados por los aspirantes en el plazo de los diez días siguientes a la publicación. Asimismo, los miembros del tribunal deberán de abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015 de 1 de Octubre de Régimen Jurídico del Sector Público., comunicándolo a la Presidencia. La abstención y recusación de los miembros del tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
8. Los miembros suplentes nombrados para componer el tribunal podrán actuar indistintamente en relación al respectivo titular, excepto una vez iniciada una sesión, en la que no se podrá actuar alternativamente.
9. Las presentes bases se interpretarán en el sentido finalista que mejor garantice la preservación de los principios de mérito y capacidad.
10. A efectos de comunicación y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en la sede del Consejo Comarcal del Bajo Aragón.
11. El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
12. Contra los actos y decisiones del Tribunal que imposibiliten la continuación del procedimiento para el interesado o produzcan indefensión, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre del Procedimiento Administrativo Común.
13. Al tribunal que actúe en estas pruebas se le abonarán las correspondientes indemnizaciones por asistencias, encontrándose incluido en la categoría tercera, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

SÉPTIMA.- PROCESO DE SELECCIÓN.-
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de una primera fase de oposición y una segunda fase de concurso de valoración de méritos.
Los aspirantes que no superen la fase de oposición quedarán eliminados del proceso de selección, no siendo valorados los méritos aportados.
Los aspirantes que no hayan superado la fase de oposición, podrán volver a presentarse al año siguiente, previa solicitud.
Los aspirantes que ya hayan superado una vez la fase de oposición no será necesario que se vuelvan a presentar a la misma, permanecerán activos en la bolsa y en ejercicios posteriores podrán solicitar la valoración de nuevos méritos y también volver a realizar la fase de oposicion, que se llevará a cabo anualmente.

Se fijará el día, hora y lugar del ejercicio y se publicará en la sede electrónica de esta Comarca.
Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único, aunque el mismo haya de dividirse en varias sesiones, debiendo asistir a la sesión las personas aspirantes que hayan sido convocadas. Serán excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor invocada con anterioridad y debidamente justificadas y libremente apreciada por el Tribunal.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres en los supuestos de hospitalización, embarazo o parto coincidentes con el día de la celebración de los ejercicios se hará excepción en el llamamiento único, previa solicitud a la presidencia del Tribunal, adjuntando el correspondiente informe médico acreditativo de la imposibilidad de acudir al llamamiento. Con base a dicho informe, el tribunal determinará el lugar y la fecha de realización del ejercicio correspondiente, no pudiendo demorase ésta de manera que se menoscabe el derecho del resto de personas participantes.
El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad, para lo cual deberán ir provistos del DNI, o en su defecto, pasaporte o carné de conducir.

FASE DE OPOSICIÓN:
La fase de oposición constará de una prueba que consistirá en la realización por escrito de preguntas tipo test y/o preguntas prácticas basadas en las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo relacionadas con el temario (Anexo II). En las preguntas tipo test solo una respuesta podrá ser la correcta y las contestadas erróneamente no descontarán. Si se trata de una prueba con preguntas prácticas, los aspirantes deberán leer dicha prueba ante el Tribunal para proceder a su corrección.
El Tribunal señalará en el momento de proponer este ejercicio el tiempo concedido para su realización, sin que su duración pueda exceder de sesenta minutos.
Esta prueba será calificada de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar una puntuación mínima de 5 puntos para superarla y poder pasar a la siguiente fase.
Si un aspirante que ya formaba parte de la bolsa, realiza la fase de oposición, la nota de la prueba se actualizará ya sea inferior o superior a la que tenía y sino supera los 5 puntos, quedará eliminado de la bolsa y no se le valoraran los méritos.
Tras la realización del ejercicio, el Tribunal hará públicas en el tablón de anuncios de esta Comarca las calificaciones obtenidas. Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación de la puntuación provisional, para formular alegaciones a la misma.
La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte del Tribunal se hará pública con la lista de aprobados del ejercicio, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación.
En cualquier momento el tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o permiso de conducción.

