BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Anuncio # 2024-1079

Aprobar el expediente de modificación de créditos n. º 02/2024,

Publicado el  4/5/24, BOP número  66

Datos del Anunciante

Sección:
Administración Local

Órgano Emisor:
Comarca de Gúdar Javalambre

Departamento:
Comarca de Gúdar Javalambre

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Por Acuerdo del Pleno de la Comarca de Gúdar Javalambre de 26 de febrero de 2024 se aprobó el expediente de modificación de créditos n. º 02/2024, del Presupuesto vigente de esta Corporación bajo la modalidad de Créditos Extraordinarios y Suplementos de Crédito Financiados con cargo al Remanente Líquido de Tesorería.
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el siguiente Acuerdo de Modificación de créditos 02/2024:
“ACUERDO:
PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente Modificación de Créditos n.º 02/2024 del vigente Presupuesto comarcal prorrogado bajo la modalidad de Créditos Extraordinarios y Suplementos de Crédito Financiados con cargo al Remanente Líquido de Tesorería, de acuerdo con el siguiente resumen:
Créditos Extraordinarios y suplementos de Créditos del Presupuesto de Gastos


PARTIDA
CRÉDITOS INÍCIALES
MODIFICACIÓN DEL CRÉDITO
CRÉDITOS
FINALES
172
63200-17
Punto Limpio Comarcal Centralizado
219.434,82
57.252,11
276.686,93
172
63300-17
Compostaje Comunitario. Inversiones Reales
18.000,00
11.200,00
29.200,00
341
22609-37
Campeonato España Voleibol Juvenil Femenino
0,00
15.000,00
15.000,00
341
62000-34
Adquisición de Furgoneta SCD
0,00
37.000,00
37.000,00



237.434,82
120.452,11
357.886,93
Esta modificación se financia con cargo al Remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:
Remanente de Tesorería


PARTIDA
INGRESOS INICIALES
MODIFICACIÓN INCREMENTO
INGRESOS FINALES

870000
Remanente de Tesorería para Gastos Generales
0,00
120.452,11
120.452,11



0,00
120.452,11
120.452,11
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
25 de marzo de 2024.- El Presidente, Fdo. José Luis Alvir Martínez.
Documento firmado electrónicamente.
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