BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2025-4411

Aprobación definitiva Ordenanza reguladora prestación del servicio de recogida, transporte de residuos y tratamiento de la materia orgánica.

Publicado el  12/30/25, BOP número  246

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca del Matarraña

Departamento:
Comarca del Matarraña

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Acuerdo del Consejo Comarcal por el que se aprueba definitivamente la Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter no tributario por la prestación del servicio de recogida, transporte de residuos y tratamiento de la materia orgánica en la Comarca del Matarraña/Matarranya.

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación de la prestación patrimonial de carácter no tributario por la prestación del servicio de recogida, transporte de residuos y tratamiento de la materia orgánica en la Comarca del Matarraña/Matarranya, con resolución expresa de la reclamación presentada, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

“Primero. Desestimar las alegaciones presentadas por D. Carlos Javier Celma San Nicolás, representante de la Agrupación de Electores Massalió Viu, por no resultar procedentes, de conformidad con los motivos y fundamentos recogidos en el informe técnico emitido con fecha 23 de diciembre de 2025, en el que se analizan de forma individualizada las alegaciones formuladas y en el que se concluye que la modificación de la ordenanza se adecúa plenamente a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Segundo. Aprobar, con carácter definitivo, una vez desestimada la reclamación presentada, la modificación parcial de la Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter no tributario por la prestación del servicio de recogida, transporte de residuos y tratamiento de la materia orgánica en la Comarca del Matarraña/Matarranya, en los siguientes términos:

ARTÍCULO 6. Tarifas
1. La cuantía de la prestación patrimonial correspondiente al presupuesto de hecho regulado en el artículo 3.1 de esta Ordenanza se determinará en función de la naturaleza y destino de los inmuebles, de la actividad o actividades que se desarrollen en los mismos, aplicando a tal efecto las siguientes tarifas

Epígrafes
1. Viviendas
165,00 €
2. Establecimientos de restauración

Bares, cafeterías y similares
330,00 €
Restaurantes 0-99 plazas
430,00 €
Restaurantes 100-199 plazas
480,00 €
Restaurantes >200 plazas
630,00 €
3. Alojamientos sin Restaurantes

Alojamientos turísticos y pensiones 2-4 plazas
230,00 €
Alojamientos turísticos y pensiones 5-10 plazas
280,00 €
Alojamientos turísticos y pensiones 11-20 plazas
330,00 €
Alojamientos turísticos y pensiones >20 plazas
380,00 €
Hoteles/Fondas/Hostales/Albergues/Campings < 25 plazas
430,00 €
Hoteles/Fondas/Hostales/Albergues/Campings 25-50 plazas
480,00 €
Hoteles/Fondas/Hostales/Albergues/Campings >50 plazas
630,00 €
4. Alojamientos con Restaurantes

Alojamientos turísticos y pensiones 2-4 plazas
430,00 €
Alojamientos turísticos y pensiones 5-10 plazas
480,00 €
Alojamientos turísticos y pensiones 11-20 plazas
530,00 €
Alojamientos turísticos y pensiones >20 plazas
630,00 €
Hoteles/Fondas/Hostales/Albergues/Campings < 25 plazas
580,00 €
Hoteles/Fondas/Hostales/Albergues/Campings 25-50 plazas
630,00 €
Hoteles/Fondas/Hostales/Albergues/Campings >50 plazas
730,00 €
5. Establecimientos comerciales

Tiendas, pescaderías, carnicerías y otro comercio
200,00 €
Supermercados (menos de 250 m2)
200,00 €
Supermercados (más de 250 m2)
380,00 €
6. Oficinas y despachos
180,00 €
7. Industria

Talleres mecánicos, gremios y pequeña industria
200,00 €
Gran industria
630,00 €
Almacenes de construcción y/o suministros industriales
380,00 €
8. Otros locales mercantiles
200,00 €
9. Residencias

Residencias < 50 plazas
630,00 €
Residencias > 50 plazas
730,00 €
10. Administraciones Públicas

Centro salud
170,00 €
Instituto
430,00 €
Ayuntamiento
430,00 €

Tercero. Publicar dicho acuerdo definitivo y el texto íntegro de la modificación parcial de la Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter no tributario por la prestación del servicio de recogida, transporte de residuos y tratamiento de la materia orgánica en la Comarca del Matarraña/Matarranya en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la entidad.

Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de la Comarca del Matarraña/Matarranya.

Cuarto. Notificar este acuerdo a todas aquellas personas que hubiesen presentado alegaciones durante el periodo de información pública.

Quinto. Facultar a la Presidencia para suscribir y firmar toda clase de documentos y en general, para todo lo relacionado con este asunto.

Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, con sede en Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Comarca del Matarraña, a fecha de firma electrónica.
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