FASE DE CONCURSO:
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos de los aspirantes que hayan superado la citada fase de oposición, requisito necesario para formar parte de la bolsa de trabajo.
Los méritos deben valorarse con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación. La puntuación máxima a obtener en esta fase será de 7,5 puntos.
Los méritos a valorar serán los siguientes:

a) Experiencia Profesional: máximo de 3 puntos.
Se valorarán los servicios efectivos prestados de la siguiente forma:
- Servicios prestados como conductor/a-operario/a de servicios múltiples en cualquier Administración Pública: a razón de 0’10 puntos por mes.
- Servicios prestados como conductor en empresas privadas: a razón de 0,05 puntos por mes.

Los servicios prestados a tiempo parcial se reducirán proporcionalmente.
La justificación de estos méritos deberá acreditarse por los siguientes medios:
Mediante certificación expedida por el órgano competente en el caso de servicios prestados en Administraciones Públicas junto con el Certificado de vida laboral expedido por la Seguridad Social o fotocopia del contrato y certificado de vida laboral.
Mediante fotocopia del contrato y certificado de vida laboral expedido por la Seguridad Social cuando se trate de servicios prestados en una entidad privada.
En todo caso, deberá quedar suficientemente acreditado la duración de los servicios prestados, la jornada laboral y el puesto desempeñado por el solicitante.

b) Cursos de Formación: máximo de 2 puntos.
Se valorarán los cursos expedidos por Centros Oficiales u homologados, donde consten las horas de duración. Por asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con las funciones a desarrollar se contará a 0,005 puntos/hora de formación.
En el caso de la formación en compostaje, dichos títulos deberán haber sido impartidos o bien por la entidad “Composta en Red” (reconocida por el MITECO) o bien por cualquier institución avalada por “Composta en Red” o bien por una entidad gubernamental.
Se acreditarán mediante fotocopia de los correspondientes títulos o diplomas. Todos los documentos deberán estar redactados en castellano o ir acompañados de traducción oficial.
No serán objeto de valoración en este apartado las titulaciones académicas oficiales, ni asignaturas que formen parte de un plan de estudios realizados como requisito para la obtención de una titulación académica oficial.
No se valorarán los cursos que sean idénticos realizados en el mismo año natural.
No se valorarán los cursos con una duración inferior a 10 horas, ni aquellos en los que no conste la duración, ni tampoco aquellos que sean anteriores a 1 de enero de 2006.

c) Titulaciones Académicas: máximo de 2,5 puntos.
Se valorarán las titulaciones académicas superiores a la exigida en la convocatoria: La titulación académica oficial y acorde a las características del puesto, se valorará conforme al siguiente baremo.

Grado superior TMV 301. Técnico Superior en Automoción…………...…………………...……..1,5 puntos.

Grado medio TMV 201. Técnico en Carrocería……………………………………………….......…...1 punto.
Grado medio TMV 202. Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles……………...…..1 punto.
Grado medio TMV203. Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por carretera……....1 punto.

Certificados de profesionalidad.
TMVG0109 – Operaciones Auxiliares de mantenimiento en electromecánica de vehículos…. .0,75 puntos.
TMLV0109 – Operaciones Auxiliares de Mantenimiento de Carrocerías de Vehículos……..….0,75 puntos.
SEAG0108 – Gestión de residuos urbanos e industriales………………………………………….0,75 puntos.
TMVI0208 – Conducción de vehículos pesados de transporte de mercancías por carretera….0,75 puntos.

Se acreditarán mediante fotocopia de los correspondientes títulos.
Todos los documentos deberán estar redactados en castellano o ir acompañados de traducción oficial.
No se valorará el título presentado como requisito para el acceso a la convocatoria.

OCTAVA.- DESARROLLO Y CALIFICACIÓN DE LOS EJERCICIOS.
Si en cualquier momento del proceso selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la Presidenta de la Comarca, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a estas pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
En cualquier momento los órganos competentes de selección podrán requerir a los opositores para que acrediten su identidad.
La puntuación final de las pruebas selectivas, a efectos de ordenación de los aspirantes vendrá determinada por la suma total de las calificaciones obtenidas en la fase oposición, siempre que esta haya sido superada y la de la fase de concurso.
En caso de empate, se establecen los siguientes criterios de desempate:
En primer lugar, la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
En segundo lugar, la mayor puntuación por experiencia profesional.
En tercer lugar, la mayor puntuación por formación complementaria.
En cuarto lugar, la mayor puntuación por titulaciones académicas.
Si sigue persistiendo el empate, se tendrá en cuenta la fecha y hora de registro de la solicitud, quedando primero el aspirante que presentó la solicitud antes.

