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Aprobación definitiva del Expediente de modificación de créditos n.º 15/2024, en la modalidad de Suplemento de crédito, financiado con cargo a  mayores ingresos.

Publicado el  11/28/24, BOP número  230

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Alcorisa

Departamento:
Ayto. de Alcorisa

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Acuerdo del Pleno de fecha 28/10/2024 de la Entidad Alcorisa por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 15/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de Suplemento de crédito, financiado con cargo a mayores ingresos.
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de Suplemento de crédito, financiado con cargo a Nuevos y/o mayores ingresos, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Altas en aplicaciones de gastos
Aplicación
Denominación
Modificación (incremento)
Programa
Económica


1600
21000
Mto alcantarillado y vertido, atascos y tratamientos
2.000,00 €
1640
21200
Mantenimiento y conservación cementerio
9.000,00 €
1700
22715
Tº de empresa y otros profesionales eficiencia energética
825,00 €
2310
26000
Convenio acción concertada gestión centro día
30.200,00 €
3340
22799
Publicaciones culturales
2.000,00 €
4320
21200
Mto edificios turismo
1.000,00 €
9200
22400
Primas seguros
6.000,00 €
9200
22501
Tributos CCAA
1.000,00 €
9200
22706
Estudios y trabajos técnicos servicios generales
30.000,00 €
TOTAL
82.025,00 €

Esta modificación se financia con cargo a Nuevos y/o mayores ingresos, efectivamente recaudados sobre los totales previstos en algunos conceptos del Presupuesto corriente, en los siguientes términos:

Altas en Conceptos de Ingresos
Aplicación
Denominación
Modificación (reducción)
Programa


42000
Fondo Nacional de Cooperación Municipal
82.025,00 €
TOTAL
82.025,00 €
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Alcorisa.- A fecha de firma electrónica.
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