BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2026-0921

Aprobar el padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este de Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del año 2026.

Publicado el  3/26/26, BOP número  59

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Josa

Departamento:
Ayto. de Josa

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Resolución de Alcaldía de la Entidad de Josa por el que se aprueban el padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este de Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del año 2026

Habiéndose aprobado el mencionado padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este, a efectos de su notificación colectiva, se publica el mismo para su general conocimiento en cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.

Dicho padrón y las liquidaciones integrantes de este, se expondrán al público por un plazo de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en las dependencias de la Corporación.

Contra el acto de aprobación del citado padrón y/o las liquidaciones contenidas en este podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del mencionado tributo mediante cargo en cuenta del contribuyente.

Localidad: Josa

Oficina de Recaudación: Ayuntamiento

Horario: Viernes de 09:00 a 15:00 horas.

Plazo de cobro en voluntaria: del 13 al 30 de abril de 2026.

Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo en la oficina de recaudación en el horario y plazo establecido.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

Josa, a 17 de marzo de 2026.- La Alcaldesa D. Marta Mateo Cano.- Documento firmado electrónicamente.

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