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Rectificación de Error Materia en el Decreto nº 67/2026, en relación con la adjudicación de puestos vacantes en el Mercadillo Municipal en enero 2026.

Publicado el  2/23/26, BOP número  36

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Teruel

Departamento:
Ayto. de Teruel

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Se ha dictado Decreto de Alcaldía n.º 684/2026 en fecha 12 de febrero de 2026 por el cual se advierte de error material en el Decreto 67/2026 sobre la bolsa de puestos vacantes del mercadillo municipal de los jueves y sábado.

De conformidad con lo establecido en la Ordenanza municipal reguladora de la venta ambulante en el mercadillo y cualquier otro tipo de venta no sedentaria, se realiza la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel y en la página web del Ayuntamiento de Teruel.

Teruel, a fecha de firma electrónica.- La Alcaldesa D.Emma Buj Sánchez. Documento firmado electrónicamente.

RECTIFICACIÓN DE ERROR MATERIAL ADVERTIDO EN EL DECRETO N.º 67/2026 RELATIVO A LA ADJUDICACIÓN DE PUESTOS VACANTES EN EL MERCADILLO MUNICIPAL EN ENERO 2026.

Antecedentes de hecho

I.- Con fecha 15 de enero de 2026 fue firmado Decreto n.º 67/2026 en relación con la adjudicación de puestos vacantes en el Mercadillo Municipal en enero 2026.

II.- Con fecha 6 de febrero de 2026 se advierte error material en el mismo que se considera necesario rectificar.

Fundamentos de derecho

I.- Resulta de aplicación la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Común de las Administraciones Públicas.

II.- El artículo 109 de la mencionada Ley señala lo siguiente:

“1. Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.

2. Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.”

III.- Advertido error material, consistente en la inclusión de un puesto “Alimentación 27”,

que no está vacante y por tanto no debe convocarse en la Bolsa, se considera necesario proceder a su rectificación y donde dice:

1. “Los puestos vacantes del mercadillo municipal de los jueves son los siguientes:

- Mercado 28;

- Mercado 30;

- Mercado 34;

- Mercado 36;

- Mercado 38;

- Mercado 64;

- Mercado 65;

- Mercado 68;

- Mercado 71;

- Mercado 83;

- Mercado 85;

- Mercado 87;

- Mercado 97;

- Mercado 98;

- Mercado 99;

- Alimentación 2;

- Alimentación 27;”.

Debe decir:

1. “Los puestos vacantes del mercadillo municipal de los jueves son los siguientes:

- Mercado 28;

- Mercado 30;

- Mercado 34;

- Mercado 36;

- Mercado 38;

- Mercado 64;

- Mercado 65;

- Mercado 68;

- Mercado 71;

- Mercado 83;

- Mercado 85;

- Mercado 87;

- Mercado 97;

- Mercado 98;

- Mercado 99;

- Alimentación 2;”.

IV.- Dado que se trata de una simple equivocación de transcripción y no es necesario acudir a interpretación de normas jurídicas aplicables, y tampoco produce una alteración fundamental en el sentido del acto que requiera un juicio valorativo o la realización de una operación de calificación jurídica, se considera el procedimiento de rectificación de errores el cauce determinado para la subsanación del mismo.

Por todo lo expuesto, la Técnico que suscribe propone:

Primero: La rectificación del error material advertido, y donde dice:

“Los puestos vacantes del mercadillo municipal de los jueves son los siguientes:

- Mercado 28;

- Mercado 30;

- Mercado 34;

- Mercado 36;

- Mercado 38;

- Mercado 64;

- Mercado 65;

- Mercado 68;

- Mercado 71;

- Mercado 83;

- Mercado 85;

- Mercado 87;

- Mercado 97;

- Mercado 98;

- Mercado 99;

- Alimentación 2;

- Alimentación 27;.”

Debe decir:

“Los puestos vacantes del mercadillo municipal de los jueves son los siguientes:

- Mercado 28;

- Mercado 30;

- Mercado 34;

- Mercado 36;

- Mercado 38;

- Mercado 64;

- Mercado 65;

- Mercado 68;

- Mercado 71;

- Mercado 83;

- Mercado 85;

- Mercado 87;

- Mercado 97;

- Mercado 98;

- Mercado 99;

- Alimentación 2;”

Segundo: Publicar el Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de anuncios del Mercadillo municipal y en la Página web del Ayuntamiento de Teruel.

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