BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-0453

Vacante  el cargo de Juez de Paz sustituto por tomar  posesión la actual Juez de Paz sustituta como Juez de Paz Titular.

Publicado el  2/15/24, BOP número  33

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Torralba de los Sisones

Departamento:
Ayto. de Torralba de los Sisones

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BANDO DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA
FLORENCIO CEBRIAN MARTIN, ALCALDE-PRESIDENTE de este Ayuntamiento, hago saber:
Teniendo presente el hecho de que quedará vacante el cargo de Juez de Paz sustituto por tomar posesión la actual Juez de Paz sustituta como Juez de Paz Titular.
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y sustituto de este Municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias municipales de la Corporación donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [ http://torralbadelossisones.sedelectronica.es].
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
Documento firmado electrónicamente
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