BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-3935

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Publicado el  11/26/24, BOP número  228

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Ayto. de Griegos

Departamento:
Ayto. de Griegos

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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Griegos, de fecha 27 de septiembre de 2024, sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
ORDENANZA FISCAL Nº 10 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA
BONIFICACIONES
Artículo 5.
Se añade el siguiente apartado:
1. Se establece una bonificación del 55% de la cuota, en función de las características de los motores de los vehículos y su incidencia en el medio ambiente, a los siguientes vehiculos:
a) Vehiculos de motor electrico y/o emisiones nulas.
b) Vehículos híbridos enchufables con etiqueta cero emitida por la DGT.
Asimismo, en relación con la bonificación prevista en este apartado, el interesado deberá aportar, junto con la solicitud de concesión de bonificación, los siguientes documentos:
- Fotocopia del permiso de circulación y de la tarjeta de características del vehículo, así como la documentación acreditativa de que el motor del vehículo posee las características exigidas, salvo que las mismas figuren en la Tarjeta de Inspección Técnica.
- Certificado de empadronamiento en el municipio de Griegos.
Declarada la bonificación por la Administración municipal, se expedirá un documento que acredite su concesión.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente Ordenanza Fiscal, entrará en vigor en el momento de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, y será de aplicación a partir del 1 de enero del año siguiente [salvo que se señale otra fecha], permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Griegos, a 14 de noviembre de 2024.- El Alcalde, D. Antonio Sancho Barberán. Documento firmado electrónicamente.
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