BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

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Calendario laboral del sector de la madera para el año 2026

Publicado el  11/26/25, BOP número  225

Datos del Anunciante

Sección:
Organismos oficiales

Órgano Emisor:
Diputación General de Aragón

Departamento:
Dirección General de Trabajo

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RESOLUCION DEL DIRECTOR GENERAL DE TRABAJO POR LA QUE SE DISPONE LA INSCRIPCIÓN DEL CALENDARIO LABORAL DEL SECTOR DE LA MADERA PARA EL AÑO 2026 EN EL REGISTRO DE CONVENIOS Y ACUERDOS COLECTIVOS Y PLANES DE IGUALDAD Y SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL.

VISTO el texto del Acta de la reunión de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del sector de la Madera de la provincia de Teruel, por la que se acuerda la aprobación y firma del Calendario Laboral para el año 2026 suscrita el día 7 de noviembre de 2025, de una parte por representantes de la Asociación Empresarial Provincial de la Madera de Teruel, y de otra por representantes del sindicato CCOO y del sindicato UGT por parte de los trabajadores; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad, y el Decreto 171/2010 del Gobierno de Aragón, por el que se regula el depósito y registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Comunidad Autónoma de Aragón.
A C U E R D O:
Primero. - Ordenar la inscripción del referido Calendario Laboral del sector de la Madera de la provincia de Teruel en el Registro de Convenios y Acuerdos colectivos de trabajo de la Comunidad Autónoma de Aragón, con notificación a las partes firmantes del mismo.
Segundo. - Disponer su publicación en el "Boletín Oficial" de la provincia de Teruel.


ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LA MADERA DE LA PROVINCIA DE TERUEL, CELEBRADA EL 07 DE NOVIEMBRE DE 2025

En Teruel, cuando son las 9:30 horas del día 07 de noviembre de 2025, en la sede de CEOE Teruel, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de la Madera de la provincia de Teruel, con asistencia de los miembros que seguidamente se relacionan en representación de las Organizaciones que, asimismo, se especifican:
POR LA ASOCIACIÓN EMPRESARIAL PROVINCIAL DE LA MADERA DE TERUEL:
D. Gerardo Oliver Sorribas
D. Sergio Calvo Bertolín
D. Francisco Ibáñez Ruíz

POR CCOO DEL HABITAT DE ARAGÓN
Dª. Leonor Gil Peña
D. Mariano Álvarez Pina

POR UGT - FICA
D. Cristóbal Lacruz Monferrer
Dª. Ana Maicas Argente

La reunión tiene por objeto confeccionar el Calendario Laboral para el año 2026. Por todo ello, y tras las oportunas deliberaciones de la Comisión,


ACUERDA:

PRIMERO. - Confeccionar el Calendario Laboral para el Sector de la Madera de la Provincia de Teruel para el año 2026, según el artículo 17 de referido convenio, debidamente suscrito por los miembros de la Comisión Paritaria citados al inicio, en los siguientes términos:
En cada Centro de Trabajo figurará expuesto en lugar visible el correspondiente Calendario Laboral. En él, tendrán la consideración de festivos, de acuerdo con lo dispuesto en el DECRETO 70/2025, de 16 de julio, del Gobierno de Aragón los días: 01 y 06 de enero, 02, 03 y 23 de abril, 01 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 02 de noviembre, 07, 08 y 25 de diciembre, así como las dos fechas que sean señaladas como festivas en cada municipio de la provincia.
Durante el año 2026, y con carácter supletorio y orientativo para el caso de que no se hubiera establecido un calendario propio en el centro de trabajo, a los efectos de realizar en cómputo anual una jornada efectiva de 1752 horas, se considerarán festivos, además de los anteriores, los siguientes: 2 y 5 de Enero, 6 y 24 de Abril, 14 de julio y 24, 30 y 31 de Diciembre.
Los días 6 de abril y el 14 de julio serán festivos en Teruel capital, salvo pacto en contario, En el resto de las poblaciones de la provincia se cambiarán por el día anterior o posterior a la festividad de cada localidad.
Este calendario tiene como finalidad determinar las fechas en las que puedan tener lugar los descansos necesarios para dar cumplimiento a la jornada anual pactada, evitándose de esta forma los excesos que pudieran producirse.
La empresa podrá, por mutuo acuerdo con la representación legal de los trabajadores, o en el supuesto de no existir dichos representantes, con los propios trabajadores, sustituir estas fechas por otras que resulten más adecuadas en función de las necesidades de producción, de la costumbre propia del lugar o de los usos observados en la propia empresa.

SEGUNDO.- Facultar al representante de la Asociación Empresarial Provincial de la Madera, D. Sergio Calvo Bertolín, para que proceda a efectuar ante la Autoridad Laboral competente los trámites de registro y publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.
Y, en prueba de conformidad, las partes firman la presente acta, cuando son las 10:00h horas de la fecha anteriormente indicada.

A 20 de noviembre de 2025.- El Director General de Trabajo D. Jesús Divasson Mendivil. Documento firmado electrónicamente.

Calendario Laboral Madera 2026 Teruel

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