El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de marzo de 2025, y en el seno del expediente administrativo n.º 211/2025/TE, entre otros , adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.- Proceder a la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Teruel en la forma que a continuación se expondrá, de acuerdo con los criterios establecidos en la parte expositiva de este acuerdo:
1.- MODIFICACIÓN DEL ESTATUS Y NOMBRE Del Puesto De Trabajo De Peón Especialista Del Servicio De Cementerio N.º 4185.
La propuesta municipal supone la modificación del estatus del citado puesto, procediendo a su funcionarización, al jubilarse el titular del puesto de trabajo. Debemos recordar que este puesto de trabajo se incorpora al Servicio de Cementerio Municipal tras la reorganización del Servicio de Limpieza Viaria en 2010-2011. Esta modificación supone que el Servicio de Cementerio vuelva a estar integrado únicamente por personal funcionario, y que el puesto de trabajo 4185 sea ocupado por un Operario, manteniéndose el resto de características del puesto de trabajo.
Dado que el puesto de trabajo está cubierto de forma temporal por otro empleado, la modificación tendrá efectos económicos y administrativos cuando se cubra con carácter fijo por un Operario funcionario de carrera, una vez incorporada la plaza a la OEP Municipal correspondiente.
2.- PUESTO DE TRABAJO N.º 6001, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES. MODIFICACIÓN DE LA FORMACIÓN ESPECÍFICA, SUBGRUPO PROFESIONAL Y TITULACIONES REQUERIDAS PARA EL DESEMPEÑO DEL PUESTO DE TRABAJO Y CATEGORÍA LABORAL REQUERIDA QUE DETERMINAN SU SINGULARIZACIÓN. ASIGNACIÓN FACTOR RESPONSABILIDAD Y MODIFICACIÓN FACTOR DISPONIBILIDAD.
Considerando que una de las obligaciones del Ayuntamiento de Teruel, como Administración Pública orientada a satisfacer el interés general de la ciudadanía, debe de poseer un instrumento de planificación de los recursos humanos que le dote del capital humano necesario para cumplir con dicha obligación constitucional.
El Ayuntamiento de Teruel se dotó de una Relación de Puestos de Trabajo, como instrumento de planificación del personal a su servicio, aprobada por el Pleno municipal en la sesión que celebró el día 31 de octubre de 2006, siendo objeto de modificaciones y correcciones posteriormente.
La Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Teruel para el año 2022, aprobada por la Junta de Gobierno Local, en su sesión del día 30 de mayo de 2022, aprobada en el BOPT de 1 de junio de 2022, número 103, incluía entre los puestos ofertados 1 puesto de Director-Coordinador delñ Centro Municipal de Servicios Sociales, que se corresponde con el puesto n.º 6001 de la RPT Municipal “Jefe del Departamento de Servicios Sociales”.
La propuesta municipal a este respecto es innovadora en cuanto a su implantación en el Ayuntamiento de Teruel. Supone transformar el puesto de n.º 6001 en un puesto “barrado”, reservado a trabajadores del Ayuntamiento de Teruel de grupo A1/A2, que posean la titulación académica de Trabajo Social, Psicólogía o Educación Social, y que presten servicio como Trabajadoras Social, Educadora Social o Psicóloga.
La posibilidad de contemplar en la RPT puestos que se han venido denominando como «barrados» se limita a puestos de trabajo que pueden ser desempeñados por personas con nivel de titulación diferente; es decir que la posibilidad de adscribir un puesto a dos subgrupos debe venir condicionada a que se trate de puestos en los que la titulación no sea un requisito esencial y básico, o que esta titulación sea impuesta por otra norma jurídica, como es el caso presente: El equipo multidisciplinar de los Centros Municipales de Servicios Sociales estará integrado por profesionales que tendrán la condición de empleado público de la entidad local titular. El equipo multidisciplinar se compone por personas profesionales de Trabajo Social, Educación Social y Psicología. Y el artículo 16 del Decreto 30/2023, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización y funcionamiento de los Centros de Servicios Sociales en Aragón establece que Cada Centro contará con una Dirección Técnica, cuyo perfil profesional será cualquiera de los contemplados en el equipo multidisciplinar que habrá de disponer, al menos, de diplomatura universitaria o titulación de grado o equivalente. Además, deberá acreditar un mínimo de 5 años de experiencia profesional en gestión de servicios sociales generales, salvo en comarcas de menos de 5.000 habitantes, donde este requisito de experiencia profesional podrá reducirse a 2 años. Corresponde a la Dirección técnica del Centro la representación del mismo, la dirección de su actividad técnica, gestión económica y gestión de personal, la coordinación de sus diferentes unidades, y la emisión de informes.
