BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-4008

Aprobación definitiva modificación Ordenanza Fiscal reguladora Tasa servicio cementerio municipal.

Publicado el  11/28/24, BOP número  230

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Las Parras de Castellote

Departamento:
Ayto. de Las Parras de Castellote

Boletin PDF Imprimir Anuncio
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de cementerio municipal del Ayuntamiento de Las Parras de Castellote, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
“ARTÍCULO 5. Cuota Tributaria
La cantidad a liquidar y exigir, en concepto de cuota tributaria, se obtendrá por aplicación de la siguiente tarifa:
Según el artículo 93.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, las concesiones se otorgarán por tiempo determinado. Su plazo máximo de duración, incluidas las prórrogas, no podrá exceder de 75 años, salvo que se establezca otro menor en las normas especiales que sean de aplicación.
No se permite la reserva de nichos (entendida como la adquisición del nicho no en función de un fallecimiento ocurrido, sino en previsión de un óbito futuro).
La cantidad a liquidar y exigir, en concepto de cuota tributaria, se obtendrá por aplicación de la siguiente tarifa, aplicando una bonificación del 50% para empadronados.
A) NICHOS
— Concesión por 75 años: 600 euros.
B) INHUMACIÓN:
Comprende los derechos de inhumación de cadáveres, cenizas o restos en nichos o sepulturas ya existentes:
-Inhumaciones de cadáveres o cenizas en nicho: 200 euros.
Inhumaciones de restos: 100 euros.”
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
Las Parras de Castellote.- A fecha de firma electrónica.
Subir