NOVENA.- LISTA DE APROBADOS.
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública en la sede electrónica de la Comarca del Bajo Aragón, la relación provisional de aprobados ordenada de mayor a menor puntuación
Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta relación provisional, para alegar las rectificaciones que estimen oportunas respecto a las puntuaciones otorgadas en la fase de concurso.
Transcurrido dicho plazo sin que se presenten alegaciones o, en el caso de haberse presentado, una vez resueltas por el Tribunal, se publicará por los mismos medios la lista definitiva.
Junto con el listado definitivo se publicará la nueva lista por orden de puntuación con todos los aspirantes que formarán parte de la bolsa, remitiéndose al Presidente de la Corporación, para su aprobación.
Este procedimiento se realizará cada año con las nuevas solicitudes y las rebaremaciones que se hayan presentado.
Contra la actuación del Tribunal se podrá interponer recurso de alzada ante el Presidente de la Corporación Local en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en el art. 14.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado.

DÉCIMA.- APORTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTOS.
Los aspirantes que hayan superado el proceso de selección aparecerán relacionados por orden de puntuación. Se actualizará cada año con los nuevos aspirantes que hayan pasado el proceso selectivo, los que ya estuvieran en la bolsa o los que hayan aportado nuevos méritos en la forma prevista en estas bases. Se seguirá el orden de la nueva lista para nuevas contrataciones, salvo los supuestos contemplados en las Normas Generales de Funcionamiento de las Bolsa de trabajo de la Comarca del Bajo Aragón (BOP Teruel nº129 de 10 de julio de 2012).
Deberán aportar con anterioridad al contrato la siguiente documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la Base Tercera de la presenta convocatoria:
a) Original del Documento Nacional de Identidad para su compulsa.
b) Original del título exigido en la base Tercera c) o, en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título y resguardo justificativo de haber solicitado su expedición.
c) Originales de los méritos para su compulsa.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Declaración de acatamiento de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico.
f) Original del permiso de conducir de la clase C.
g) Original de la tarjeta o el certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de conductores.

Asimismo deberán someterse al reconocimiento médico previo al ingreso, dando así cumplimiento a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. El reconocimiento médico será obligatorio y deberá emitir, además, un juicio de aptitud respecto a la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Escala o Clase de Especialidad. En el caso de informe negativo no podrá ser contratado quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto al candidato se refieran. El informe médico será confidencial respetando en todo el curso del procedimiento los derechos de intimidad y su protección sin que pueda ser utilizado para otra finalidad distinta.
Quedarán obligados a presentarse cuando sean llamados, así como a cumplir íntegramente sus nombramientos, salvo causas justificadas.
En caso de incomparecencia o incumplimiento injustificado decaerán en sus derechos y quedarán penalizados, de acuerdo a las Normas Generales de funcionamiento de las Bolsas de Trabajo de la Comarca del Bajo Aragón (BOP Teruel nº 129, de 10 de julio de 2012).

UNDÉCIMA.- FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA DE EMPLEO.
Al tener la presente convocatoria un carácter continuo y abierto, los interesados podrán solicitar de mayo a enero del año siguiente su participación. Todos los participantes deberán superar la fase de oposición inicialmente o en las convocatorias que se realicen cada año en el mes de marzo. Durante el mes de febrero de cada año se sacarán las listas provisionales y definitivas de los aspirantes. El Tribunal constituido al efecto realizará anualmente en el mes de abril la prueba correspondiente a la fase de oposición para los nuevos solicitantes de la bolsa de empleo, y para los aspirantes que ya forman parte de la bolsa y quieran volver a realizar el ejercicio y la valoración de los nuevos méritos aportados por los integrantes de la misma, de forma que se actualizará el orden y el número de integrantes de la bolsa de empleo anualmente.