Por lo tanto, esta posibilidad de adscripción de un puesto de trabajo a dos grupos o subgrupos de clasificación profesional de funcionarios de carrera, debe combinarse con las exigencias derivadas de las funciones del puesto en cuanto a titulación y cualificación con factores ajenos a la pertenencia a un grupo o subgrupo, como la capacidad de gestión y la experiencia, del modo que pueda ser provisto por empleados de dos grupos consecutivos de titulación que mantendrán su clasificación.
En cualquier caso, un empleado público, por el hecho de ocupar un puesto barrado, aunque tenga a título particular una titulación superior, no adquiere el derecho a integrarse en el subgrupo de titulación superior, ya que la condición de funcionario de carrera se adquiere en un determinado grupo de clasificación profesional, por la superación del proceso selectivo correspondiente, nombramiento y toma de posesión, según establece el artículo 62 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TRLEBEP).
Respecto a las retribuciones a percibir por el empleado que desempeña un puesto de trabajo barrado, indistintamente del nivel de titulación de quien lo ocupe, que determinará que esté adscrito a uno de los dos grupos de clasificación del puesto, el mismo seguirá percibiendo las retribuciones básicas de su grupo de adscripción, pero tendrá asignado un único complemento específico y un único complemento de destino en la RPT, y que se percibirá por igual cuantía por el empleado que lo desempeñe independientemente del grupo en que esté clasificado.
Por ello, la propuesta municipal supone transformar el puesto de n.º 6001 en un puesto “barrado”, reservado a trabajadores del Ayuntamiento de Teruel de grupo A1/A2, que posean la titulación académica de Trabajo Social, Psicólogía o Educación Social, y que presten servicio como Trabajadoras Social, Educadora Social o Psicóloga, y, lógicamente, de carácter singularizado.
Se propone igualmente la modificación de las retribuciones complementarias de este puesto de trabajo con la asignación del factor de responsabilidad por un valor de 3.275,48 euros, en la misma cuantía que el puesto de Director del Servicio Técnico de Infraestructuras, y la modificación del complemento de disponibilidad normal se sume la asignación del factor de Disponibilidad Especial en la misma cuantía que el citado Director del Servicio Técnico de Infraestructuras, 3.846,28 euros, de manera que las retribuciones complementarias de ambos puestos sean las mismas.
Esta modificación tendrá efecto en el momento de finalización del concurso específico que se debe convocar para la provisión definitiva del mismo.
3.- Modificación Del Puesto De Trabajo De OFICIAL 1ª MANTENIMIENTO Del Servicio MUNICIPAL DE DEPORTES N.º 5071 Para Añadir Al Complemento Específico los factores de jornada partida y dedicación exclusiva.
Tras la finalización del proceso de estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Teruel que, entre otros, afecta al puesto de trabajo de referencia, se considera procedente equiparar las retribuciones complementarias del citado puesto de trabajo a las del número 5011.
La propuesta municipal a este respecto es la de asignar al complemento específico del puesto de trabajo n.º 5071 el factor de jornada partida conforme a lo establecido por el Acuerdo Plenario de 7 de enero de 2025, por el que se aprueban las retribuciones de los empleados municipales para el año 2025, así como la asignación del factor de dedicación exclusiva correspondiente al nivel 19.
Esta modificación tiene efectos económicos de 1 de enero de 2025.
4- CREACIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO N.º 3037. ADMINISTRATIVO ADSCRITO A LA INTERVENCIÓN MUNICIPAL.
Por último, se propone la creación de un nuevo puesto de trabajo de Administrativo adscrito a la Intervención Municipal. El 24 de enero de 2025 fue suscrito informe por la Sra Interventora Acctal del Ayuntamiento de Teruel en los términos descritos en la parte expositiva de la presente resolución, los cuáles determinan la necesidad de la creación del referido puesto de trabajo, en las siguientes condiciones:
- 1 Puesto de Administrativo adscrito a la Intervención Municipal.
Número: 3037
Denominación: Administrativo de Administración General
Tipo de Puesto: No Singularizado.
Estatus: Funcionario.
Grupo de Clasificación: C1.
Nivel Complemento Destino: 19.
Catalogación Complemento Específico formado por los factores de Incompatibilidad y Dedicación Exclusiva correspondientes al Nivel 19.
Forma de provisión del puesto de trabajo: Concurso.
Segundo.-Proceder a la inmediata publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.
…”.
Lo que se hace público para general conocimiento, señalando que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra el presente acuerdo cabrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ayuntamiento Pleno, en el plazo de un mes, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso – Administrativo, con sede en Teruel, de conformidad con los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
Teruel, a 5 de marzo de 2025.- El Técnico de Personal y Servicios Generales. A fecha de firma electrónica.