BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-2174

Aprobar definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 2/2024 del Presupuesto en vigor.

Publicado el  6/21/24, BOP número  119

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Frías de Albarracín

Departamento:
Ayto. de Frías de Albarracín

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SUMARIO
Acuerdo del Pleno de fecha 14/05/2024, del Ayuntamiento de Frías de Albarracín, por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 2/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.
TEXTO
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aumento de Gastos
Modificación
Org.
Prog.
Eco.
Vinc.
Denominación
Importe
Crédito
Extraordinario

1700
22706
1.2
Redacción informe técnico economico aprov. especial del dominio público local
12.100,00





Total Aumento
12.100,00
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Altas en Conceptos de Ingresos
Aumento de Ingresos
Modificación
Org.
Eco.
Denominación
Importe
Remanente de
Tesorería

870.00
Remanente líquido de Tesorería
12.100,00



Total Aumento
12.100,00
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón con sede en Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
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