La referida lista se utilizará para posibles sustituciones que se puedan producir en caso de vacantes, bajas por enfermedad, maternidad, paternidad, excedencias, vacaciones y/o contingencias o permisos que afecten al personal en activo u otras necesidades de carácter temporal que se precisen cubrir en función de las necesidades existentes.
Los llamamientos, causas de baja y penalizaciones se realizarán de acuerdo a lo previsto en las Normas Generales de Funcionamiento de las Bolsas de Trabajo de la Comarca del Bajo Aragón (BOPTE 10 julio de 2012).

DUODÉCIMA.-LEGISLACIÓN APLICABLE.
En lo no previsto en estas bases, será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en lo que no contradigan o se opongan a lo dispuesto en el mismo, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; el Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración del Estado; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como en las demás disposiciones de pertinente y eficaz aplicación.
En caso de modificación o derogación legislativa durante el transcurso del proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente.

DECIMOTERCERO.-IMPUGNACIÓN.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Consejo Comarcal, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Teruel, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común, mediante la interposición de los siguientes recursos en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la respectiva publicación o notificación:
Contra los actos y decisiones del Tribunal que imposibiliten la continuación del procedimiento para el interesado o produzcan indefensión, recurso de alzada ante la Presidencia de la Comarca.
Contra las Resoluciones de la Presidencia de la Comarca, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel.

Alcañiz, a 29 de abril de 2025.- El Presidente, D. José Miguel Celma Belmonte. Documento firmado electrónicamente.

ANEXO I
MODELO DE INSTANCIA PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA BOLSA DE CONDUCTORES/AS-OPERARIOS/AS DE SERVICIOS MÚLTIPLES.
(Nuevos aspirantes)
D./D.ª...........................................................................................................……………….. con residencia en................................……………...calle.....…………............................……………...., nº........ y teléfonos de localización .................................................................................................... provisto de D.N.I. nº ......................
MANIFIESTA: Que enterado/a de la convocatoria para la creación por la Comarca de Bajo Aragón de una bolsa de trabajo para la contratación con carácter temporal de CONDUCTORES/AS-OPERARIOS/AS DE SERVICIOS MÚLTIPLES mediante anuncio publicado en el BOP TE n.º____ , de fecha ___ de ___________ de 2025.
DECLARA: Que reúne los requisitos exigidos en la Base Tercera de la Convocatoria, adjuntando a la presente instancia la siguiente documentación:
Fotocopia del D.N.I. o pasaporte.
Fotocopia de la Títulación exigida.
Justificante de pago de la tasa de 10€ o de la corrrespondiente deducción, exención o bonificación de la misma según la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen (BOPTE 12/12/2022).
Fotocopia del Carnet de conducir C.
Fotocopia de la tarjeta del CAP.
Fotocopia de los méritos alegados .
Excel de autobaremación.

Minusvalía:
Solicita adaptación No Sí

SOLICITA: Que se tenga por presentada esta instancia dentro del plazo concedido al efecto y, en consecuencia, sea admitido para tomar parte en dicha convocatoria.
En ..........................a ...... de............de 202__.


Fdo._____________________________

SR. PRESIDENTE DE LA COMARCA DEL BAJO ARAGÓN.
C/ MAYOR, 22.- 44600 ALCAÑIZ


ANEXO II
MODELO DE INSTANCIA PARA REBAREMACIÓN DE MÉRITOS Y REALIZACIÓN DEL EJERCICIO DE OPOSICIÓN DE LA BOLSA DE CONDUCTORES/AS-OPERARIOS/AS DE SERVICIOS MÚLTIPLES
(Aspirantes ya en bolsa)
D./D.ª...........................................................................................................……………….. con residencia en................................……………...calle.....…………............................……………...., nº........ y teléfonos de localización .................................................................................................... provisto de D.N.I. nº ......................
MANIFIESTA: Que habiéndose presentado a la convocatoria para la creación por la Comarca de Bajo Aragón de una bolsa de trabajo para la contratación con carácter temporal de CONDUCTORES/AS-OPERARIOS/AS DE SERVICIOS MÚLTIPLES mediante anuncio publicado en el BOP TE n.º____ , de fecha ___ de ___________ de 202__.
DECLARA: (elegir una de las dos opciones o las dos)

Que reuniendo los requisitos exigidos en la Base Tercera de la Convocatoria presenta:
Fotocopia de los méritos alegados .
Excel de rebaremación.

