Publicado el 2/10/26, BOP número 27
Datos del Anunciante
Sección:Administración Local
Órgano Emisor:Ayto. de Rillo
Departamento:Ayto. de Rillo
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Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://rillo.sedelectronica.es].
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación de la mencionada Ordenanza.
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 140 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.
Rillo, a 4 de febrero de 2026. El secretario D. Jose Antonio Rallego Escriche. Documento firmado electrónicamente.