Que reuniendo los requisitos exigidos en la Base Tercera de la Convocatoria adjunta:
Justificante de pago de la tasa de 10€ o de la corrrespondiente deducción, exención o bonificación de la misma según la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen (BOPTE 12/12/2022).

SOLICITA: (elegir una de las dos opciones o las dos)
Que se tenga por presentada esta instancia dentro del plazo concedido al efecto y, en consecuencia, sea rebaremada mi puntuación de acuerdo a los méritos aportados.
Que se tenga por presentada esta instancia dentro del plazo concedido al efecto y, en consecuencia, sea admitido para tomar parte en las fases de oposición.
En ..........................a ...... de............de 202__.


Fdo._____________________________

SR. PRESIDENTE DE LA COMARCA DEL BAJO ARAGÓN.
C/ MAYOR, 22.- 44600 ALCAÑIZ


ANEXO III
TEMARIO
(En caso de modificación o derogación legislativa durante el transcurso del proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente.)
MATERIAS GENERALES
Tema 1.-La Constitución española de 1978. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales.
Tema 2.-El Municipio. Concepto. El territorio. La población. Organización y competencias.
Tema 3.-Las Comarcas en Aragón. Naturaleza y fines. Organización. Competencias.
Tema 4.-El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y Deberes. Código de conducta. Acceso al empleo público. Régimen disciplinario.
MATERIAS ESPECÍFICAS
Tema 5. Normas de comportamiento en la circulación (I): Normas generales de conducción. Usuarios, conductores y titulares de vehículos. Obras y actividades Advertencias de los conductores.
Tema 6.-Normas de comportamiento en la circulación (II): Lugar en la vía: Utilización de los carriles y del arcén. Supuestos especiales del sentido de la circulación y restricciones. Velocidad. Límites. Preferencias de paso.
Tema 7.- Seguridad Vial: Paradas y estacionamiento. Utilización del alumbrado. Cinturón, casco y restantes elementos de seguridad. Tiempos de descanso y conducción. Señalización: normas generales. Obligaciones en caso de accidente o avería
Tema 8.- Autorizaciones administrativas. Autorizaciones para conducir. Autorizaciones relativas a los vehículos.
Tema 9.- La conducción en condiciones climáticas adversas: hielo, nieve, niebla, fuerte viento lateral o deslumbramiento por el sol. Precauciones a adoptar en cada caso.
Tema 10.- Normas elementales de mantenimiento de un vehículo: filtro de aire, batería, sistema de encendido, niveles de líquidos, correas, neumáticos y sistema de frenado.
Tema 11.-Normas elementales para la conducción de un vehículo tractor. Descripción de las maniobras de giro y marcha atrás.
Tema 12.-Los vehículos de remolque. Precauciones elementales para el remolque. Descripción de los sistemas más frecuentes para el remolque o traslado de otros vehículos.
Tema 13.- La salud y seguridad en el trabajo: principios generales, lesiones y afecciones comunes. Emergencias. Prevención y protección contra incendios.
Tema 15.- Régimen sancionador en la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Clases de infracciones. Sanciones: tipos. Infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos. Responsabilidad en accidentes de tráfico por atropellos de especies cinegéticas.
Tema 16. Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Clasificación de residuos y definiciones de residuos.
Tema 17. Gestión de residuos: medidas y objetivos en la gestión de residuos. Objetivos de preparación para la reutilización, reciclado y valorarización. Medidas de gestión para residuos específicos.


ANEXO IV - AUTOBAREMACIÓN DE MÉRITOS
MODELO NORMALIZADO DE MANIFESTACIÓN Y AUTO-BAREMACIÓN DE MÉRITOS BOLSA DE TRABAJO CONDUCTORES-OPERARIOS DE SERVICIOS MÚLTIPLES
DATOS PERSONALES
Apellidos _______________________________________________________
Nombre_________________________________ DNI. ___________________

EXPONE: Que de conformidad con lo establecido en la se aporta, junto a la instancia, manifestación de méritos para la fase de concurso del proceso selectivo, procediendo a la autobaremación de los méritos que justificará en el supuesto de que supere la fase de oposición.
DECLARA: Que son ciertos los datos consignados en este escrito
MÉRITOS ALEGADOS

1.- EXPERIENCIA. MÁXIMO 2 PUNTOS
-Servicios prestados como conductor-operario de servicios múltiples en cualquier Administración Pública: a razón de 0,10 puntos por mes.
-Servicios prestados como conductor-operario de servicios múltiples en empresas privadas: a razón de 0,05 puntos por mes.

INTERVALO DE TIEMPO TRABAJADO
ADMINISTRACIÓN O EMPRESA
TOTAL
(meses)
COMPROBACIÓN
(a cumplimentar por la Comarca del Bajo Aragón)
De ___-___-_____ a ___-___-_____



De ___-___-_____ a ___-___-_____



De ___-___-_____ a ___-___-_____



De ___-___-_____ a ___-___-_____



De ___-___-_____ a ___-___-_____



De ___-___-_____ a ___-___-_____



De ___-___-_____ a ___-___-_____



De ___-___-_____ a ___-___-_____



De ___-___-_____ a ___-___-_____



De ___-___-_____ a ___-___-_____



De ___-___-_____ a ___-___-_____



De ___-___-_____ a ___-___-_____



De ___-___-_____ a ___-___-_____



De ___-___-_____ a ___-___-_____



De ___-___-_____ a ___-___-_____



De ___-___-_____ a ___-___-_____



De ___-___-_____ a ___-___-_____



AUTO-BAREMACIÓN: ____ MESES x 0,05 puntos = ______________(solo con 3 decimales)
AUTO-BAREMACIÓN: ____ MESES x 0,10 puntos = _______________(solo con 3 decimales)
MÁXIMO A CONSIGNAR: 3 PUNTOS.

2.- FORMACIÓN. MÁXIMO 2 PUNTOS.
La puntuación de cada uno de los cursos será la que corresponda según lo dispuesto en la base séptima.
DENOMINACIÓN DEL CURSO
ENTIDAD
COLABORADORA
AÑO DE REALI-ZACIÓN

HO-RAS
COMPROBACIÓN
(a rellenar por la Comarca del Bajo Aragón)




















































































AUTO-BAREMACIÓN = _______ ____
MÁXIMO A CONSIGNAR 2 PUNTOS

3.- TITULACIÓN. MÁXIMO 2,5 PUNTOS.
Se valorarán, con un máximo de 2,5 puntos, en función de lo definido en la Base séptima.
No se valorará el título presentado como requisito para el acceso a la convocatoria.
TITULACIÓN
PUNTUACIÓN
COMPROBACIÓN
(a cumplimentar por la Comarca del Bajo Aragón)









AUTO-BAREMACIÓN = _______
MÁXIMO A CONSIGNAR 2,5 PUNTOS.

TOTAL AUTO-BAREMACIÓN (Suma 1+2+3) = ______ puntos
MÁXIMO TOTAL (EXPERIENCIA+FORMACIÓN+TITULACIONES) 7,50 PUNTOS

DECLARO que todos méritos alegados será acreditados mediante sus originales en el supuesto de superar la fase de oposición.
En_____________, a ____ de _________ de 202__


Fdo. _________________________

Los datos consignados en esta instancia se tratan de forma automatizada y se recogen confidencialmente en los archivos de la Comarca del Bajo Aragón, para ser utilizados en la Gestión de Oferta de Empleo. Dicha información podrá ser utilizada, salvaguardando su identidad, para la realización de estadísticas internas. Los afectados podrán dirigirse a la Comarca del Bajo Aragón, para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

SR. PRESIDENTE DE LA COMARCA DEL BAJO ARAGÓN.
C/ MAYOR, 22.- 44600 ALCAÑIZ
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